Don Nicolás Manuel Fernández, vecino del pueblo de Jalapa, solicita la cancelación de una escritura por la cantidad de 735 pesos, los cuales ha recibido de don José Antonio Maiz, Maestre de la fragata nombrada “La Piedad”, el cual se obligó a pagarla por préstamo que le hizo la compañía de don José y don Mariano Yaucan hermanos, en la ciudad de Cádiz a riesgo de mar, dando por nula, rota y cancelada la escritura de deuda.
CÁDIZ, CIUDAD DE
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Don Pedro de Garay, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga que ha recibido de don Domingo Antonio de Vivanco, la cantidad de 7, 752 pesos en dinero de contado, cuya cantidad es la misma, que dicho Vivanco se obligó a pagar en este reino al otorgante por otros tantos que le prestó a riesgo de mar don Nicolás de Rojas, vecino de Cádiz, por lo que da por nula, rota y cancelada la escritura.
Don Antonio Oduyer, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, exhibió poder general que le confirió don Antonio Butler y Compañía, nombrada “Butler y Mateus”, hecho en Cádiz, el cual sustituye en don Vicente Francisco Vidal, para que en nombre de dicho Butler y Compañía, cobre judicialmente a las personas que le adeuden las cantidades de dinero, mercaderías y otros, a través de libranzas, préstamos, y demás documentos.
Don Felipe Figueiras, del comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Manuel de Encima, vecino de Cádiz y por su ausencia a la persona o personas que por él hubieren, para que de su dieta pueda tomar cualquier cantidad de dinero en la forma que él se lo ordenare por carta, también le da poder general para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
Don Juan Mateo Juille, vecino de España, residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Isidoro Juan Juille, su hermano, vecino de la ciudad y puerto de Cádiz, para que pida, demande y reciba de manera judicial o extrajudicial todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas y otras mercancías que le deban y para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Don Alonso José Gatica, Cura Propietario de la antigua Parroquia del pueblo de Jalapa, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico, otorga poder especial a don Juan Santiago Lobo, a don Gaspar de Martínez, de la Orden de Santiago y a don Celedonio Pérez, vecinos de la Ciudad de Cádiz, para que comparezcan ante el Rey, en sus Reales Órdenes y Consejos de Castilla e Indias, donde pidan y supliquen se le honre con la merced o mercedes que el Rey se sirva darle.
Don Francisco Ignacio de Herrasti, vecino de Jalapa, en nombre de don José Joaquín de Landaburu, vecino de Cádiz, otorga que ha recibido de don José Lanuza, Presbítero, la cantidad de 200 pesos que son procedidos de otros tantos que le prestó a riesgo de mar el dicho don José Joaquín de Landaburu, por escritura del 4 de marzo de este año, por lo que da por cancelada la escritura.
Don Francisco Ignacio de Herrasti, del Comercio de España y vecino del pueblo de Jalapa, en nombre de don Manuel de Guruzeta, vecino de Cádiz, otorga que se da por entregado de 1, 000 pesos que ha recibido de don Francisco Ángel del Camino, Presbítero Canónigo Provisto de la Santa Iglesia de Valladolid de Michoacán, por escritura a riesgo de mar hecha el 17 de abril de este año, por lo que da por cancelada la escritura.
Don Miguel de Ichaso, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga que ha recibido de don Francisco Joaquín Moreno, la cantidad de 1, 456 pesos en dinero de contado, misma que recibió dicho Moreno, prestados a riesgo de mar de don Francisco Bodega, quien le dio escritura hecha en Cádiz el 23 de abril de 1776, cuya escritura queda cancelada.
Don Felipe de Revilla Bárcena, del Comercio de España y residente en Jalapa, junto con doña Nicolasa Josefa Olivares, hija y heredera del difunto don Francisco Javier Olivares, otorga que da poder a don Lorenzo Fernández de la Somera y a don Manuel Díaz Cacho, vecinos de Cádiz, para que en su representación procedan a la aceptación de herencia con beneficio de inventario, ejecutando la testamentaria que le dejó su padre Francisco Javier, haciendo para ello los actos, diligencias y demás que sea necesario y de lo que perciban entreguen los recibos, cartas de pago, finiquitos que le sean pedidos, y en caso de requerirse contienda de juicio, que lo hagan, compareciendo ante las autoridades correspondientes.