El Bachiller Francisco Alonso [de Vergara] Montes de Oca [roto], hijo legítimo de Juan Alonso Gómez, difunto, e Inés de Trejo, vecinos que fueron de la ciudad [roto] Palmas, natural de aquella y vecino de esta jurisdicción de la villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que debe 4 pesos al Bachiller Luis de Milla, Clérigo Presbítero de la Nueva ciudad de Veracruz. Asimismo, señala como sus deudores a don Pedro Licona, vecino de la citada ciudad, de 85 pesos; Juan García, vecino de dicha ciudad, de oficio platero, 300 pesos; Juan [de] Castro 54 pesos; y el Capitán Joseph [José] Blanco 112 pesos. Declara por sus bienes dos negras y un negro; ropa y muebles que se menciona en la escritura. Ordena que al negro nombrado Antonio lo entreguen a la iglesia de Cosamaloapan para que sirva todos los días de su vida. Nombra albaceas testamentarios a Francisco de Solís, Alguacil Mayor de esta villa de Córdoba, y a Joseph [José] de Olivera, vecino la misma; y declara como su universal heredera a su madre Inés de Trejo, y en caso de que la susodicha fallezca nombra en su lugar a María González, su hermana, mujer legítima de Alonso Álvarez, vecino de la ciudad de Canaria.
Zonder titelBACHILLERES
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Don Miguel Gómez de Espinosa, vecino de Cosamaloapan, residente en esta villa de Córdoba, en nombre del Bachiller don Francisco Salvador de Espinosa y de doña María Zeraso [Ceraso] de Artiaga [Arteaga], otorga que da finiquito a Joseph [José] de Segura [y] Cevallos [Ceballos], albacea del Capitán Joseph [José] Blanco, de todas las cuentas y demás tratos que tuvieren con sus representados.
Zonder titelMarcos Zacarías, vecino de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Sacapuastla [Zacapoaxtla], hijo legítimo de Juan Zacarías y Nicolasa de Peralta, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se den dos libras de cera a Jesús el del Señor San José que está en la ciudad de los Ángeles. Ítem manda al Santuario de Nuestra Señora de Cosamaloapan otras dos libras de cera de que tiene hecha manda. Es su voluntad que sus albaceas saquen de sus bienes 20 pesos y se repartan entre las viudas pobres de esta villa. Declara debe: al cura del pueblo de San Pedro Ixhuatlán 48 pesos de diezmo del año pasado, asimismo el diezmo que se cause de este año; al Bachiller don Juan, capellán de la capilla del Capitán don Juan Gómez Dávila, 200 pesos de dos años de administración [roto]; a Juan Esteban 192 pesos; a don Manuel de Aguilar Osorio, vecino de la ciudad de Tlaxcala, 600 pesos; a la cofradía del Santo Christo [Cristo] de esta villa; a Francisco de Rocha, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], 150 pesos; a Francisco Porrúa y Peña, vecino del pueblo de San Juan, 30 pesos; a Lucas de Gorrostola 15 pesos. Ítem declara le adeudan: Juan de Piña 200 pesos; Antonio de Pedraza 30 pesos; Antonio Martín 68 pesos; Felipe Martín, su hijo, vecino de San Juan, 53 pesos; Miguel Blanco 21 pesos; Alonso Galván, vecino de esta villa, 60 pesos; doña María de Salas, vecina de la ciudad de los Ángeles, 56 pesos; don Juan Gómez Dávila 39 pesos; y Francisco Lorenzo 3 cargas de azúcar a razón de 18 reales arroba. Ítem declara que, en poder de Diego Jerónimo Leal, vecino de la ciudad de la Veracruz, paran 10 cargas de azúcar con 132 arrobas y 12 libras netas, manda se le cobre su líquido. Ítem declara que habrá tiempo de dieciocho años que contrajo matrimonio con Josefa de la Encarnación, difunta, durante el cual tuvieron por hijos legítimos a Gertrudis de la Encarnación que será de catorce años, a Francisco Zacarías de doce años; asimismo, declara que pasó a segundas nupcias con María Francisca Enríquez de Lara con quien procreó una hija nombrada María Antonia, de edad de cuatro años. Ítem declara por sus bienes una hacienda del beneficio de hacer azúcar y todo lo que le pertenece, sobre dicha hacienda están cargados 2 000 pesos a favor del Licenciado José de Barros. Y para cumplir y pagar este testamento nombra por sus bienes a don Juan Gómez Dávila, don Lope Antonio de Iribas y a María Francisca Enríquez de Lara, y por tenedor de sus bienes al citado Lope Antonio de Iribas. Finalmente, nombra como universales herederos a sus tres hijos.
Zonder titelPedro López, residente en esta villa de Córdoba, vecino del pueblo de Cosamaloapan, otorga que vende al Bachiller don Nicolás Ruiz, Presbítero, Vicario del pueblo de Santiago [roto] de esta jurisdicción, un negro esclavo nombrado Jacinto de la Rosa de edad de veinticinco años, el cual compró de José de Osorio, su hermano difunto. Lo vende en precio de 360 pesos.
Zonder titelDoña María de Arteaga y Sotomayor, vecina del pueblo de Cosamaloapan, residente en esta villa de Córdoba, viuda de don Lorenzo Gómez de Espinosa, de quien es albacea testamentaria, tutora y curadora de sus hijos, otorga poder a su hijo el Bachiller don Francisco Salvador Gómez de Espinosa, Clérigo Diácono, vecino de dicho pueblo de Cosamaloapan, para que en su nombre dé en arrendamiento al Capitán don Joseph [José] Gómez de Espinosa y a don Miguel Gómez de Espinosa, hijos de la otorgante, las haciendas de ganado mayor nombradas Chiltepec, en la jurisdicción de Cosamaloapan; el Pedregal, en el partido de Acayucan; y la mitad de la hacienda de ganado mayor nombrada Otapa, jurisdicción de Tuxtla. El arrendamiento será por tiempo de cinco años, a partir del 24 de junio próximo, por precio de 500 pesos de oro común anuales, libres de gastos y de la paga de los diezmos y pensión de 275 pesos de réditos anuales, que en dotes de capellanías pesan sobre dichas haciendas impuestos a censo principal redimible. Asimismo, otorga poder para que cobre y reciba los caballos y ditas de vaqueros que le pertenecen a ella y a los bienes de su marido, concernientes de la compañía que tuvo su esposo, en la hacienda de ganado mayor de Guerrero, con don Pedro de Noval, vecino de la jurisdicción de Tuxtla.
Zonder titelDon Miguel Gómez de Espinosa, vecino del pueblo de Cosamaloapan, en nombre del Bachiller don Francisco Salvador de Espinosa, Presbítero, y de doña María Zerazo [Ceraso] de Artiaga [Arteaga], otorga que ha recibido de don Joseph [José] de Segura [y] Cevallos [Ceballos], albacea del Capitán Joseph [José] Blanco, 3 000 pesos de oro común, dicha cantidad es la misma que el finado se obligó a pagar a dicho Francisco Salvador de Espinosa.
Zonder titelEl Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero, como albacea testamentario del Capitán don Francisco de Mesa y Mendoza, su difunto padre, otorga poder general al Bachiller don Pedro de Vargas, Presbítero, vecino del pueblo de Cosamaluapan [Cosamaloapan], para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le estén debiendo a los bienes de dicho difunto, las personas vecinas de dicho pueblo como también del pueblo de San Cristóbal de Alvarado, Tacotalpa [Tlacotalpan] y otras partes.
Zonder titelIgnacio Rodríguez, vecino de este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, natural de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, hijo natural de Bartolomé Rodríguez; y Mariana de Vargas, su legítima mujer, natural de este pueblo, hija legítima de Juan de Vargas y de Josefa de la Cruz, difunta; se otorgan poder mutuo el uno al otro y ambos al Bachiller don José de Arrucha para que puedan otorgar testamento como se lo tienen comunicado el uno al otro y al dicho bachiller. Dijeron que de no cumplir unas novenas de tres días que tienen ofrecidas a Nuestra Señora de Cosamaloapan por sus muchas ocupaciones, después de que hayan fallecido se remitan por sus albaceas al santuario de dicha señora 2 arrobas de aceite y media arroba de cera, la cual ha de llevar Juan Rodríguez, su hijo. Ignacio Rodríguez declara haber sido casado en primeras nupcias con Nicolasa Hernández, difunta, con quien procreó a dicho Juan Rodríguez, de más de catorce años de edad. Y Mariana de Vargas declara fue casada en primeras nupcias con Francisco Sánchez con quien procreó a Juana Sánchez, de [dieciséis] años, a la cual por herencia de su abuela, Josefa Ruiz, le cupieron 150 pesos, cantidad que entró en poder de dicho Ignacio Rodríguez. Declaran que Mariana de Vargas llevó al matrimonio 1 400 pesos e Ignacio Vargas 150 pesos de cinco mulas aparejadas, y en dicho matrimonio han procreado a Joaquín Vicente Rodríguez, de once meses de edad. Se nombran como albaceas el uno al otro y ambos nombran al Bachiller don José de Arrucha. Nombran como herederos a sus hijos Juan, Joaquín Vicente y a Juana Sánchez. Se nombran el uno al otro como tutores y curadores ad bonos de sus menores hijos.
Zonder titelEl Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero, vecino de la jurisdicción de la villa de Córdoba, otorga que vende a Diego de Villaseca, vecino del pueblo de Cosamaloapan, un negro su esclavo nombrado Jacinto de la Rosa, criollo, que será de edad de veinticinco años, que es el mismo que hubo y compró de Pedro López, vecino del pueblo de Cosamaloapan, se lo vende por esclavo cautivo en precio de 360 pesos de oro común.
Zonder titelFrancisco Lorenzo, dueño de hacienda de ganado mayor en la jurisdicción de Cossamaluapan [Cosamaloapan], presentó una escritura de obligación otorgada por doña Inés Ladrón de Guevara, viuda del Proveedor don Jerónimo de Mendívil, como principal, y doña Mariana de Mendívil, viuda de don Francisco Javier Vidal Saavedra, don Baltazar de Berrosteguieta, marido y conjunta persona que ha de ser doña Inés de Mendívil, el cual está próximo a contraer matrimonio con la susodicha, y don Julián Jerónimo de Mendívil, marido y conjunta persona de doña María de Flores y Cerón, todos hijos de la dicha doña Inés Ladrón de Guevara, vecina del referido pueblo, cuya obligación otorgaron de mancomún acuerdo a favor del Bachiller don Bernardo Rafael Cerón, Cura Beneficiado por Su Majestad, Juez Eclesiástico y Vicario Foráneo del referido pueblo y su partido, por la cantidad de 5 000 pesos que por hacerles amistad y buena obra les ha prestado por el tiempo de seis años, con obligación de réditos, de todos sus bienes y especialmente de dos haciendas de ganado mayor, la una nombrada [Cuatotolapan] y la otra Amajaque, que posee en la jurisdicción de Acayucan, dichas haciendas por la parte del poniente lindan con el [roto] que baja del pueblo de Tataguicapam [Tatahuicapan] a las haciendas que están de la otra parte nombradas Soncuautla [Solcuautla] y Nopalapam [Nopalapan], cuyo río divide las dos haciendas y les ha servido de lindero, y por la parte del norte el río que baja de la villa de Tuxtla que llaman Zongoluacam [sic], como viene corriendo hasta entrar en dicho río Grande, donde hace lindero con la hacienda de ganado mayor nombrada Otapa, y por el oriente con la hacienda de ganado mayor nombrada el Pedregal, y por el sur con el pueblo de Acayucan, cuyas haciendas están gravadas a 7 000 pesos de principal de la obra pía del Licenciado Montiel por el Doctor don Francisco Coronel, 6 000 pesos por el convento de la Santísima Trinidad de la ciudad de los Ángeles, 2 000 pesos de principal de una capellanía que fundó don Jacinto Jara y Oliver, 2 000 pesos de otra capellanía que sirve el Bachiller don Miguel de Acevedo y 4 500 pesos de Nuestra Señora de la Limpia Concepción de Cosamaloapan, cuyas cantidades importan 25 500 pesos que por dicha escritura parece a que se refiere; y de pedimento de dicho Francisco Lorenzo la registró en el libro del becerro de este oficio público.
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