CABALLOS

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0034 · Unidad documental simple · 1694/06/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Bernardo de Roxas [Rojas], vecino de esta villa de Córdoba, y natural de San Pedro de Quemades [sic] a Raya [Frontera] de Galicia y Portugal, hijo de Agustín Rodríguez y Cathalina [Catalina] Domínguez, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que se cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa. Ítem manda que de sus bienes se den 4 pesos para la obra material del convento de San Antonio que está en esta villa. Declara que fue casado con Melchora de los Reyes, quien llevó de dote al matrimonio cuatro machos aparejados, que valían 100 pesos, y él tenía de caudal hasta 500 pesos. Durante el matrimonio procrearon a Isabel de Rojas la cual puso en estado con Juan López de Villardoy. Ítem declara por sus bienes la casa de su morada de piedra y madera, con medio solar en que está edificada, con 25 varas de frente y 50 de fondo; tres esclavos; dos pilas de tabaco; [roto] cargas de harina; una tiendecilla de géneros comestibles; un rancho en el que tiene dos caballos y una mula, jacales de vivienda, herramientas, una troje de maíz mazorca que tendrá 80 o 90 fanegas poco más o menos. También declara por más bienes 400 pesos en reales que tiene en su caja, su ropa de vestir y trajes. Declara como sus deudores a Juan de la Cruz de cargas de tabaco; a Salvador de Urieta de 24 pesos; al Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera de 40 pesos; a Juan de Alcalá de 40 pesos; al Capitán Lope de Yribas [Iribas] de 100 pesos, y a otras personas más, a los que manda se les cobre. Señala que él solamente le debe 8 pesos a la cofradía de Nuestra Señora del Rosario, sita en el convento de Santo Domingo de la ciudad de los Ángeles. Nombra por albacea testamentario, cumplidores y pagadores a Isabel de Roxas [Rojas], su hija, a Juan López de Villardoy y a Francisco Machado, sus nietos, a quienes también les da poder de albaceazgo. Por último nombra por su universal heredera a Isabel de Roxas [Rojas]

              NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0001-PC_0001_0002 · Unidad documental simple · 1635/11/03
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Gonzalo Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba, natural de San Lorenzo de Belesar, junto a Bayona de Galicia en los Reinos de España, hijo legítimo de Rodrigo de Fuentes y de María de Acosta, ya difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, ordena su testamento en la forma siguiente: Declara que debe a Luis García, vecino de Tascalaque [Tlaxcalaque], 12 pesos. Menciona por sus deudores a Diego, indio; Jusepe [José] Martín Durán, vecino del pueblo de Orizaba; Bartolomé Martín, vecino de esta villa; Dionisio Francisco, vecino de esta villa; Francisco Díaz, vecino de la jurisdicción de San Juan, de los cuales se le han de rebajar 14 pesos de dos botijas de vino que le dio; [roto] de Porras; Jorge Díaz; el Licenciado Pedro Arias de Paz, vecino del pueblo de Orizaba; así como otros deudores que se mencionan en la escritura. Declara por bienes 230 pesos en reales que están en una caja cerrada; ropa y utensilios; catorce caballos de diferentes colores que están en el potrero de esta villa; la casa cubierta de paja, en que vive, “que está en un solar que por merced de Su Majestad se me repartió como a uno de los fundadores de dicha villa” con más caballería, tierra y una suerte para huerta, la cual linda con el ejido de ella hacia la parte del sur. Declara que es casado con Inés González, natural de San Lorenzo de Belesar, durante el matrimonio tuvieron a María, niña, que quedó con la dicha su madre, “yo pasé habrá tiempo de cuarenta años y aunque he escrito a la susodicha algunas veces, no he tenido razón”. Nombra albacea al Alférez Gabriel Núñez de [roto], vecino de la jurisdicción de esta villa; y por su universal heredera a María, su hija legítima, o a sus herederos legítimos, de no haberlos, deja por su universal heredera a su alma.

              JUAN MORENO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO