Don Antonio de Leiva Esparragosa, Capitán de la Compañía Española de Milicias de esta villa de Córdoba, vecino de ella, dueño del trapiche del beneficio de [roto] nombrado San Joseph [José] ubicado en la jurisdicción de esta villa, otorga poder especial al Bachiller don Juan Conte [roto] Presbítero, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que representando su persona pueda buscar a su crédito la cantidad de 3 000 pesos de la persona o personas que se los quieran dar, cargándolos sobre su hacienda, obligándolo a pagar sus réditos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOBACHILLERES
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Doña María de Brito Lomelín, viuda, vecina de esta villa de Córdoba, natural de ella, hija legítima de Salvador de Brito Lomelín y de doña María Andrea Rodríguez de Ortigosa, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda 2 pesos de limosna a cada una de las 8 cofradías que están en la parroquia de esta villa, el Santísimo Sacramento, Nuestra Señora de la Soledad, la Sangre de [roto] Rosario, Jesús Nazareno, Señor San José, la Pura y Limpia Concepción, las Benditas Ánimas del Purgatorio y San Juan Tetitlán de las Casillas. Asimismo, manda se saquen de sus bienes 200 pesos y de ellos se den 100 pesos a María de Brito y los otros 100 a Isabel de Brito Lomelín, hijas de Diego de Brito Lomelín, difunto. De igual forma se saquen de sus bienes otros 200 pesos y se le den 100 a Catalina de Pino y 100 a Antonia Gutiérrez, niña doncella, hija del Alférez Juan Gutiérrez. Dijo que habrá tiempo de cuarenta años que contrajo matrimonio con el Capitán Tomás López de Sagade, difunto, del que fue albacea, durante su matrimonio tuvieron por hijos legítimos al Alférez don José López de Sagade Bugueiro, Clérigo Presbítero, a don Alonso, don Tomás y don Juan López de Sagade, asimismo Presbíteros. Declara por sus bienes dos casas de cal y canto. Ítem, declara que fundó una capellanía de misas rezadas de 3 000 pesos de principal sobre un trapiche nombrado San José, que al presente posee su hijo el Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, y nombró por primer capellán al susodicho, como asimismo se nombró como patrona de ella. Nombra albaceas testamentarios al Bachiller don José López de Sagade, Alonso, don Tomás y a Juan López de Sagade Bugueiro, sus hijos, y sólo por tenedor a Juan López de Sagade. Y en el remanente que quedare de todos sus bienes instituye y nombra por únicos y universales herederos a sus hijos legítimos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Clérigo Presbítero; los Capitanes don Manuel Gómez Dávila y don Alonso López de Sagade Bugueiro, Alcaldes Ordinario de esta villa de Córdoba; don Gaspar Caballero de Carvajal, Alguacil Mayor [del Tribunal] de la Inquisición en este reino; y don Francisco de Aguilar, Regidores por Su Majestad; don Pedro López del Castrillo, Juan de Espinosa, don Nicolás Rodríguez Dávila, don Francisco de Meza y Mendoza, Antonio Sebastián Pérez Padrón, Juan Álvarez de Rivera, Diego de Altamirano, Domingo Merodio y Francisco Rodríguez, todos vecinos de esta villa y dueños de trapiche del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; otorgan que dan su poder general a don José López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa, residente en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en sus nombres acabe por todas las instancias, vías y sentencias el pleito que tienen apelado del Tribunal y Juzgado de la Episcopal de este obispado de la Puebla. Asimismo, se lo otorga para que se presente ante el señor arzobispo y su provisor y vicario general de la metrópoli de la ciudad de México, ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España o ante el virrey; donde haga pedimentos, requerimientos, memoriales, suplicas, presente escritos y otros recaudo que pida y saque de cuyo poder están, para que se revoque la sentencia dada contra ellos por los señores venerables, deán y cabildo en sede vacante de dicha ciudad de los Ángeles. Finalmente, se lo otorgan para que pida testimonios y declaraciones, que en su virtud resultaren, y conseguido que sea el dicho pleito [y se declare] no deber pagar el reconocimiento de los 25 pesos en cada un año, les remita testimonio de la sentencia a su favor.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Miguel García de Monzaval, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, residente en esta villa, otorga poder especial a don Fausto Antonio de Cicero, vecino de la ciudad y puerto de San Francisco Campeche, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de ella, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre, judicial y extrajudicialmente del Bachiller don Manuel Zumbao de Rivera, vecino de dicha ciudad, la cantidad de 613 pesos procedidos de una memoria de medicinas de botica que le remitió en la fragata de don Diego Pérez de la Garma.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, y don Tomás López de Sagade Bugueiro, vecinos que son de esta villa de Córdoba, otorgan que se obligan de dar y pagar a doña Inés María de Serrano y Perea, viuda del Pagador don Juan de Buendía, Alcalde Mayor que fue de esta villa, difunto, 4 236 pesos y 4 reales de oro común que les ha prestado, los mismos que cupieron a la susodicha y a sus hijos menores en la hijuela de partición que se hizo de los bienes del difunto. Dicha cantidad la pagarán dentro de dos años, para cuyo cumplimiento hipotecan la parte que cada uno tiene en la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Joseph [José Suchiatl] en esta jurisdicción.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller Ambrosio Sarmiento de Figueroa, Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles, residente en esta villa de Córdoba, Domiciliario de dicho obispado, otorga poder general al Licenciado don Custodio Blasco, Presbítero Domiciliario del arzobispado de la ciudad de México, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre judicial y extrajudicialmente de todas y cualesquier persona las cantidades que le adeuden y debieren, asimismo, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas, negocios civiles y criminales que tiene al día de hoy y tuviera en adelante con cualquier persona; también, le da poder para que pueda administrar todos y cualquiera de sus bienes.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba, vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que por cuanto tiene por propio 2 000 pesos de principal y por ellos 5 por ciento de réditos en cada un año sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza de la que es dueño don Hipólito del Castillo de Altra, quien la heredó de don Gaspar del Monge y Mendoza, su suegro, y la hubo de los bienes y herederos del Bachiller don Juan González Bello, Clérigo Presbítero; dichas tierras se componen de un sitio de ganado menor que hubo y compró el citado Juan González Bello de Luis de Arévalo, apoderado de don Gaspar Carlos de Rivadeneira, el 20 de junio de 1687, en cantidad de 2 500 pesos, los 500 de contado y los 2 000 de dicho censo de los que se le han pagado réditos por el dicho don Hipólito del Castillo de Altra. Y al presente don Gaspar Carlos de Rivadeneira otorga que hace cesión y traspaso de dicho censo en el Capitán don Amaro José Bocarando, vecino de esta villa de Córdoba, para que desde el día primero de enero de 1707 goce de dicha cantidad y de sus réditos, asimismo, confiesa haber recibido del susodicho la citada cantidad.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Francisco de Meza y Mendoza, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la ciudad de Tehuacán, hijo legítimo de Francisco de Meza y Mendoza y de doña María Solano de Mendoza, difuntos, dijo que por cuanto la gravedad su enfermedad no le permite hacer su testamento, por lo cual las cosas tocantes al descargo de su conciencia las tiene comunicadas y está comunicando con el Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, don Francisco de Meza y don Juan Manuel de Meza y Mendoza, sus hijos legítimos; por tanto, otorga que les da poder a los citados sus hijos para que cuando haya fallecido hagan y ordenen su testamento. Declara que fue casado con doña Ana de la Plaza y Moral, difunta, durante el cual procrearon por sus hijos legítimos a Ana de Meza que está casada con [roto] Bistrain; a doña Inés de Meza [y Moral] Bartolomé Soriano Correa, a Francisco de Meza y Mendoza, a Juan Manuel de Meza y Mendoza, al Bachiller Andrés de Meza [y Mendoza] y doña Josefa de Meza. Ítem declara que le tiene entregado a don Francisco de Meza, su hijo, una hacienda de labor nombrada La Nopalera que posee en la jurisdicción de Tehuacán, con cargo y obligación que deberá pagar un censo de 1 100 pesos. Ítem declara que compró un sitio de tierra en el [roto] de la Punta en donde está fundando una hacienda de trapiche, el cual compró para su hijo Juan Manuel. Para cumplir y pagar este testamento nombra por sus albaceas a don Francisco, Juan Manuel y don Andrés, sus hijos, y a don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa. Por último, nombra herederos a doña Ana, doña Inés, don Francisco, don Juan Manuel, Bachiller don Andrés, doña María y doña Josefa, sus hijos legítimos.
JUAN DE ESPINOSA, ESCRIBANO PÚBLICOEl Bachiller don José Mayorga Cervantes, Presbítero, Notario Público del Juzgado Eclesiástico en esta villa, en voz y en nombre del Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de ella, en virtud de su poder que le otorgó para cobrar las cantidades de pesos que se le quedaron debiendo al Regidor don José de Leiva, su padre, como su albacea y heredero, y usando de él otorga haber recibido del Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, 529 pesos y cuatro reales, los 329 pesos y cuatro reales de contado y los 200 restantes que antes tenía recibido el Capitán José de Leiva Esparragosa, hermano del dicho su parte.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Sargento Antonio de Villavicencio, vecino de esta villa, declara que los Bachilleres José López de Sagade Bugueiro, Presbítero, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición en este reino y el Presbítero don Juan López de Sagade Bugueiro, así como también don Tomás López de Sagade Bugueiro, hijos y herederos del Capitán don Tomás López de Sagade y de doña María de Brito [Lomelín], difuntos, lo nombraron contador para la cuenta de división y participación entre los citados herederos de los bienes que quedaron por fin y muerte de sus padres. También declara que la cuenta de participación, en virtud de los avalúos de los bienes, se componen de una hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción nombrada Señor San Joseph [José] y una casa de piedra y madera, de la cual tiene hecho el avalúo y cuerpo de bienes, asimismo, tiene rebajados los débitos que debían los difuntos, quedando de quinto líquido la cantidad de 3 150 pesos y 4 reales, igualmente, dijo que de esa suma se deben rebajar 3 000 pesos de una capellanía que impuso la difunta, por lo que sólo quedan 150 pesos y 4 reales para el funeral y misas que mandó una de las cláusulas del testamento de la difunta. Por otra parte, declara que le consta que el Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, como albacea de la dicha su madre, suplió 299 pesos y 4 reales de su caudal como aparece de recibo y así lo juró en forma de ser cierto y verdadero.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO