Doña María Josefa Ladrón de Guevara y Domínguez, residente en el Beaterio de esta Villa, hija legítima de don Ignacio Ladrón de Guevara y de doña Teresa Domínguez, difuntos, otorga su testamento donde declara por bienes 2,000 pesos impuestos en los fondos del Ayuntamiento, con sujeción del ramo de abasto de carnes, con calidad de réditos de 5% anual; 500 pesos que de igual forma reconoce don Nicolás [Manuel] Fernández del Campo, vecino de Puebla; y 500 doña [María] Manuela Mejía, viuda del maestro Robles. Ordena se inviertan 500 pesos a beneficio de dicho Beaterio y 500 se distribuyan en misas y limosnas a su parientas. Manda que los 2,000 queden impuestos a beneficio de sus cuatro sobrinas: María Josefa, María Micaela, María de Jesús y María Francisca González y Guevara, y después de muertas sus sobrinas, ordena que dichos 2,000 pesos se queden a favor de la casa de ejercicios que se trata de fundar en esta Villa, en caso que no se fundase ordena que sus réditos se inviertan en beneficio del Beaterio, de la manera que menciona en esta escritura. Nombra como albaceas a los Presbíteros don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, a don José Mariano González de Castro y a don Francisco de Campo. Nombra como herederas a sus cuatro sobrinas.
CASAS DE EJERCICIOS ESPIRITUALES
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MX UV.USBIX ANX-P-0069-PX_0069_0166
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Unidad documental simple
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09/10/1805
Parte de Archivo Notarial de Xalapa