El Bachiller don Manuel de Prado, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, otorga poder especial a Francisco Estévez, mercader y vecino de esta dicha villa, para que representando su persona parezca ante el juez de testamentos, capellanías y obras pías de este obispado, y pida se declare por capellán interino, en virtud del nombramiento que hizo Diego de Palma en la escritura de imposición de una capellanía de misas rezadas, con la dote de 2 000 pesos de principal, por su alma y la de doña Teresa de Jáuregui, su mujer difunta.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOBACHILLERES
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El Bachiller don Ambrosio Sarmiento de Figueroa, Presbítero, Colector de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, recaudador del derecho de los diezmos del pueblo de Orizaba y esta villa, otorga haber recibido de Juan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa, 104 pesos y 2 reales de oro común en reales, los mismos que se obligó a pagar a la citada santa iglesia y a sus jueces hacedores por razón de diezmos que debía de los años pasados de 1702 y 1703, en fecha 20 de marzo del presente año. De cuya cantidad se dio por entregado, otorgó carta de pago y dio por cancelada la citada escritura.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REALEl Bachiller don Lorenzo de Cabrera, Presbítero, residente en esta villa de Córdoba, en nombre del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vecino de Tepeaca, otorga que vende a don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa, 3 caballerías de tierra que linda por la parte del norte con el camino Real que va a las puentes; por la parte del sur con el arroyo de Pedrogoso [Pedregoso]; por la parte del oriente con tierras de don [roto] Cruzado, Provincial de la Santa Hermandad y Regidor Perpetuo de la Nueva ciudad de la Veracruz; por el poniente con tierras del dicho comprador. Las vende por precio de 300 pesos de oro común en reales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don José de Arrucha, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, residente en este dicho pueblo, otorga poder especial a don Juan Carrión y Barrios, vecino de dicha ciudad, para que parezca ante los señores venerables deán y cabildo de la santa iglesia catedral de la citada ciudad, y ante su provisor y vicario general u otro cualquiera señores jueces que convenga, y en nombre del otorgante represente el derecho que tiene a la capellanía que ocupa por muerte del Licenciado Bernabé Díaz, en donde es llamado como pariente más cercano de los fundadores, cuyo principal es de 4 000 pesos, y para ello presente testigos, escritos, papeles y otros recaudos hasta conseguir se le declare por capellán.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco de Ariza Cruzado, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, residente en la jurisdicción de esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Capitán Juan Domínguez de Vargas, vecino de la dicha ciudad, en virtud de su poder y de él usando, otorga que vende a los herederos del Capitán don Francisco Cruzado, Provincial de la Santa Hermandad, Capitán que fue contra cimarrones y Regidor Perpetuo que fue de la citada ciudad; un negro esclavo, del dicho su parte, nombrado Francisco casta Mandinga, que será de treinta y seis años, que es el mismo que hubo y compró del Bachiller don Gregorio José Carenzo, Presbítero. Lo vende en precio de 200 pesos de oro común, los cuales tiene recibido.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, otorga que promete y se obliga de no jugar juegos de naipes ni dados de cualquier género que sea, excepto cinqueño, renegado y chamberga, porque estos sólo han de ser los que ha de jugar durante los días de su vida; para lo cual se impone pena convencional de 1 000 pesos que aplica por mitad para misas de las Benditas Ánimas del Purgatorio y la otra mitad para el denunciador.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOMarcos Zacarías, vecino de esta villa de Córdoba, natural del pueblo de Sacapuastla [Zacapoaxtla], hijo legítimo de Juan Zacarías y Nicolasa de Peralta, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se den dos libras de cera a Jesús el del Señor San José que está en la ciudad de los Ángeles. Ítem manda al Santuario de Nuestra Señora de Cosamaloapan otras dos libras de cera de que tiene hecha manda. Es su voluntad que sus albaceas saquen de sus bienes 20 pesos y se repartan entre las viudas pobres de esta villa. Declara debe: al cura del pueblo de San Pedro Ixhuatlán 48 pesos de diezmo del año pasado, asimismo el diezmo que se cause de este año; al Bachiller don Juan, capellán de la capilla del Capitán don Juan Gómez Dávila, 200 pesos de dos años de administración [roto]; a Juan Esteban 192 pesos; a don Manuel de Aguilar Osorio, vecino de la ciudad de Tlaxcala, 600 pesos; a la cofradía del Santo Christo [Cristo] de esta villa; a Francisco de Rocha, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], 150 pesos; a Francisco Porrúa y Peña, vecino del pueblo de San Juan, 30 pesos; a Lucas de Gorrostola 15 pesos. Ítem declara le adeudan: Juan de Piña 200 pesos; Antonio de Pedraza 30 pesos; Antonio Martín 68 pesos; Felipe Martín, su hijo, vecino de San Juan, 53 pesos; Miguel Blanco 21 pesos; Alonso Galván, vecino de esta villa, 60 pesos; doña María de Salas, vecina de la ciudad de los Ángeles, 56 pesos; don Juan Gómez Dávila 39 pesos; y Francisco Lorenzo 3 cargas de azúcar a razón de 18 reales arroba. Ítem declara que, en poder de Diego Jerónimo Leal, vecino de la ciudad de la Veracruz, paran 10 cargas de azúcar con 132 arrobas y 12 libras netas, manda se le cobre su líquido. Ítem declara que habrá tiempo de dieciocho años que contrajo matrimonio con Josefa de la Encarnación, difunta, durante el cual tuvieron por hijos legítimos a Gertrudis de la Encarnación que será de catorce años, a Francisco Zacarías de doce años; asimismo, declara que pasó a segundas nupcias con María Francisca Enríquez de Lara con quien procreó una hija nombrada María Antonia, de edad de cuatro años. Ítem declara por sus bienes una hacienda del beneficio de hacer azúcar y todo lo que le pertenece, sobre dicha hacienda están cargados 2 000 pesos a favor del Licenciado José de Barros. Y para cumplir y pagar este testamento nombra por sus bienes a don Juan Gómez Dávila, don Lope Antonio de Iribas y a María Francisca Enríquez de Lara, y por tenedor de sus bienes al citado Lope Antonio de Iribas. Finalmente, nombra como universales herederos a sus tres hijos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa, albacea testamentario y tenedor de bienes de doña María de León, difunta, viuda que fue del Capitán Francisco de Brito Lomelín, dijo que usando el cargo de albacea otorga poder especial al Bachiller José López de Sagade Bugueiro, Presbítero, su hermano, otro albacea de la dicha difunta, para que en su nombre pida y tome cuentas a las personas que las deban dar; y para que pida y descubra cualquier bien que haya quedado de la citada difunta.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Ambrosio Sarmiento de Figueroa, Presbítero, residente en esta villa de Córdoba, Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de ella, dijo que por cuanto tiene por esclavo cautivo un mulato nombrado Matías que será de edad de cuarenta y cinco años, criollo, el cual hubo y compró de don Pedro Pérez de Vargas, vecino de dicha ciudad; y porque al presente desea hacer donación de dicho esclavo al convento de religiosos del Señor San Antonio de esta villa, por tanto, otorga que hace gracia y donación de dicho mulato al citado convento del Señor San Antonio de esta villa y en su nombre al Reverendo Padre Fray Nicolás Enríquez, Guardián actual del convento.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODoña Juana Rodríguez Romano, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Benito Rendón, difunto, su albacea testamentaria y heredera, nombrada por tal en el poder para testar que otorgaron el uno al otro, dijo que por una de las cláusulas de dicho poder para testar el citado su marido ordena y manda que era su voluntad que después de fallecido se impusiera una capellanía de sus bienes y memoria perpetua para que todos los días de fiesta y domingos de cada año se diga la misa de once en la iglesia parroquial de esta villa, que para ello se sacaran de sus bienes 3 000 pesos para imponer a censo redimible de principal en finca segura y con sus réditos se digan las misas. Asimismo, le comunicó el susodicho difunto que era su voluntad que la capellanía fuere de 4 000 pesos, los 3 000 dejaba señalados por dicho poder para testar y los 1 000 pesos que había de aumentar de sus bienes. También dijo que el principal se pretende fundar y cargar sobre dos casas bajas de piedra y madera con valor de 2 305 pesos y 5 reales; también sobre la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Señor Santiago y Señor San Miguel, con todo lo que le pertenece, y una casa de piedra y madera de que es dueño don Miguel Valero Grajeda, por 2 000 pesos que el susodicho quedó debiendo a Benito Rendón. Por lo cual y en virtud de dicha cláusula, otorga que instituye y funda la capellanía con la dote de misas, capellanes propietarios e interinos, patronos y con las cláusulas y condiciones siguientes: Lo primero, dota la capellanía con el principal de 4 000 pesos, que aplica en el valor de 2 000 de las dos casas referidas y los otros 2 000 pesos sobre la hacienda Señor Santiago y Señor San Miguel y la casa de don Miguel Valero Grajeda. Nombra por primer capellán propietario de la capellanía a Juan de Soto Noguera, que será de edad diez años, hijo legítimo del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera y Tomasa Rodríguez Romano, su hermana, difuntos, dicho su sobrino se ha criado en casa de don Luis Martínez de Figueroa; por segundo capellán nombra a José Francisco de Zúñiga [roto], hijo legítimo de Domingo Zúñiga, difunto, y de Inés Valladares; y en tercero a José de Figueroa, hijo legítimo de don Luis Martínez de Figueroa y de Gertrudis de Soto Noguera, su sobrina. Se autonombra como primera patrona de la dicha capellanía y para después de sus días nombra por patrón a José Rodríguez Romano, su hermano, y por fallecimiento a Pedro Rodríguez Romano, asimismo su hermano. Y usando de su facultad nombra por capellán interino de esta capellanía al Bachiller don Manuel de Prado, Presbítero, Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, para que diga las misas y lleve la renta de los 200 pesos que le corresponden, a razón de 22 reales cada una de dichas misas que ha de decir el dicho capellán interino. Por último, dijo que es su voluntad y también fue la de su marido, que su principal dote no se pueda convertir en otra obra pía.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO