BACHILLERES

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0033 · Stuk · 1707/03/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de ella, residente en esta villa de Córdoba; don Jerónimo Hernández, Gobernador actual del pueblo de San Jerónimo Sentla [Zentla] de esta jurisdicción; don Pedro Jiménez y don Andrés Jiménez, Alcaldes; Martín Jiménez y Diego Hernández, Regidores; Andrés Hernández, Alguacil Mayor; don Juan Jiménez y don Martín de Olmos, Gobernadores pasados de dicho pueblo; dijeron que tuvieron pleito ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, con el Capitán don Francisco de Torija Ortuño, Regidor Perpetuo de la ciudad de los Ángeles, dueño de haciendas de ganado menor y de labor, padre del citado don Sebastián de Torija, sobre el derecho a las tierras de la loma que llaman Mataluca [Matlaluca], que están a una legua poco más o menos del pueblo de San Jerónimo Zentla. Asimismo, señalaron que los señores de la Real Audiencia dieron sentencia y ampararon a los naturales sobre la propiedad de la loma en lo más inmediato a su pueblo, las 2 400 varas a 600 por cada viento, y las tierras que quedaron fuera de dichas medidas le tocaron al citado Francisco de Torija Ortuño. También informaron que el 25 de febrero del presente año el Bachiller don Lorenzo de Cabrera, Presbítero, medidor nombrado por el superior gobierno de esta Nueva España, midió las tierras en la loma de Mataluca [Matlaluca], por la parte más inmediata al referido pueblo de San Jerónimo Zentla y después de medidas las 600 varas por cada viento, señalando linderos, se les dio posesión a los naturales, quedando fuera de dichas medidas como tres cordeles de a 50 varas cada una y un ranchito de vacas de dichos naturales, los cuales pasaron a ser propiedad del Bachiller don Sebastián de Torija. Por lo que ahora, en esta presente fecha, los otorgantes han convenido y transigido en hacer una escritura de arrendamiento bajo las condiciones siguientes: Primeramente, el Bachiller don Sebastián de Torija concede plena facultad a los naturales para que entren en sus tierras, pasteen sus ganados mulares y caballares, como no sean vacunos y que no perjudiquen a sus ganados, así como a sus montes, cultivos de milpa, por cuya razón le han de pagar de arrendamiento 50 pesos en cada un año. Segundo, es condición de esta escritura que se han de obligar los naturales a construir la puente que llaman el paso del Cuarto, por donde conduce sus ganados y los de su padre, que siempre la tendrán permanente y en caso de caerse la han de aderezar y componer a su costo. Tercero, es condición que este arrendamiento y transacción ha de durar y permanecer en toda su vida o hasta que sucedan a otro poseedor. Finalmente, los citados gobernador, alcaldes y demás naturales de dicho pueblo de San Jerónimo Sentla [Zentla], habiendo visto y entendido esta escritura por José Márquez, intérprete, dijeron que la aceptaban y se obligaban a los demás naturales a pagar los 50 pesos en cada un año y a hacer la dicha puente.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0034 · Stuk · 1707/03/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que vende al Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, residente en esta villa, una negrita esclava nombrada Faustina de San José, criolla, que será de edad de ocho a nueve años poco más o menos. La vende por esclava cautiva en precio y cantidad de 200 pesos de oro común en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0035 · Stuk · 1707/03/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, dueño de diferentes sitios de tierras de ganado mayor en esta jurisdicción de la villa de Córdoba, que se le remataron en remate público por el Juez General de Bienes de Difuntos, otorga que da en arrendamiento a los naturales y común del pueblo de San Jerónimo de Sentla [Zentla] de esta jurisdicción, las tierras que llaman la loma de Matlaluca y paso del Cuarto, lugar donde se acaban las medidas, todo lo que comprende de dicha loma y paso. Las cuales arrienda con sus sabanas, montes, pastos, aguas, abrevaderos y potreros, para que pasten sus ganados mulares y caballares, las que fueren herradas de su hierro y no otras ni vacunos, por tiempo de tres años en precio y cantidad de 50 pesos cada uno.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0036 · Stuk · 1707/03/09
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición en este reino, vecino de la villa de Córdoba, dijo que por cuanto el 10 de febrero de este año presentó escrito ante el Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario en esta villa, donde pidió que Ignacia Díaz, vecina de ella, jurara y declarara que le debía 946 pesos y 3 reales y medio que le suplió para la fábrica de la casa de su morada. Y por auto proveído por el alcalde se mandó a declarar, por lo que en el mismo día la citada Ignacia Díaz hizo la declaración donde aceptó deber la cantidad mencionada pero no tenía para pagarle. Asimismo, el presente otorgante dijo que tomando en cuenta que la susodicha Ignacia Díaz es una pobre, cargada de hijos, que no tiene de que poderlos sustentar y que de venderle la dicha casa se le sigue mucho atraso, pérdida y menoscabo, pues está experimentado en otros que se han vendido casas por menos de lo que valen. Y porque de presente debe infinitas obligaciones a Gertrudis de Nares, hija legítima del Capitán José de Nares y de dicha Ignacia Díaz, mujer legítima de Patricio Betancur, por haberle asistido en sus enfermedades y en la de sus padres, por tanto, en aquella vía y forma otorga que hace donación a la dicha Gertrudis de Nares los dichos 946 pesos y tres reales y medio, para que los cobre de dicha Ignacia, su madre.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0100 · Stuk · 1707/07/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Amaro José Bocarando, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que desea poner una capellanía de misas rezadas, para que a su título se pueda ordenar el Bachiller Pablo José Bocarando y Espinosa, su hijo legítimo y de doña María de Espinosa de los Monteros y por su falta a los demás sus hijos que sucedieren. Y porque al presente se halla con 3 000 pesos de principal que tiene a censo redimible sobre la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza que posee don Hipólito del Castillo de Altra y doña Nicolasa del Monge y Mendoza, quienes la heredaron por muerte del Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza su padre difunto, los 2 000 pesos de ellos que le hizo cesión y traspaso el Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vecino de la ciudad de los Ángeles, los mismo que el susodicho tenía sobre las tierras de la citada hacienda a censo, de que el dicho Hipólito otorgó reconocimiento a su favor y se obligó a pagar sus réditos; y los 1 000 restantes que [roto] entregados del dicho Hipólito. Por otro parte, dijo que es su intención fundar la capellanía para que mediante ella se pase a ordenar el Bachiller Pablo José Bocarando, primer capellán que debe ser nombrado, por lo que poniendo en ejecución otorga que instituye la capellanía con la dote, número de misas, capellanes propietarios e interinos bajo las condiciones siguientes: Lo primero que dota la capellanía con el principal de 3 000 pesos los cuales lleva declarados. Nombra por primer capellán al Bachiller Pablo José Bocarando y Espinosa, su hijo legítimo, que se halla estudiando en la ciudad de los Ángeles, y por su falta nombra por tales capellanes propietarios a los demás sus hijos José Amaro, Juan Pedro Manuel y Luis de Bocarando, y en lugar de sus hijos a Manuel Bocarando, hijo legítimo de Bartolomé Bocarando y de doña María de Aguilar, y por falta de todos a sus parientes más cercanos. Nombra por capellán interino al Bachiller don Ignacio Carrillo, Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de esta villa, para que así éste como los propietarios de ella cada uno en su tiempo deben decir veinticinco misas rezadas por su alma, la de sus padres, abuelos, parientes y demás personas de su intención; y pide al ilustrísimo señor obispo de este obispado que fuere de la Puebla de los Ángeles, señor provisor y vicario general, haga en los dichos capellanes propietario e interinos colación y canónica institución de esta capellanía convirtiendo su principal y réditos en beneficios espirituales. Y como instituyente de esta capellanía el presente otorgante se nombra como primer patrono y por su fallecimiento lo ha de suceder su mujer María de Espinosa de los Monteros y por su fin y muerte sus hijos legítimos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0102 · Stuk · 1707/07/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Ambrosio Sarmiento de Figueroa, Presbítero, residente en esta villa de Córdoba, vecino de la ciudad de los Ángeles, Administrador de los Diezmos de la santa iglesia catedral en dicha ciudad y en esta villa, otorga poder general a Pablo [roto], vecino de esta villa, para que en nombre de la santa iglesia y representando su persona pida, demande y cobre judicialmente y extrajudicialmente de todas y cualquier persona las cantidades de maravedíes, semillas y otras cosas que se deban a la santa iglesia catedral, por razón de diezmos que se debieren durante el tiempo que sea administrador. Y también le otorga el poder para que tome cuentas a quien se las deba dar por razón de dicha administración, haciendo cargos y descargos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0111 · Stuk · 1707/07/28
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Benito Gómez Salguero, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Nicolás de Armenta, vecino de esta villa, una casa baja de cal y canto, cubierta de teja, que tiene en esta villa de Córdoba, en la calle que sale de la plaza Pública para el camino de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], se compone de una sala, cuarto en esquina y recámara, fabricada en 50 varas de solar de frente y 50 de fondo, que linda por el oriente con solar que fue de María de las Vírgenes y por el otro lado con solar de Pascuala de Espinosa calle en medio, por el norte con solar de Juan Vázquez y por el sur calle en medio con solar de los herederos de don Diego Dávila Barrientos; dicha casa es la misma que se le remató por ejecución que se siguió contra Juan Vázquez y su mujer Teresa de Cala, por cantidad de 1 400 pesos que debían a los herederos de Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco. La vende con el cargo de 500 pesos de principal que sobre ella están cargados a censo redimible de que es capellán el Bachiller don Pedro Rubio de Gaviria, en precio de 1 210 pesos, los 500 de dicho censo que se ha de obligar a pagar sus réditos y los 710 pesos que le ha pagado en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0113 · Stuk · 1707/07/29
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero, don Alonso López de Sagade Bugueiro, el Bachiller Juan López de Sagade Bugueiro, y don Tomás López de Sagade Bugueiro, hermanos, vecinos de esta villa de Córdoba, por lo que les toca como hijos y herederos del Capitán don Tomás López de Sagade y doña María de Brito Lomelín, dijeron que por fallecimiento de sus padres el escribano los declaró como hijos legítimos y herederos de los susodichos difuntos, asimismo sus albaceas, y como tales nombraron por valuadores y apreciadores de los bienes que quedaron de sus padres e hicieron inventario de la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San José, ubicada en esta jurisdicción, y de las casas. Y dichos otorgantes después de ver los avalúos lo aprobaron y reconocieron que por los muchos embarazos y dificultades, litigios, gastos que se deben seguir y para evitar problemas y conservar el mucho amor que se tienen, han convenido por lo que les toca, de dividir y partir entre sí los bienes, separando la parte de don Alonso López de Sagade Bugueiro, por haberlos recibido antes del fallecimiento de su madre, por lo que sólo se deben dividir y partir entre José, Juan y don Tomás, y poniéndolo en efecto otorgaron proceder a la división, participación, aplicación y adjudicación de ellos en la forma que se menciona en la presente escritura. El avalúo importó la cantidad de 38 963 pesos 1 tomín y 6 granos, de cuya cantidad los otorgantes se adjudicaron en propiedad y se obligaron a reconocer y pagar todos los censos y capellanía que están sobre la hacienda y a pagar los réditos a sus capellanes y censualistas. Asimismo, han concertado que los censos y capellanías que están cargados sobre la hacienda quedan a cargo del Bachiller don Juan López de Sagade, por lo que deberá pagar sus réditos en tanto no redima el principal. Por su parte, don José López de Sagade dijo que está convenido con Juan López de Sagade, el que la cantidad de los 8 110 pesos 1 tomín y 2 granos que le tocan de sus hijuelas paterna y materna queden sobre la mencionada hacienda a censo redimible a favor del susodicho, igualmente, declara que tiene recibidos de su hermano los corridos de la capellanía que está impuesta sobre la hacienda de 3 000 pesos de principal y por ellos 150 de réditos. Por otra parte, el Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, otorgó haber recibido de su hermano el Bachiller don José López de Sagade los 8 110 pesos 1 tomín y 2 granos, los cuales cargó y situó en la hacienda San José Suchiatl, cuya cantidad junto con los 3 000 más que tiene de capellanía sobre dicha hacienda a favor del dicho su hermano, se obliga el susodicho y don Tomás de Sagade, de mancomún acuerdo a pagar en cada un año los réditos que son 555 pesos; y se obligan y obligan a dicho José a que pueda visitar y visite la dicha hacienda y mandar hacer todo lo que fuere necesario. Por otra parte, es condición de esta escritura que quedan sobre la hacienda 9 400 pesos 3 reales y 4 granos que le cupieron a don Tomás de Sagade, para que juntos con los que le cupieron a don Juan de Sagade y su capellanía corran de compañía en la hacienda, y los otorgantes teniendo libro de cuenta y razón de los aprovechamientos de ella como de los gastos y censos que se pagan y de lo que quedare al fin de cada año, se ha de partir por mitad las ganancias, estando siempre el principal sobre la hacienda a favor de don Tomás de Sagade, y desde luego le otorga su poder al dicho Juan López de Sagade, para que en su nombre administre la parte que tiene en la hacienda nombrada San José. Y dicho Juan de Sagade se obligó a tener los 9 400 3 tomines y 4 granos, con la porción que le tocó en la cuenta de partición y su capellanía, sobre la hacienda de compañía con el citado Tomás López, y que la administrará bien, como asimismo otro de los gastos que se hagan en ella, censos y capellanías que se pagaran para que, al fin de cada año entre el susodicho y el citado don Tomás Sagade, se ajusten y liquiden las cuentas. Y el dicho don Juan de Sagade se dio por entregado de los 8 110 pesos y tomín y dos granos, que le tocó de sus legítimas paternas y materna, y 3 000 pesos que tiene de capellanía sobre la dicha hacienda, y asimismo los réditos que ha percibido y declaró no se le debe cosa alguna, de que se dio por entregado a su voluntad. Y todos los otorgantes cada uno por lo que les toca obligaron su persona y sus bienes.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0142 · Stuk · 1707/10/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller Diego García Calvo, Presbítero Domiciliario de esta obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto el Muy Reverendo Padre Predicador Fray Nicolás Enríquez, Guardián del convento de San Antonio de esta villa de religiosos Descalzos de San Francisco, de orden de su superior había conmutado tres sillas torneadas de madera guarnecidas de fondo carmesí, las cuales el otorgante rescató, dando al sujeto que las había tomado el precio que había exhibido por ellas, y por ser uno de los devotos del convento de San Antonio, y que desea el aumento del culto divino, otorga que hace a dicho convento gracia y donación de las tres sillas, reservando para él el dominio de ellas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0170 · Stuk · 1707/07/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro López, residente en esta villa de Córdoba, vecino del pueblo de Cosamaloapan, otorga que vende al Bachiller don Nicolás Ruiz, Presbítero, Vicario del pueblo de Santiago [roto] de esta jurisdicción, un negro esclavo nombrado Jacinto de la Rosa de edad de veinticinco años, el cual compró de José de Osorio, su hermano difunto. Lo vende en precio de 360 pesos.

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