CABILDO

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              7 Archivistische beschrijving results for CABILDO

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0052 · Stuk · 1717/07/02
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad, Teniente de Capitán General en ella; y el Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de Primer Voto de esta villa por Su Majestad, Jueces Comisarios nombrados por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, en virtud de su mandamiento con fecha en la ciudad de México a 22 de febrero de 1717, refrendado por don José de la Cerda, su Secretario, por el cual se les concede facultad para reconocer las tierras que gozan por propias el muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, y saber lo que han pagado, deben pagar y deben sus arrendatarios y hacerle escritura de ellos con las solemnidades debidas para su seguridad como consta en dicho mandamiento. Facultad que usan para dar en arrendamiento a don Luis Martínez de Figueroa, vecino de esta villa, 2 caballerías de tierra y 352 varas más en cuadro en el paraje que llaman El Potrero, en el rincón de Matlaquiague [Matlaquiahuitl], que linda por la parte de arriba con el cerro grande, por la parte del sur con tierras de Gertrudis Pérez de Arroyo y cortando para el oriente esta un zapote mamey, y del zapote por lindero a una casa destruida que fue de Sebastián Milián, y por otra parte una ceiba cortada que hace el lindero con tierras de Diego de la Cruz, cortando a la esquina del cerro que está cerca de las casas de Domingo Merodio, junto a la laguna y cerro grande, hacia el oriente que es a la banda del cerro de Matlaquiague [Matlaquiahuitl] y hacia el poniente los cerros de esta villa y comienza desde la ceiba de pastle que está en la esquina del cerro del chorrito de agua. Dichas tierras fueron medidas por don Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el Real Gobierno. El arrendamiento se hace por tiempo de nueve años, que empezaron a correr y contarse desde el primero de marzo pasado del presente año, por precio de 27 pesos y 4 reales y medio anuales, y se obligan a que este arrendamiento le será cierto y seguro y no le serán quitadas dichas tierras, pena de darle otras y tan buenas en la parte y lugar por el mismo tiempo y precio. Con la condición de que Luis, solo ha de sembrar y cultivar en las tierras y no meterá en ella a otra persona, en caso contrario, se anulará esta escritura para que el cabildo la pueda volver a arrendar a otra persona. En caso de que Luis y sus herederos quieran traspasar estas tierras o rancho, tendrán que notificarlo al cabildo para que reconozca si son buenos o malos inquilinos y sepan a quien deben cobrar el arrendamiento. También es condición, de que en dichas tierras no se debe sembrar caña dulce ni hacer casas de cal y canto [roto] que fueren precisas para las cosechas de sus tabacales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0041 · Stuk · 1720/05/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento al Alférez don José de Tembra y Simanes [roto], vecino de esta villa, una tercia pate de caballería y algunas [varas] más de tierra de las pertenecientes a los propios de esta villa, en donde tiene fundado su rancho, en el paraje que está entre río Seco y los cerrillos que salen de la sierra de Matlaquiaguitl [Matlaquiahuitl], [ilegible] las cuales lindan por el norte con dichos cerrillos y tierras de Anastasia de Betancur y María Martínez; por el sur el dicho río Seco y Alonso de Gómez; por el oriente con dichos cerrillos; y por el poniente con dicho río Seco. Lo arrienda por nueve años y por precio de 4 pesos 4 reales cada año, bajo las condiciones que se mencionan.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0099 · Stuk · 1697/12/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Balthasar [Baltazar] González de Belilla [Velilla] Blanco, Regidor Perpetuo y Depositario General de esta villa, su Procurador Mayor nombrado por los señores Justicia y Regimiento de ella, dijo que hallándose con algunos atrasos y necesidades provenidos de la destitución de una hacienda que poseía como propia; ocurrió a dichos señores a quienes suplicó lo favorecieran aplicándole algunas tierras de los proprios de esta villa, para poderlas sembrar, hacer casa y de sus frutos conseguir alivio, con el reconocimiento de pagar lo que correspondiese a su arrendamiento. En cuya atención se sirvieron concederle licencia para entrar en las tierras que le perecieren y se hallasen desocupadas sin perjuicio de tercero, las cuales fueron 6 o 7 caballerías que corren desde una ceiba grande de que está por bajo del rancho que tiene Francisco de los Ríos, a dar a las tierras de proprios que tiene en arrendamiento Juan de Piña, vecino de esta villa, prosiguiendo hasta el rio del Ojo de Agua y la sierra de Matlaquihaguitl [Matlaquiahuitl]. Puesto en ellas el otorgante se halló sin tener con que poderlas fomentar, hasta que el Capitán Joseph [José] de Leyba [Leiva] Esparrogosa, le ayudó proporcionándole las cantidades necesarias para el fomento de dichas tierras, cultivarlas y sembrarlas [roto]. Como depositario general de esta villa otorga en arrendamiento al Capitán Joseph [José] de Leyba [Leiva] Esparrogosa, las mencionadas tierras por tiempo y espacio de nueve años a partir de hoy día, por precio de 70 pesos, los cuales dicho capitán se obliga a pagar por tercios a fin de cada cuatro meses a esta villa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0110 · Stuk · 1715/10/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y su Procurador Mayor, por los Señores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, otorga nuevamente en arrendamiento a Juan Moreno Pimienta, vecino de esta villa, 2 caballerías de tierra ubicadas en el paraje que llaman el Rincón de Matlaquiaguatl [Matlaquiahuitl], que linda por la parte que arrima al cerro grande y por otra parte con 2 caballerías de tierra de Manuel Pérez de Rivera, difunto, y cortando para el oriente está un zapote mamey, y de dicho zapote al rancho de Sebastián Milián, y por otra parte una ceiba que hace el lindero con tierras que poseyó Diego de la Cruz, cortando a la esquina del cerro que está cerca de las casas de Domingo Merodio, junto a laguna y ceiba grande, hacia el oriente que es a la banda del cerro de Matliaguiaguitl [Matlaquiahuitl] y hacia el poniente de los cerros de esta villa y comienza desde la sierra de pastle que está en la esquina del cerro del chorrito de agua. Las arrienda por otros nueve años que corren y cuentan desde hoy día de la fecha de esta escritura, en precio de 28 pesos anuales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0004-PC_0004_0082 · Stuk · 1647/10/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              [Domingo] Álvarez, vecino de esta villa, uno de los primeros pobladores de ella, otorga que vende a Josephe [José] de Brito, vecino de esta villa, un solar que posee de los que el Cabildo de dicha villa le dio y repartió por razón de tal poblador; dicho solar linda con otro del citado Domingo Álvarez, mirando hacia la Peñuela; y por la parte del poniente con solar del Alférez Mayor Juan García Valero, calle en medio y mirando hacia la sierra de Matlaquiau [Matlaquiahuitl]; y está dicho solar enfrente del solar, en donde el dicho Josephe [José] de Brito vive al presente, calle en medio. Lo vende por precio de 12 pesos de oro común que recibió en tabla.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0098 · Stuk · 1709/08/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Pedro López del Castrillo y don Felipe López del Castrillo, su hijo, vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto el Capitán don Pedro López del Castrillo posee en esta villa y sus términos una hacienda de trapiche de beneficiar azúcar nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, en el paraje que llaman de Tospa, fundada sobre tierras que le pertenecen a los propio y rentas de esta villa; que linda por el oriente y norte con la hacienda de trapiche del Capitán Diego de Altamirano y sierra de Matlaquihaguitl [Matlaquiahuitl]; por el poniente y sur con tierras de propios de esta villa; dicha hacienda la hubo y compró del Alférez Antonio Muñoz de Anaya, y como dueño de ella la arrienda a don Felipe López del Castrillo por siete años, desde hoy día de la fecha, a razón de 604 pesos de oro común en cada año. Dicha hacienda de trapiche monta en total 12 085 pesos 4 reales y medio, según inventario y avalúo los bienes, casas, esclavos, aperos y cañales que la conforman. Es condición del arrendamiento que, si al finalizar los siete años falta algún bien de los inventariados, los pagará don Felipe López del Castrillo; asimismo, es condición que las crías que nazcan durante dicho arrendamiento de la esclava que le entrega, han de pertenecer a don Felipe; y por último, por pertenecer las tierras de dicho trapiche a los propios de esta villa, don Felipe se ha de obligar a pagar su arrendamiento al Ilustre Cabildo de ella.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0101 · Stuk · 1710/11/18
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Diego Valero Grajeda, Regidor de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador de ella por su Muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, con facultad de seguir sus pleitos, causas, negocios y cobranzas, arrendar los propios y tierras que le pertenecen en el distrito de esta jurisdicción y dar cartas de pago, en cuya conformidad, por la presente otorga en arrendamiento al Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa, 6 caballerías de tierra por tiempo de nueve años, a razón de 12 pesos y medio por cada caballería anuales. Dichas caballerías se encuentran en el paraje que llaman Ojo del Agua, que corren desde una ceiba grande que está por abajo del rancho que fue de Francisco de los Ríos, a dar a las tierras de propios que tuvo en arrendamiento Juan de Piña, prosiguiendo hasta el río del dicho Ojo del Agua y la sierra de Matlaquiaguil [Matlaquiahuitl].

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