Don Manuel Antonio Ysasi, vecino y del comercio de la Ciudad de la Veracruz, otorga poder especial al Licenciado don José Antonio Robles, vecino de la Ciudad de México, para que en su nombre prosiga solicitud entablada ante el señor intendente de dicha plaza, sobre la devolución de los derechos de introducción que indebidamente se le exigieron en la Real Aduana del citado puerto, de los añiles que de Guatemala le vinieron por tierra en la guerra pasada, con destino a embarcarse para Cádiz
CÁDIZ, CIUDAD DE
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Don José Pérez de Llera otorga poder al señor don Sebastián Martínez Pérez, del Consejo de su Majestad y su Tesorero General en Madrid; y a don Pedro Sebastián Pérez, residente en Cádiz, para que se presenten en el obispado que corresponda a impetrar y solicitar las dispensaciones que en segundo y tercer grado tiene como suyas su prima doña María Dolores Pérez, residente en Sevilla, con quien tiene tratado contraer legítimo matrimonio, asimismo procedan a verificar dicho matrimonio recibiéndola en nombre del otorgante por esposa de palabra.
Don Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, vecino y del comercio de esta Villa, otorga poder especial a don José Antonio de Saavedra Carvajal, vecino de la Ciudad de Cádiz, para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor y Supremo Consejo de las Indias y suplique se le haga la merced o mercedes que su majestad fuere servido hacerle en atención a los méritos y servicios del otorgante.
Don Juan Antonio de Bárcena, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Francisco Santa Cruz, vecino de la Ciudad de la Habana, para que extorne la cantidad de 610 pesos que el otorgante registró en el Navío de Guerra San Ildefonso, por cuenta y riesgo y para entregar en Cádiz a don José Antonio de Bárcena, del que es maestre don Clemente Fernández de Elías.
Don Clemente de la Fragua, vecino de la Ciudad de la Puebla, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Francisco Santa Cruz, vecino de la Habana, para que extorne la cantidad de 8 000 pesos que de orden del otorgante registró don Sebastián Pérez, vecino de Veracruz, a saber 4 000 pesos en el Navío de Guerra San Ildefonso, su maestre don Clemente Fernández de Elías, y los 4 000 pesos restantes en el San Pedro Alcántara, su maestre Juan Manuel de Irizarri, por cuenta y riesgo de la testamentaria del difunto don Manuel Antonio de Alonso, vecino de Cádiz, para entregar en dicha ciudad a don Juan Antonio Carazo.
Don Tomás Murphy, vecino y del comercio de la ciudad de Veracruz, residente en esta villa, otorga poder a su tío don Pedro Porro, residente en Cádiz, para que en su nombre y como hijo del difunto don Juan Murphy, vecino que fue de la ciudad de Málaga, se presente ante el señor juez de la testamentaria de su padre y pueda demandar y percibir de los albaceas de ella, judicial o extrajudicialmente, lo que le corresponda y pertenezca de su legítima.
Don José Gregorio de Cosío, Clérigo Presbítero, ex jesuita, natural de la ciudad de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, hijo legítimo de los difuntos don Juan Domingo de Cosío y doña Catarina de Soto Guerrero, otorga su testamento donde declara no tener bienes, a excepción de lo que adquirió durante el tiempo en que estuvo en Roma a fuerza de su economía, de las limosnas que recibió por misas que fueron noventa y un lugar de monte llamado San Pedro. Ordena se finquen tres capellanías de misas diarias, que en dicha ciudad de Roma corre con ellas su apoderado, el Presbítero don Lorenzo Conti, nombrando a éste como albacea para que éstas no se pierdan y para que su apoderado pueda fincarlas, dándole todo el poder que se requiera para que nombre por patronos y haga los llamados de capellanes que le parezcan, prefiriendo a don Juan Antonio Nava, a don Javier Martínez y a don Francisco Bernárdez, todos presbíteros ex jesuitas, los dos primeros residentes en Roma y el tercero en Cádiz, para que los destine en beneficio del alma del otorgante, de las de sus hermanos don Manuel Joaquín y don Francisco Antonio Timoteo de Cosío y de su demás familia, como también para ayuda de la celebridad del Santísimo Patriarca Señor San José y de Nuestra Señora del Rosario en la Iglesia de Santa María del Sufragio en dicha ciudad de Roma. Nombra como albacea a doña Ana María de Cosío, mujer legítima de don Manuel de Villa y Gibaja, vecinos de la Nueva Veracruz, en cuya casa y a sus expensas vive el otorgante.
Doña Mariana de Guevara, vecina de esta Villa, mujer legítima de don Manuel de Ochoa, de quien tiene licencia expresa, dijo que por cuanto don Juan José de Larrio, vecino y del comercio de Cádiz, le dio y confirió su poder en dicha ciudad a los 7 de abril de 1802, para que deduzca los derechos que le correspondan sobre la cantidad de 800 pesos que erogó en la fábrica de la casa que se labró en solar que heredó dicho su marido de su difunto padre, del que hizo sesión el expresado Larrio en la otorgante, y con facultad de poderlo sustituir, lo sustituye en don Félix Teixa de Senande, Oficial de la Dirección General de la Real Renta de Tabaco de la Ciudad de México y Secretario del Montepío.
Doña María Ignacia de Alba, vecina de esta Villa, viuda y albacea de su difunto marido don Francisco Ignacio de Herrasti, dijo que por cuanto su marido fue albacea de don Ignacio Xavier de Urrutia y Landaburu, difunto, según poder para testar que le otorgó en esta Villa el 11 de Noviembre de 1784; Herrasti nunca tuvo tiempo de otorgar el testamento de don Ignacio Xavier de Urrutia, de tal manera que por la presente otorga, como albacea de dicho su marido, el testamento del expresado Urrutia en virtud del poder que le confirió, por lo que declara que el mencionado Urrutia falleció el 10 de abril de 1790 y fue sepultado en esta parroquia. Declara que una de las últimas voluntades del difunto fue fundar una capellanía colativa de 40 misas rezadas al año sin señalamiento de altar ni iglesia, con el principal de 5 000 pesos, cuyos capellanes y patrones habían de ser hijos legítimos de don Domingo de Lexaburu y Aleiaga y de doña Josefa de Urrutia y Landaburu, su mujer, vecinos de Cádiz, y sobrinos de dicho don Ignacio Xavier de Urrutia; y por falta de éstos a don Manuel de Herrasti, presbítero, ahijado del mismo don Ignacio Xavier; y por muerte de éste a don Mariano y a don Joaquín de Herrasti, hijos de la otorgante y de dicho Francisco Ignacio de Herrasti, y por la falta de éstos a los demás descendientes de don Francisco Ignacio de Herrasti y de dicha la otorgante, pero no habiendo ninguno de los mencionados, le corresponde a los hijos de doña Josefa de Alba y don Felipe Basterra, y por falta de éstos a los hijos de doña Juana de Alba y de don José Miguel de Iriarte, ambas familias residentes en Cádiz, y ambas mujeres hermanas de la otorgante, cuya capellanía ha sido fundada desde el 7 de noviembre de 1794. Por otro lado, fue la última de voluntad de Urrutia nombrar como heredero universal a Francisco Ignacio de Herrasti.
Don Agustín Beven, Brigadier de los Reales Ejércitos y Coronel del Regimiento de Dragones de México, otorga poder especial a don Pedro Alonso de Ocrouley, vecino de Cádiz, para que en su representación se constituya por su compadre de agua de bautismo de la criatura que diere a luz la esposa de dicho Ocrouley, a la que pondrá el nombre que sus padres escojan, encargándoles la educación, crianza e instrucción católica.