El Bachiller don Juan Crisóstomo de Aranda, Presbítero, vecino de la villa de Córdoba, dijo tiene por su esclava cautiva sujeta a servidumbre a una mulata, que será de edad cuarenta y tres años, nombrada Teodora, natural de la ciudad de Los Ángeles, misma que compró de José Alejo del Río, Escribano de Su Majestad y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz. La cual por el mucho amor, cariño y voluntad que le tiene a Juan Bernardo Morera de Silva, su ahijado, hijo de Juan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad Público y de Cabildo de esta villa, y de doña María Francisca de Leiva y Esparragosa, le hace donación pura e irrevocable, para que desde hoy día de la fecha la goce y posea por suya propia y disponga de ella a su voluntad.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOBACHILLERES
1220 Descripción archivística resultados para BACHILLERES
Don Miguel García de Monzaval, maestro del arte de boticario y vecino de esta villa de Córdoba, vende a José Martín, vecino de esta villa, medio solar de tierra ubicado en esta villa, en la calle que sale de la plaza Pública para el pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec] de esta jurisdicción, de 25 varas de frente y 50 de fondo; que por una parte linda con casa y solar de su morada y hace frente, calle en medio, con solar de Miguel González; por el fondo con la calle del Calvario y por la parte del norte con solar de Alejo José. Dicho medio solar junto con otro medio y una casa de piedra hubo y compró del Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero, vecino de esta villa. Lo vende con sus entradas, salidas, usos y costumbres, libre de deuda, empeño, hipoteca u otra enajenación, y que estaba hipotecado a un censo a favor del Bachiller Andrés de Meza, y con su consentimiento se ha hecho esta venta por convertirse su efecto y producto en aumento de la posesión de casa que está labrando, donde ha de quedar dicho censo. Lo vende en precio de 75 pesos de oro común en reales que le ha pagado de contado, estando presente dicho Bachiller, otorgó haber consentido en ella que su producto se convierta en la casa que está fabricando el vendedor y donde queda cargado el censo por ser valioso y valer más dicha casa de dicho censo.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODoña Antonia Clara de Rivadeneira, vecina de esta villa de Córdoba, mujer del Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, residente en la ciudad de la Puebla de Los Ángeles, otorga poder para que en nombre y en representación su persona imponga una capellanía de 3 000 pesos de principal en la finca que le pareciere, para que con el título de ella se pueda ordenar el Bachiller don Gaspar López de Sagade Bugueiro, su hijo, que se encuentra cursando estudios en la citada ciudad.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALEl Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Subprocurador de Propios y Rentas por ausencia del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, Procurador Mayor del Ilustre Cabildo de esta villa, a nombre propio y por el interés del cabildo, otorga arrendamiento al Teniente de Caballería Esteban de Naval y Pintos, vecino de esta villa, un pedazo de tierra que no es caballería cabal, de las pertenecientes de los propios de esta villa; la cual está ubicada en el paraje que llaman “El Palotal” que han poseído Pedro “el Chino” y José Bonifacio, que linda por la parte del norte con un arroyo que viene desde el camino que va a Toxpan y pasa dicho arroyo por junto al rancho del Bachiller Pedro Franco de Guzmán; y por la parte del sur con tierras de Domingo Hernández y José Pascual de Canoas Pérez. El arrendamiento se hace por tiempo de nueve años y por precio de 12 pesos y 4 reales que ha de pagar anuales, aunque no es caballería cabal se ha convenido el teniente a recibirla, y empieza correr desde hoy día de la fecha en adelante.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALJuan Hidalgo Infante, vecino de esta villa de Córdoba, dijo junto con su mujer doña Antonia de Negreros, difunta, otorgaron escritura de obligación por cantidad de 2 100 pesos a favor del Capitán don Diego Salgado, difunto, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, por escritura hecha en el pueblo de Acasingo [Acatzingo] el 30 de julio de 1690; y habiéndose cumplido los plazos de dicha escritura, nunca pudo pagarlos por las quiebras y pérdidas que ha tenido. Asimismo, dijo que en el años de 1712 el Bachiller don Pedro Miguel Salgado, como apoderado de doña María Teresa de Luque, su madre, le requirió la paga de dicha deuda, y por entonces le dio a cuenta 150 pesos de lo cual le dio escritura; y el día de hoy dicho bachiller presentó escrito y dicha escritura ante la Real Justicia de esta villa, pidiendo que sin dilación se le pague a su madre la cantidad de 1 950 pesos, resto de los 2 100 pesos, por tal motivo se le embargaron sus bienes poniéndolos en depósito. Pero interponiéndose personas de autoridad, deseosas de redimir su vejación la han ajustado, por lo cual otorga que debe y se obliga de pagar 1 950 pesos de la referida escritura, que debe a los bienes del Capitán don Diego Salgado, y se transfieren para pagar las dependencias causadas por el susodicho y por el Licenciado don Pedro Miguel Salgado, en virtud del poder general que tiene de la dicha su madre, y del Capitán don Juan Antonio Salgado, su hijo difunto, para las pagas de las deudas siguientes: al Capitán don Gaspar Rendón 377 pesos, al Capitán Juan de Aquesolo 580 pesos, a don Francisco Santos 190 pesos, estas partidas son deudas ocasionadas por el Capitán Diego Salgado y por don Juan Antonio Salgado, su hijo difunto. Agregadas a éstas, otras doce partidas que se mencionan en esta escritura y que son deudas personales del Licenciado don Pedro Miguel Salgado y que juntas suman 1 885 pesos. Y por cuenta de dichas cantidades se obliga a pagar cada año 200 pesos en reales de oro común, que empezarán a contar de la fecha de esta escritura en adelante hasta tener pagada su totalidad, dicha cantidad anual se le pagará a don Gaspar Rendón para que los reparta entre los acreedores, y los 65 pesos restantes al cumplimiento a los 1 950 pesos de esta escritura se agregarán y adjudicarán a la dependencia de don Gaspar Rendón para que los cobre por cuenta que tiene con el Licenciado don Pedro Miguel Salgado.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, hijo de doña Catalina de Esparragosa, vecina que fue de esta villa, otorga poder general al Bachiller don Miguel de Abrio, Clérigo de menores órdenes, residente en esta villa y vecino de la ciudad de los Ángeles, para que en nombre y en representación de su persona como albacea que es de su madre, siga, prosiga fenezca y acabe por todas instancias, vías y sentencias el juicio divisorio de los bienes que quedaron por la muerte de su madre. Asimismo, demande y cobre judicial o extrajudicialmente del Bachiller don José Mayorga [Cervantes], Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles, y de quien su derecho pueda y deba 1 000 pesos de que le hizo obligación “en confianza”.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALEl Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y Vicario de la parcialidad del pueblo de Santiago Guatusco [Huatusco] de la doctrina de esta villa de Córdoba, dijo que como hijo de don Gregorio García de Zepeda y de doña Agustina Ladrón de Guevara, tiene como hermana a Isabel García de Zepeda, quien se halla en ánimo de tomar estado de religiosa y deseoso de que lo consiga y que por falta de dote no deje de lograr tan buen empleo, ha resuelto renunciar en la susodicha la parte hereditaria que le corresponde por muerte de sus padres, para que la utilice para el fin del estado que pretende y de no conseguirlo se entienda dicha renuncia por iguales partes entre la susodicha doña Micaela y doña María García de Zepeda, asimismo sus hermanas.
El Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, en voz y en nombre del Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, y en virtud del poder general que le otorgaron para sus pleitos, causas, negocios y arrendar sus propios; y también como subdelegado del Señor Licenciado don Francisco Valenzuela Venegas, del Orden de Santiago del Consejo de Su Majestad, su Oidor más antiguo de la Real Audiencia de esta Nueva España, y Juez Privativo de composiciones, ventas e indultos de tierras en este reino; dijo que por cuanto desde hace muchos años el Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, difunto, vecino que fue de esta villa, dueño de trapiche en esta jurisdicción y uno de sus republicanos, sacó de sus pesos y gastó en pleitos para la defensa de esta villa, y habiendo fallecido éste, su hijo el Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, también ha hecho lo mismo en defensa de esta villa, digno de remuneración. Por lo cual, otorga en arrendamiento al Bachiller Andrés de Meza de Mendoza, vecino de esta villa, los montes que llaman de los propios de Sacatepec [Zacatepec], cuyas tierras se arriendan al obligado del abasto de esta villa, los cuales reservó en sí el Ilustre Cabildo de esta villa en los remates que se han hecho, para podérselos arrendar a dicho bachiller. Se los arrienda por tiempo de nueve años que empiezan a contarse desde hoy día de la fecha en adelante, por precio 33 pesos 2 reales y medio anuales que importan un total de 300 pesos, cuya cantidad tiene recibidos de contado y otorga recibo en forma, con los cuales hará oblación al señor juez privativo por razón de donativo para el Rey y Señor Natural, que había prometido el cabildo para ayuda de sus continuas guerras. Las arrienda con sus entradas, salidas, usos, costumbres, derechos y servidumbres con las calidades y condiciones que se mencionan en esta escritura.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALDon Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa de Córdoba, y doña Josefa María del Castillo de Altra, su esposa, con licencia del susodicho, ambos en mancomún; dijeron que el Bachiller don José Valero Grajeda, Presbítero de este obispado y vecino de la ciudad de los Ángeles, en nombre de don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa y en el suyo, y el Doctor don José Valero Grajeda, Cura Beneficiado que fue de esta villa, en nombre del Alférez don Miguel Valero Grajeda; y en virtud de sus poderes comparecieron ante los señores inquisidores e impetraron el que de las cajas del Real Fisco se les diesen a sus partes la cantidad de 10 000 pesos sobre las haciendas y trapiches del beneficio de hacer azúcar que tienen en esta jurisdicción, que estaban avaluadas en grandes cantidades y solo con gravamen de 6 000 pesos; de cuya cantidad solicitada los señores inquisidores determinaron dar 14 000 pesos a censo redimible. Por lo cual, don Francisco Pibot y doña Josefa del Castillo, como principales, reconocen sobre la hacienda nombrada San Juan, San Joseph [José] y tierras de Santa Theresa [Teresa], que les vendió don Juan Valero, con todo lo que le pertenece; y sus fiadores don Diego de Altamirano, Juan Álvarez de Rivera y don Amaro José Bocarando sobre sus haciendas y rentas y las de don Hipólito del Castillo de Altra y sobre las casas de cal, canto y arena que tiene los principales en esta villa, la cantidad de 14 000 pesos de principal, reconociendo como dueño de dicha cantidad al Real Fisco del Santo Oficio de la Inquisición de esta Nueva España. Cuya paga harán los principales y por su defecto los fiadores, obligándose a que, dentro de cuatro años, que corren desde el día primero de enero del presente año, han de redimir de principal de 14 000 pesos. Para seguridad de esta paga, los principales y fiadores hacen hipoteca especial de la hacienda nombrada San Juan y San Joseph [hacienda San José y San Juan Bautista] y territorio de Santa Theresa [Teresa] que se les fue vendida por don Juan Valero; la casa de cal y canto de doña Josefa María del Castillo de Altra, que tienen en esta villa de Córdoba; la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Saragosa [Zaragoza] en esta jurisdicción, perteneciente a don Hipólito del Castillo de Altra; y otra perteneciente a don Diego de Altamirano, nombrada Señor San Joseph [José]; y doña Josefa María del Catillo, señala su casa principal, baja, de piedra y madera, en la plaza Pública dicha villa, hipotecadas al principal y réditos, ínterin y hasta tanto que esté cubierto y pagado, no han de poder vender, donar, trocar, cambiar ni en manera alguna enajenar
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALEl Bachiller don Juan de Escalona Matamoros, Cura interino de esta villa de Córdoba, Vicario y Juez Eclesiástico en ella, otorga poder general al Bachiller don Juan Crisóstomo de Aranda, Presbítero, vecino de esta villa y Vicario en ella, para que en nombre y en representación de su persona cobre judicial y extrajudicialmente del Capitán don Juan Gómez Dávila 85 pesos, de don Manuel de Meza 13 pesos y 4 reales, de don Antonio de Leiva Esparragosa 49 pesos y 4 reales, de don Mateo de Garay 206 pesos y 7 reales, Alférez don José Gómez Dávila 27 pesos, del Licenciado don José Gutiérrez 73 pesos y 4 reales, de don Juan del Castillo de Altra 74 pesos y 4 reales, y de quien con derecho deba la cantidad que cada uno de los antes mencionados le debe procedidos de reconocimiento de sus haciendas y obvenciones de un año. Por lo que recibiere entregue carta de pago y demás instrumentos que le sean pedidos, en caso necesario, parezca en juicio y haga pedimentos, requerimientos, protestaciones, ofrezca y gane fianzas, oiga autos, que para lo dependiente se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL