Don Joaquín de Mora, de esta vecindad, dijo que don Antonio Blanco y Valón, hijo y heredero de la finada doña Josefa Valon, le confirió su poder a don José Antonio Agrasar, de esta misma vecindad, en la villa de Santa Clara Isla de Cuba, el 11 de octubre de 1828, el cual sustituyó el mismo Agrasar en esta propia villa el 3 de febrero de 1829 a favor del comparente; quien usando de las facultades que en ese poder se confieren, dice que la enunciada difunta doña Josefa Valon le franqueó en su vida a don Juan Antonio Figueiras que también es ya difunto, la cantidad de 1 400 pesos con pensión de réditos de un 5 por ciento anual, según obligación que le otorgó y corre en autos que se formaron a virtud de no haber podido cumplir Figueiras con el pago al tiempo estipulado y de que además adeudaba cantidad de réditos. Para cuyo saldo se intervinieron los rendimientos de una casa propia de la testamentaría del deudor, y se estuvieron haciendo distribuciones entre los acreedores como se percibe de los mismos autos, hasta 14 de febrero de 1828 en que la viuda hizo una exhibición de 848 pesos 1 real y 11 granos a don José Antonio Medina, albacea de don Domingo Nogueira que lo fue de la citada Valón, dejándose libre la casa a la viuda en la expresada fecha; en la cual quedó ya reducido el adeudo a 467 pesos 2 reales y 4 granos como aparece de la cuenta y liquidaciones que se agregan a corte de registro; y añadiendo a ese único adeudo 48 pesos 5 reales y 5 granos que causó de réditos desde la relacionada fecha hasta 14 del corriente, por lo que hacen una suma de 515 pesos 7 reales y 9 granos, mismo que recibe el comparente. Y debiendo formalizar el correspondiente instrumento público que lo acredite; por el presente otorga que recibe de doña María Luisa Urriaga, la cantidad de 515 pesos 7 reales y 9 granos y formaliza a favor de la testamentaria de Figueiras la más eficaz carta de pago con las fuerzas y firmezas necesarias, asegurando que la nominada cantidad le ha sido bien pagada como legítimo representante de don Antonio Blanco y Valon, hijo y heredero de la finada doña Josefa Valon, por lo que no habrá quien de aquí en adelante haga el más ligero reclamo, ni por la cantidad que en esta vez están hechas y constan en la cuenta que queda agregada; la cual aprueba en todas sus partes, en representación del predominado Blanco y Valón, y a nombre del mismo declara libre de toda responsabilidad a la repetida testamentaría de Figueiras en cuanto al indicado capital y sus réditos, confesando estar enteramente pagado y cubierto ese crédito, y de por consiguiente da por nula, rota, cancelada de ningún valor la obligación que el finado acreedor otorgó en esta villa en 18 de septiembre de 1809.
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Doña María de la Trinidad Ortíz de Zárate, de esta vecindad, viuda de don Pedro Mejía, otorga que ha recibido de José Hilario Ortega, vecino que fue de esta villa y hoy ausente de ella, la cantidad de 700 pesos, cuyo principal es el mismo que le suplió su citado difunto marido sin premio alguno, con hipoteca de una casa ubicada en esta villa en la Calle de Santiago; por lo que le otorga cancelación de la deuda y declara libre la citada casa.
Don Mariano de Campo, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido del Presbítero don Francisco de Campo, su hijo, albacea de su difunto hermano don Miguel de Campo, la cantidad de 2 310 pesos y 4 reales; declarando que 1 230 pesos del principal, es el resto de los 2 000 que el difunto Andrés Gil de la Torre suplió al mencionado don Miguel, los cuales trasladó el otorgante a su poder, y los 1 080 restantes son parte de la deuda que tuvo don Miguel con el compareciente; y por estar en su poder, otorga por ellos recibo y cancelación de la deuda.
Don Francisco y don Manuel Badillo, ambos de esta vecindad, como albaceas del difunto don Mateo Badillo, otorgan que han recibido de don Miguel de Goitia, por mano de don Antonio de Ata Ola la cantidad de 5 600 pesos en reales de contado, más los premios, de lo cual entregan recibo de cancelación.
Doña María Martina Bonilla, de esta vecindad, doncella, mayor de de 40 años, otorga ha recibido de don José María de Goiri, la cantidad de 1 000 pesos en reales de contado, de lo que hace cancelación.
Don Juan Francisco de Noriega, de este comercio y vecindad, recibe de Miguel Burgos, viudo de la difunta María Guadalupe Abrego, la cantidad de 171 pesos 2 ½ reales con sus correspondientes réditos, por lo que hace cancelación y entrega recibo en forma.\t
Doña María Josefa Bello y don Pedro Martínez, viuda y ambos albaceas del finado don Antonio Guillén, han recibido de don Cipriano Pensado de este comercio y vecindad, la cantidad de 1 000 pesos con los réditos que le corresponden, cuya cantidad es el resto de 5 147 pesos 5 reales y 5 octavos en que Guillén le traspasó su tienda y de lo cual Pensado otorgó obligación, por lo que se cancela dicha obligación.
Don Andrés Hilario y don José María Bocelo, hermanos, de esta vecindad, han recibido de don Anastasio Cruz, de esta misma vecindad, la cantidad de 2 200 pesos, cuyo principal es el mismo que percibió el dicho Cruz de don Miguel de Arieta y de don Lino Carasa Jiménez, albaceas de su difunto padre don Juan Bocelo, por cuya cantidad otorgó escritura de obligación, la cual queda cancelada por la presente.
Don Lino Carasa Jiménez, de esta vecindad, como albacea y heredero del finado don José de San Martín, que fue de este comercio, ha recibido de don José Ignacio Paz, de esta misma vecindad, la cantidad de 1 000 pesos de que le era deudor por concepto de la venta de una casa, quedando cancelada dicha deuda por la presente.\t
Don Antonio Rodríguez Rojo, residente en esta Villa, ha recibido de don José María de la Rocha, de este comercio y vecindad, la cantidad de 806 pesos en varias partidas y con sus réditos correspondientes, cuyo principal es el mismo que de su pertenencia recibió a premio y otorgó a su favor escritura de obligación y reconocimiento con hipoteca, la que se da por cancelada en la presente.