El Capitán Juan de la Lastra Madrazo, Alcalde Mayor y Capitán a Guerra de este pueblo y su partido, Juez de Caminos y de Registros, dijo que en mandamiento del Conde de Paredes, Marqués de la Laguna, Virrey y Capitán General de la Nueva España, le informa que el presidente de Guatemala le envió noticias de los gobiernos de Panamá y Cartagena diciéndole que parecía que aquellas provincias quedaban en armas, recelando invasión del pirata Lorencillo [Laurent Graff] y Monsieur [Nicolás] de Agramón, Cabo del Rey de Francia, con intentos de apoderarse de la ciudad de Mérida y la provincia de Campeche; por lo que ante el temor de que esto suceda en la ciudad de Veracruz, se mandó poner en armas a la compañía de infantería miliciana de este pueblo de Orizaba, por lo cual nombra al Alférez Joseph [José] Tribucio [Tiburcio] Valeriano, como Capitán de dicha compañía de infantería miliciana de este partido para que lo ejerza en lo que se requiera, castigando a los oficiales de los excesos que cometieren precediendo información breve a usanza de guerra.
CARTAGENA, CIUDAD DE
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El Capitán Juan de la Lastra Madrazo, Alcalde Mayor y Capitán a Guerra de este pueblo y su partido, dijo que en mandamiento del Conde de Paredes, Marqués de la Laguna, Virrey y Capitán General de esta Nueva España, le informa que el presidente de Guatemala envió noticias de los gobiernos de Panamá y Cartagena, en las cuales se expresa que aquellas provincias quedaban en armas recelando invasión del pirata Lorencillo [Laurent Graff] y Monsieur [Nicolás] de Agramón, Cabo del Rey de Francia, con intentos de apoderarse de la ciudad de Mérida y de la provincia de Campeche, situación en la que conviene estar vigilante ante cualquier hostilidad; por lo que se le mandó que en caso de darse una noticia por el teniente general de la ciudad de Veracruz ante alguna eventualidad, no espere órdenes para salir a la defensa del lugar o en donde se le pidiere; y en atención de haber recibido en fechas pasadas carta del Capitán General Francisco Osorio de Astorga, en la que se mandaba repartiese armas al batallón, se tiene hecho nombramiento de Capitán en Joseph [José] Triburcio [Tiburcio] Valeriano, y habiendo quedado vacante el puesto de alférez, por la presente nombra a José Vázquez Monge.
Baltazar Vázquez de Herrera, residente en este pueblo y vecino de la ciudad de Toledo, en los reinos de Castilla, dijo que por cuanto Ruy Díaz, vecino de Sevilla, estante en esta Nueva España, le firmó una carta de obligación por 137 759 reales, de plazo vencido, por sí y como obligado por Luis Díaz, su hermano, vecino de Cartagena de tierra firme, a quien tiene ejecutado en virtud de su poder; y ahora Ruy Díaz le ha pedido que no prosiga contra él; por tanto, le hace espera por tiempo de cuatro años y siete meses, sin perjuicio de la vía ejecutiva y ejecución hecha a su hermano Luis Díaz; y se entiende que dicha espera no lo perjudicará y al dicho Ruy Díaz no le pedirá cosa alguna; con gravamen y condición que en cuanto a lo que está mandado pagar de los bienes ejecutados del dicho Luis Díaz en la ciudad de Lima, por primera sentencia de remate de acreedores, como a primero en tiempo y mejor en derecho, el dicho Luis Díaz ni otro alguno de los acreedores, por escrito ni palabra, ni en otra manera alguna, no pondrá embargo ni contradicción, a lo que así le fue mandado pagar, y siendo puesto cualquier impedimento en esta razón ni en otra que perjudique a la dicha ejecución, se entienda que la cantidad que se le dejare de pagar, el dicho Ruy Díaz queda obligado a pagársela, y por defecto de ello, no hará la espera y se procederá contra él dicho Ruy Díaz.
Don Felipe Figueiras, vecino de España, residente en el pueblo de Jalapa, anula el poder que había otorgado a don Juan Fernández de Moure, vecino de la ciudad de Cartagena, y lo sustituye en don Agustín Greco, residente en la citada ciudad, para que pida, demande y reciba de cualquier persona todas las cantidades de pesos, oro, plata, esclavos y mercancías que le deban.
Miguel de Aviñón, dueño del ingenio nombrado San Miguel de Almolonga, en esta jurisdicción, dijo que Diego de Otrazu, vecino de la ciudad de Los Reyes, en los reinos del Perú, cobró de Luis Díaz de Lucena, vecino de Cartagena, por Baltazar Vázquez de Herrera, de la ciudad de Toledo, en los reinos de Castilla, 7 645 pesos ensayados.
Baltazar Vázquez de Herrera, vecino de la ciudad de Toledo, en los reinos de Castilla y residente al presente en este pueblo, dio su poder cumplido a Diego de Otrazu, vecino de la ciudad de Los Reyes, en los reinos del Perú, para que en su nombre pueda mandarle de aquellas partes, en uno de los navíos que vienen al puerto de Acapulco, 7 645 de plata ensayada que se cobraron de Luis Díaz de Lucena, vecino de la ciudad de Cartagena.
Baltazar Vázquez de Herrera, residente en este pueblo de Jalapa, y vecino de la ciudad de Toledo, hace espera por tiempo de cuatro años y siete meses a Ruy Díaz, vecino de la ciudad de Sevilla, para que le pague un adeudo de 137 759 reales, sin perjuicio de la ejecución que tiene hecha contra los bienes de su hermano Luis Díaz, vecino de Cartagena de tierra firme.
Don Raymundo Luis de Laiglesia, de la Carrera de Indias y residente en el pueblo de Jalapa, dijo haber contraído matrimonio con doña María Josefa Verdugo de la Rocha, natural del puerto de Santo Domingo, hija legítima de don Alonso Verdugo, natural de Taxco y Oidor de Cano de la Real Aduana del citado puerto de Santo Domingo, y de doña María Antonia de la Rocha, natural de la Ciudad de Cartagena de Indias, por lo que le otorga carta de dote por 8, 000 pesos que ha entregado a su citada esposa.
Benito López, residente en la ciudad de Cartagena, vende a Hipólito Hernández, vecino de Jalapa, una negra bozal llamada María, de tierra Angola, en 435 pesos de oro común.
Juan Díaz Matamoros, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Francisco López, residente en Cartagena o a quien su poder hubiere, 2 550 pesos de oro común, precio de seis esclavos negros, bozales; cuatro varones y dos hembras, de nación Angola, cuatro meses después de la fecha de esta escritura.