El Licenciado don Gaspar Durán de Huerta, Presbítero, residente en esta villa, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de San Agustín Ystapa [Ixtapa], como patrón de la obra pía para casar huérfanas fundada por el Licenciado Juan Francisco Álvarez Ricardo, difunto; dijo que el 29 de agosto de 1680 el Regidor don José de Leiva, difunto, en la ciudad de los Ángeles otorgó escritura de reconocimiento de censo de 1 000 pesos a favor de dicha obra pía, quien los recibió del Bachiller don Diego Jaimes Ricardo Villavicencio, Presbítero, Cura Beneficiado del pueblo y partido de Tlacotepeq [Tlacotepec], patrón que fue de la citada obra pía, de que otorgó escritura a favor a los 24 de septiembre de 1691. Dijo también que don José de Leiva redimió dicho censo que tenía cargado sobre su hacienda, nombrada San Juan Bautista, y los entregó al Regidor don José Gómez Dávila y María de Leiva Esparragosa, su legítima mujer, como parece en la escritura citada, y dicho Gómez Dávila los cargó sobre su hacienda nombrada Señor San José. Y ahora el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa, albacea y uno de los herederos de del Regidor don José de Leiva, su difunto padre, le ha pedido al otorgante que en atención a las muchas ocupaciones que tuvo su padre y por no haber cancelado dicha escritura por parte legítima, le otorgue cancelación y redención de dicho censo como patrón actual de dicha obra pía, y poniéndolo en efecto, otorga haber recibido del Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, los dichos 1 000 pesos, dando por rota, nula y cancelada la escritura de imposición de censo, por estar actualmente cargado su principal sobre el trapiche del Secretario Juan de Espinosa, que antes fue del Regidor José Gómez Dávila.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOBACHILLERES
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El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad; don Nicolás Rodríguez Dávila, Capitán de una de las compañías milicianas española de ella; y el Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; otorgan poder especial al Alférez don José Gómez Dávila, residente en la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa, para que en sus nombres los obligue como sus fiadores en la compra del trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrado San José de Omealca, hasta en cantidad de 31 000 ciento y más pesos y obligándolos al reconocimiento de ellos, quedando sobre dicho trapiche impuestos a favor del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles y Maestrescuela de ella. Para seguridad de dicho débito, don Antonio de Leiva hipoteca su hacienda nombrada San Juan Bautista que posee en esta villa y vale más de 28 000 pesos, sobre la cual tiene 2 000 pesos de censo a favor de la Madre Gertrudis de San Miguel, su hermana, Religiosa del convento de Santa Clara de dicha ciudad, cuya hacienda linda por un lado con tierras del Regidor don Francisco de Aguilar y por otro lado con tierras del Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, y por el frente y fondo con tierras de los propios de esta villa; don Nicolás Rodríguez hipoteca su hacienda nombrada San José que vale más de 30 000 pesos, sobre la cual están 2 000 pesos de capellanía favor del Bachiller don Nicolás de Barrios, Presbítero, y como 4 000 pesos de algunas hipotecas, cuya hacienda linda por un lado con tierras del Tesorero don Amaro José Bocarando, por otro lado con tierras del Capitán don Manuel Gómez Dávila, y hace frente con la sierra de Tepexilotepeq [Tepexilotepec]; y Juan de los Santos hipoteca su hacienda nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora que vale más de 30 000 pesos, sobre la cual están como 17 000 pesos de principal a favor de diferentes censualistas, y se compone de cinco sitios y 6 caballerías de tierra, linda por una parte con tierras del pueblo de San Francisco Chocamán, y por otro lado con tierras de esta villa, el río de Metlac y el de Tlapa [Tleapa].
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de haciendas de las San Juan Bautista y Nuestra Señora de los Dolores del Ojo de Agua en esta jurisdicción, dijo que el 21 de febrero de 1681 en el pueblo de Tamalcalco, provincia de Tepeaca, el Señor José de Leiva, su padre, como apoderado de doña Catalina de Esparragosa, su difunta madre, otorgó escritura de imposición de censo de 500 pesos de principal que recibió del Licenciado don Diego Jaimes Ricardo Villavicencio, patrón de la obra pía que mandó fundar de sus bienes el Licenciado don Juan Francisco Álvarez de Ricardo, difunto, Cura Beneficiado que fue del pueblo Tlacotepeque. Asimismo, dijo que su padre cargó dicha cantidad sobre el trapiche de San Juan Bautista, que posee el otorgante, y sobre las casas que fueron de su morada, que ahora por fallecimiento de sus padres están proindivisas, por ello se obligó a pagar 25 pesos de rédito anuales. Y debido que al presente se le ha notificado un auto proveído por el Doctor don Diego de Perea, Prebendado de la iglesia catedral de Puebla de los Ángeles, Juez de sus causas decimales y de testamentos, capellanías y obras pías, en el que se le demanda haga reconocimiento de mencionado censo como tal heredero y poseedor del trapiche; por la presente, otorga que reconoce por dueño de los 500 pesos a la citada obra pía y en su nombre al Bachiller don Gaspar Durán de Huerta, Presbítero, Cura Beneficiado por Su Majestad, cantidad que pagará con sus réditos a los tiempos que se refiere dicha escritura.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga en arrendamiento al Bachiller don Diego García Calvo, Presbítero, vecino de esta villa, una hacienda de dicho beneficio que posee en esta villa nombrada de San Juan Bauptista [San Juan Bautista], alías Sacatepeque, con sus tierras, cañas, casas, aguas, pastos, usos, costumbres, derechos y servidumbre. Arrendamiento que hace por tiempo de siete años, que empiezan a correr y contarse desde el mes de enero pasado de este presente año, a razón de 400 pesos anuales pagados por tercios corridos fin de cada cuatro meses. La arrienda con los bienes siguientes: casa de vivienda de cal y canto, casa de trapiche con una molienda corriente, casa de calderas con su colgadizo, casa de purga, asoleadero, una suerte de caña nombrada Santiago, suerte de San Bartolomé, dos pedazos de arroyo, la suerte de los Cerritos de molienda, la suerte de San Francisco de molienda y otros bienes que se mencionan en esta escritura. Estipulando las condiciones siguientes: que las mejoras que se hicieren en la hacienda se mantendrán dentro de los bienes inventariados y por lo que mira a las cañas, le concede dos suertes de mejoras y estas se pagarán por avalúo y no excederá en más el Bachiller Diego, y es condición que estén presentes dos fiadores para el arrendamiento. Estando presente Diego García Calvo, dijo que acepta esta escritura con sus condiciones, dando por sus fiadores al Regidor don Juan Valero Grajeda y a don Francisco Valero y Espinosa, quienes juntos dijeron que se obligan con sus personas y bienes habidos y por haber.
El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de haciendas de beneficio de hacer azúcar nombradas Señor de San Juan Bautista y Nuestra Señora de los Dolores en el Ojo de Agua, en esta jurisdicción, se obliga de dar y pagar al Bachiller don Gaspar Durán de Huerta, Presbítero, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de San Agustín de Estapa [Ixtapa], administrador general para las cobranzas de la obra pía que mandó fundar don Juan Francisco Álvarez Ricardo, Presbítero difunto, a saber 350 pesos de oro común en reales; cantidad que importan los réditos que han corrido de 500 pesos de principal que están sobre la hacienda nombrada San Juan Bautista y unas casas en esta villa a favor de dicha obra pía, mismos que pagará con las costas de su cobranza, que no ha pagado por estar enfermo y por atrasos que ha tenido en la hacienda, por lo que se obliga a pasar a la otra hacienda nombrada Nuestra Señora de los Dolores, de donde espera conseguir pagar este débito, a lo cual obliga su persona y bienes habidos y por haber.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO