Don Manuel Eugenio de Acosta, don Antonio Damián de Uriza, doña Lucía Juliana de Heredia y doña Ignacia de Heredia, hijos legítimos y herederos de don Manuel de Acosta, quien fue dueño de los trapiches de Concepción, San Diego y Tenampa, y de otras tierras más, otorgan poder especial al Bachiller José Nicolás de Acosta, junto con don Lorenzo Benito Álvarez de Guzmán, para que pueda dividir, vender o traspasar las citadas tierras.
BACHILLERES
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El Capitán Don Nicolás Flores Altamirano, vecino de la jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido a Don Cristóbal Flores Altamirano, su hijo, vecino de San Salvador El Verde, para que en su nombre pueda hacer entrego a la persona o personas que por poder o carta misiva ordenare el Bachiller Juan de Alcántara, mayordomo de las religiosas del Convento de San Gerónimo de la ciudad de Los Ángeles, el trapiche nombrado Nuestra Señora de la Limpia Concepción, ubicado en la jurisdicción de Jalapa, con todos sus aperos, esclavos, ganados y herramientas.
El Bachiller don José Nicolás de Acosta, Clérigo, Presbítero, domiciliario de este Obispado de Puebla, como heredero y apoderado de los demás herederos del difunto Manuel de Acosta, dueños de las tierras de los Trapiches de la Concepción, San Diego y Tenampa, se obliga a pagar a don Roque Jacinto Florido, vecino de esta jurisdicción, 700 pesos y 2, 000 que anteriormente le prestó para la defensa de dichas tierras, las que hipoteca como seguro de la deuda.
El Bachiller don José María Aparicio y don Rafael Velad, de esta vecindad, dijeron que son apoderados: el primero de su señor padre don Manuel Ignacio Aparicio y el segundo lo es sustituto de doña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega, como consta los poderes insertos en esta escritura. Dijeron que los referidos don Manuel Ignacio Aparicio y doña Micaela Rodríguez parecieron el primero por sí y la segunda por medio de su apoderado principal, don José María Campoverde, en esta ciudad el 31 de marzo de 1826, diciendo el primero que tenía cuentas pendientes con la Rodríguez sobre compañía y administración de la hacienda o trapiche de la Concepción, propia de esta señora, ubicado en la doctrina de Jilotepec; cuentas que reducidas a juicio serán interminables y erogarían incalculables gastos; por lo que a estímulo de aquel Juez convinieron en nombrar contadores, jueces, árbitros, etc. que oyéndolos y visto sus documentos, cuentas y papeles, se las transasen y liquidasen poniéndolas en su final conclusión. En cuya virtud, Aparicio nombró por árbitro a don Dionisio Camacho y Campoverde a don José Fernando de la Peña. Siendo nombrado por el juez un tercer árbitro, que lo fue don Juan Francisco de Bárcena. Y habiendo pronunciado sus laudos don Dionisio Camacho en 14 de noviembre de 1826 y don José Fernando de la Peña el 2 de septiembre de 1828, éstos quedaron discordes, y se pasó éste al tercer árbitro, quién el 4 de mayo de 1829 pidió la práctica de varias diligencias y el 6 de agosto de 1831, después de haber expresado con la mayor energía su parecer en el asunto, vino a concluir que el compromiso se otorgase ante una persona de fe pública. Cuyo arbitraje fue aprobado por ambas partes y practicadas algunas diligencias, se resolvieron a otorgarlo ante el presente escribano considerando lo siguiente: Primero, que éste litigio tubo origen en la compañía que ambos litigantes tuvieron en la referida hacienda, sin que el contrato de sociedad se hiciese constar por documento alguno que aclarase las obligaciones de los socios. Segundo, que les es muy difícil a ellos mismos poner en claro sus cuentas. Tercero, que considerando cada uno de los contendientes acreedor al otro en cantidad indeterminada de pesos, será interminable el litigio. Cuarto, que las costas que impenderían en el juicio serían tan considerables que les acarrearían perjuicios en sus respectivos intereses. Finalmente, usando de la facultad que les concede la ley, ambos apoderados otorgan que comprometen las pretensiones introducidas en los autos que se han referido por ambas partes en el licenciado don Antonio Viamonte y en don Juan Francisco de Bárcena, a quienes eligen y nombran por contadores y jueces; y confieren amplio poder y facultad para que dispongan que dentro del término de 30 días hasta los 60 de la ley y contados desde la última notificación se reciban por el señor alcalde juez nato del pleito, las probanzas que a los otorgantes parezcan convenientes.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINOEl Bachiller José Nicolás de Acosta, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de Puebla, heredero de Manuel de Acosta, junto con don Lorenzo Benito Álvarez de Guzmán, en representación de su legítima esposa Gertrudis Jacinta García de Baldemora, como hijos y herederos de don Manuel de Acosta, dijeron que dentro de los bienes del difunto Ventura de Acosta, quedaron tierras que están en pleitos, y para excusar dichos pleitos, otorgan por vía de paz, que se han convenido en lo siguiente: Nicolás señala que de los alcances que resultaron a favor de los herederos del difunto Manuel de Acosta, fue la cantidad de 468 pesos y algunas propiedades que entregó a los apoderados de dicho herederos, los cuales no subsanan el total de los bienes que tenia bajo su administración, mencionando que por no quedarle bienes propios con que pagar dicho total, se obliga a cubrirlo, para lo cual trasfiere los trapiches de la Concepción y San Diego, los cuales cede junto con los demás bienes que ya tiene entregados, para que entre ellos se lo dividan. Dichos otorgantes señalan que se desisten de dicho pleito, con la condición de que si alguno de ellos no cumpliera con lo antes dicho, se harán acreedores a una multa.
El Licenciado Diego Martín de los Reyes, Cura Presbítero de dicho pueblo, hizo compra a censo redimible de 3 fincas y de sitios de tierra, nombradas ingenio de Tenampa, trapiche de Nuestra Señora de la Concepción, y el molino de Río Frío, por lo que a través de la presente otorga poder a Juan de Escalona Matamoros, y al Bachiller Miguel de Escalona, para que se presenten ante las autoridades correspondientes y pidan el saneamiento de dichas tierras, y pueda él pagar la escritura con obligación de réditos de 7, 000 pesos contenidos en dicha escritura de venta e imposición.
El Bachiller Don Diego Martín de los Reyes, cura propietario del partido de Naolinco, dio su poder cumplido al Bachiller Don Francisco de Luna y Arellano, presbítero, vecino de la jurisdicción de San Andrés Chalchicomula, provincia de Tepeaca, para que en su nombre parezca en el tribunal eclesiástico ante el Señor Doctor Don Manuel Fernández de Santa Cruz, Obispo de la Puebla de los Ángeles, y otros jueces que con derecho deba y pida se le dé por libre de la postura que hizo por memorial presentado ante dicho Ilustrísimo Señor, a las haciendas y trapiche nombrado La Limpia Concepción, hacienda de Tenampa, y Molino de Río Frío, ubicados en la jurisdicción de Jalapa, pues fue mal informado de su valor y de lo que que al presente tienen dichas haciendas, en virtud de hallarse muy deterioradas.
Don Manuel de Acosta, heredero de don Marcos de Acosta, confiere poder especial al Bachiller José Nicolás de Acosta, Clérigo Presbítero del Obispado de Puebla, junto con don Lorenzo Benito Álvarez de Guzmán, vecinos del pueblo de Jalapa, para que junto con los demás herederos pueda dividir, vender o traspasar a cualquier persona los trapiches de la Concepción, San Diego, Tenampa y otras tierras más.
Don Nicolás Ventura de Acosta, vecino de las cercanías del pueblo de Jalapa y residente en el mismo, hijo legítimo y heredero de don Ventura de Acosta, otorga poder especial al Bachiller José Nicolás de Acosta, Clérigo Presbítero del Obispado de Puebla y vecino de este pueblo, junto con don Lorenzo Benito Álvarez de Guzmán, vecino del pueblo de Naolinco, para que se ocupen de la defensa de la posesión, amparo y división de las tierras y trapiches de la Concepción, San Diego, Tenampa y demás correspondientes.
El Bachiller José Nicolás de Acosta, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de Puebla y vecino del pueblo de Jalapa, con poderes que tiene de los herederos del difunto don Manuel de Acosta, dueño de los trapiches de la Concepción, San Diego y Tenampa, debe y se obliga pagar a don Roque Jacinto Florido, labrador y vecino de esta jurisdicción, la cantidad de 200 pesos de oro común, para cuando se vendan las tierras del potrero de Chiltoyac y de la Concepción, con réditos de 5 % anuales.