Don Manuel Moscoso y Freire y don Felipe Figueiras, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, exhibieron copia de escritura hecha en Cádiz el 16 de febrero de 1773, por la que consta haberse obligado don Vicente Bergón, a pagarle a los otorgantes, la cantidad de 3, 390 pesos que le prestó a riesgo de mar “Pardo, Freyre y Compañía”; dinero que Vicente libró el 25 de mayo, a favor de los otorgantes por don Pedro Antonio de Portas contra don Cayetano José Laurido, cuyo libramiento lo endosaron dichos otorgantes a favor de don Bartolomé Salvo, quien cobró dicha cantidad, dando por cancelada la mencionada escritura de obligación.
CÁDIZ, CIUDAD DE
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Don José Belio y don Leonardo Noguera, del Comercio de España y residentes en este pueblo de Jalapa, otorgan que han recibido de doña Antonia Lagunes junto con su marido don Fernando Sáenz, la cantidad de 837 pesos, mismos que constan en copia de escritura hecha en Cádiz el 25 de junio del presente año.
Felipe Figueiras, del comercio de España y residente en Jalapa, exhibió copia de escritura hecha en Cádiz, en la que se obligaron Pedro de Contreras y José de Contreras, a pagar a Manuel Batres, Alférez Mayor de Guatemala, la cantidad de 2, 060 pesos, mismos que les suplió a riesgo de mar, consignando para su cobranza en este reino al otorgante y a Ignacio Legazpi, cantidad que dicho Figueiras se da por entregado otorgando cancelación en forma.
Juan Mateo Juille, del comercio de España, residente en Jalapa, exhibió copia de escritura hecha en Cádiz el 4 de marzo de 1773, en la cual consta que José Gregori, Teniente de Dragones Provinciales de Puebla, se obligó a pagarle a dicho Juille, la cantidad de 447 pesos, mismos que dicho otorgante señaló tiene recibidos y canceló la mencionada escritura.
Don Manuel de Memije, vecino de España y residente en este pueblo de Jalapa, solicita cancelación de escritura por la cantidad de 9, 040 pesos, que ha recibido de don Francisco Martínez Lariondo, vecino de Cádiz.
Don Manuel de Memije, vecino de España y residente en este pueblo de Jalapa, solicita cancelación de escritura de riesgo por la que se obligó a pagarse a sí mismo como primer consignatario la cantidad de 2 , 303 pesos, que le suplió a riesgo de mar don Juan José de Salazar, vecino de la Ciudad de Cádiz, cuya cantidad esta en su poder y se obliga a embarcarla de cuenta y riesgo a su acreedor en esta presente flota
Don Liborio Clausell, vecino de España y residente en Jalapa, solicita cancelación de escritura por 5,882 pesos, los cuales ha recibido de don Juan Antonio Fernández Sierra, producto de 82 cajones de aceite de almendra, cantidad que pertenece bajo partida de cuenta y riesgo a don Guillermo Molone, vecino de Cádiz, y que el otorgante tiene embarcada en plata doble del cuño mexicano en el navío nombrado Santiago América, Capitana, de la presente flota al mando del Señor Jefe de Escuadra don Luis de Córdoba.
Don Francisco Antonio Díaz y Herrero, vecino de España y residente en este pueblo de Jalapa, en nombre de su tío don Sebastián Herrero, vecino de Cádiz, solicita cancelación de escritura por la cantidad de 5,040 pesos de oro común, que ha recibido por mano de don Ignacio Muñoz, vecino de la Nueva Veracruz, en nombre de don Bruno Ezeta, Teniente de Navío, y de don Luis González, vecinos de la Ciudad de Cádiz y residentes en el puerto de la Nueva Veracruz, por concepto de escritura de riesgo de mar.
Don Diego García Bravo, vecino y del comercio de la Ciudad de México, actual diputado de la presente flota, exhibió una escritura hecha en Cádiz en la que se obliga don Gregorio de Alsasua, vecino de Cádiz, a pagar a don Manuel de Llantada Ibarra, vecino de México, 1, 288 pesos escudos 3 reales y cuartillo de plata antigua los mismos que dicho Llantada le prestó a don Domingo Murguía, cantidad que se da por recibida, por lo que cancela dicha escritura.
Don Francisco de Echevarría y Garay, exhibió una escritura hecha en Cádiz en la que se obliga don José de Sierra, vecino de Cádiz, dueño y maestre de navío nombrado “El Jasón” que vino en conserva de la presente feria, a pagar a don Juan de Garay y Leanis 3, 540 pesos escudos de plata, y por tener recibida dicha cantidad, da por cancelada la escritura.