Ante Manuel Varela, Corregidor de este partido por el Rey Nuestro Señor, pareció Juan Labrador, mayoral de la estancia del Canónigo Santiago, para registrar una partida de ganado vacuno que lleva para las carnicerías de la ciudad de los Ángeles del hierro del dicho canónigo.\n
CANÓNIGOS
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Autos en razón de los bienes que quedaron por fin y muerte de Luis Álvarez de Soria, vecino que fue de este pueblo de Orizaba, Escribano del Rey, hijo legítimo de Luis Álvarez de Soria y de doña Bernardina de Salazar, difuntos.
[Roto] Lorenzo Gómez de Espinosa, criador de ganado mayor, manifestó tener en las sabanas de este pueblo, 1 000 reses, toros y novillos de sus haciendas nombradas Chiltepec y Pedregal, para pasar a los ejidos de la ciudad de los Ángeles, México y otras partes para su venta. Asimismo lleva 6 vaquillas para el señor Doctor don Antonio de Peralta, Canónigo Magistral de la Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, que son de diezmos, las lleva para tenerlas en su hacienda de labor para lecheras.
Pedro [Bri]seño Quijada, vecino del pueblo de Tehuacán, se obliga de pagar al Obispo de Tlaxcala y al deán de cabildo de la dicha iglesia 51 pesos y 7 tomines de oro común, los cuales son por razón de 80 fanegas de trigo y tres de maíz que recibió compradas del Canónigo Alonso Hernández de Santiago.\n\n
Alonso Hernández de Santiago, Canónigo, da su poder a Francisco Núñez para que cobre de Juan González [Gunselas], estante en el ingenio de Orizaba, 100 pesos de oro común que le debe por razón de haberle arrendado al Padre Oliveros, un sitio de estancia y dos caballerías de tierra.\n
Doña María Magdalena Álvarez de Guitián, vecina del pueblo de Jalapa, doncella mayor de 25 años, hija legítima de don Alejandro Álvarez de Guitián, quien fue Factor Oficial Real de la Nueva Veracruz, y de doña Ana María de Iglesias, ambos difuntos, otorga poder general al Doctor don Francisco José Vives de Vera y Lobera, Canónigo de la Santa Iglesia Metropolitana de la Ciudad de México, para que cobre todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas y otras mercancías que por herencia pertenecen a la declarante.
Don José Nicolás Díaz de Acosta, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de Puebla y vecino de Jalapa, otorga poder especial a don José Suárez, Canónigo de la iglesia catedral de la Ciudad de Puebla, para que en su representación acuda a la capellanía vacante que fundó doña Antonia Pérez de Medina, viuda de don Manuel Martínez de Milla, quienes fueron vecinos de Teziutlán; para tal efecto tendrá que comparecer ante el señor Juez de Capellanías y Obras Pías.
Don Manuel de Santa María, hacendado en este cantón, otorga que ha recibido del Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, la cantidad de 1 000 pesos los cuales se obliga a tener por vía de depósito irregular por el tiempo de siete años, contados desde esta fecha, para redimirlos al vencimiento de este plazo y satisfaciendo durante este tiempo el premio de un 6 por ciento anual. Y para mayor seguridad del capital y sus réditos, hipoteca un rancho de siembras de caña y maíz nombrado San Sebastián Maxtatlán, ubicado en términos de este cantón, bajo los linderos que se relacionan en la escritura, que en esta misma fecha le ha formalizado la albacea del finado don Dionisio González y Cabrera sobre la venta de dicho fundo, y otras tierras contiguas al expresado rancho, nombradas la Mesa de Maxtatlán. El cual es responsable a 3 315 pesos en favor de la testamentaria del nominado don Dionisio y 1 150 pesos a la de don Domingo Franceschi. Los cuales rancho y tierras se obliga a no enajenar el supradicho rancho hasta no estar pagado dicho capital.
Zonder titelDoña María Josefa de Herrasti y Alba, vecina de esta villa, dijo que como albacea de su finado esposo don Carlos Díaz y Herrero, y acreedora a los bienes de éste, por el quinto y su parte paterna, como se ve de la copia del testamento que presentó; se obliga a pagar al Señor Canónigo de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla don Mariano José Cabo Franco, vecino de la misma ciudad, la cantidad de 740 pesos, que por hacerle merced y buena obra, y por beneficiar a sus tres hijos mudos don Carlos, doña María Ignacia y doña Ana María Díaz y Herrero, le ha prestado con causa de réditos por cinco años. Y aunque la entrega ha sido cierta y efectiva por no parecer de presente; otorga recibo a favor del nominado señor Canónigo do Mariano José Cabo Franco y en consecuencia se obliga a devolverlos y ponerlos en su poder por su cuenta y riesgo en una sola partida contados desde esta fecha. Y para mayor seguridad, hipoteca una casa que posee en esta villa, en la calle Principal haciendo su frente a ésta, y su costado al callejón del Diamante y linda con casas de don Pedro Miguel de Echeverría y de la esposa de don Juan Nepomuceno Durán, en la parte que ella tiene como heredera del quinto de los bienes de su difunto esposo, cuyo monto es suficiente para cubrir a el señor Cabo Franco.
Zonder titelDon Francisco Antonio Rubio Roso, Colector de Diezmos de esta Cordillera, con poder especial de don Francisco Ángel del Camino, Canónigo de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla, como albacea de doña Antonia Olmedo, otorga que vende a don José Antonio Medina, Subteniente de Fieles Realistas de Caballería de esta Villa, una casa de paredes de edificio bajo, ubicada en la primera esquina de las Calles de la Amargura y la de San Francisco que sale de la Plaza Principal para la Ermita de Santiago, de 35 y dos tercias varas que lo hace al oriente la Calle de la Amargura en medio y del otro lado la iglesia parroquial y su cementerio, linda al costado con casa alta de don Joaquín Tajonar, del otro lado con calle que llaman Boca de la Pila de San Cristóbal, al norte con casa que fue del Cura Alonso José Gatica; cuya casa tiene el gravamen de 1000 pesos por la capellanía que fundó don Manuel de Olmedo. La venta la hace en 6 500 pesos, 1 000 de ellos son los impuestos de la capellanía y el resto los ha pagado en reales efectivos.