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Title
Date(s)
- 1838/08/07 (Creation)
Level of description
Extent and medium
f. 206 vta. – 210 vta.
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Name of creator
Biographical history
Archival history
Immediate source of acquisition or transfer
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Scope and content
Don Marcos Díaz Aparicio, de esta vecindad, dijo que José Miguel Gutiérrez de Zamora y Robles, vecino de la heroica ciudad de Veracruz, le ha franqueado la suma de 3 000 pesos moneda de plata del cuño circular mexicano, por lo cual otorga que se obliga a pagar dicha cantidad en la misma clase de moneda en el precio y perentorio término de tres años contados desde la fecha de la presente escritura, con más el acostumbrado premio de un seis por ciento anual a estilo de comercio, con la garantía de los señores don Francisco Fernández y Agudo y don Bernabé de Elías Vallejo, ambos de esta vecindad y comercio.
Appraisal, destruction and scheduling
Accruals
System of arrangement
Conditions of access and use area
Conditions governing access
Conditions governing reproduction
Language of material
Spanish
Script of material
Language and script notes
Physical characteristics and technical requirements
Finding aids
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Existence and location of originals
Existence and location of copies
Related units of description
Notes area
Note
En el margen del documento de encuentra la cancelación de esta escritura con fecha en la ciudad de Veracruz a 19 de agosto de 1841. En las fojas 208 – 209 se encuentra una copia de un poder otorgado por don José Miguel Zamora a don Carlos Peñasco, para que este último entregue los 3 000 pesos a don Marcos Díaz Aparicio, con fecha en la ciudad de Veracruz a 5 de julio de 1838. Al final del segundo tomo del protocolo 1838, en las fojas 248 – 253, se encuentran los siguientes documentos relativos a esta escritura: Copia del poder especial otorgado por don José Miguel Zamora a don Carlos Peñasco, en la heroica ciudad de Veracruz el 5 de julio de 1838, f. 248, 250. Copia Obligación y fianza que hace don Marcos Díaz Aparicio en favor de don José Miguel Gutiérrez de Zamora y Robles, en la ciudad de Xalapa a 7 de agosto de 1838, f. 250–252. Don Carlos Peñasco, dijo que a nombre de don José Miguel Gutiérrez de Zamora y Robles, otorga que acepta el contenido de esta escritura, f. 252 – 252 vta. José Miguel Zamora declara su conformidad para que se cancele en su matriz la escritura a que se refiere el precedente testimonio, la cual queda nula, por haberse formado otra prorrogando el plazo, en la ciudad de Veracruz a 19 de agosto de 1841, f. 252 vta. – 253.
Alternative identifier(s)
Access points
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- DÍAZ APARICIO, MARCOS (Subject)
- ELÍAS VALLEJO, BERNABÉ DE (Subject)
- FERNÁNDEZ Y AGUDO, FRANCISCO (Subject)
- GUTIÉRREZ DE ZAMORA Y ROBLES, JOSÉ MIGUEL (Subject)
- PEÑASCO, CARLOS (Subject)