Diego de Rojas e Isabel Álvarez de la Oliva, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan que fundan una capellanía que sirva a la Divina Majestad de Dios Nuestro Señor y al aumento de su divino culto, con la dote, número de [misas], capellanes, propietarios e interinos, patronos y con las calidades y condiciones siguientes: Dotan la capellanía con 2 000 pesos de oro común que sitúan en el valor de la casa de su morada, ubicada en la calle que sale de la plaza Pública de esta villa para el río, en esquina; la cual linda por el sur con casa del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís; por el poniente con la del Capitán don Hipólito del Castillo de Altra; por el norte, calle en medio, con casa del Cabo de Escuadra Miguel de Salcedo y solar del Sargento Miguel Díaz de Aguilar; por el oriente, calle en medio, con casa del Bachiller don José López de Sagade Bugueiro. Se obligan a pagar al capellán 200 pesos de rédito anual por los 2 000 pesos que sitúan y cargan a censo redimible sobre dicha casa, cuya paga harán por tercios cada cuatro meses. Nombran capellán propietario a Manuel Rodríguez de Aguilar, de más de treinta años de edad, quien se halla estudiando en la ciudad de los Ángeles, para que a su título pueda ordenarse ascendiendo al sacro presbiterato. Nombran por capellán interino al Bachiller don José Mayorga Cervantes, Presbítero Domiciliario de este obispado. Dichos capellanes tienen la obligación de decir una misa rezada todos los domingos y días de fiesta a las ocho de la mañana en la iglesia parroquial de esta villa por las almas de los fundadores. Asimismo, se nombran ellos mismos primero patronos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOBACHILLERES
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El Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, como principal; y los capitanes don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, y don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa y dueño de hacienda de beneficiar azúcar en esta jurisdicción, como sus fiadores y principales pagadores; dijeron que don Nicolás Ruiz Buencuchillo fue nombrado por doña Gertrudis Jaimes Navarro, su hermana difunta, mujer que fue del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, también difunto, como su albacea testamentario fideicomisario, tenedor de sus bienes, tutor y curador ad bona de las persona y bienes de don Antonio, doña Nicolasa y doña María Teresa de Carvajal, sus hijos menores, como consta en el testamento nuncupativo que otorgó en la hacienda de hacer azúcar nombrada Santa Teresa, de la que es dueño don Juan Gómez Dávila, a los 16 de noviembre de 1708. Como tal albacea, dijo que procedió a hacer los inventarios y avalúos de los bienes que quedaron por la muerte de la susodicha, importando 3 360 pesos un real, entre los que se encuentra un rancho nombrado San Antonio, en esta jurisdicción. Y en vista de haber sido ratificado en dicho cargo por auto del juez, otorgan se obligan a pagar a don Antonio, doña Nicolasa y doña María Teresa de Carvajal la cantidad de pesos que le toca a cada uno en la hijuela de partición de bienes que quedaron por muerte de su madre, más los réditos del 5 por ciento anual, luego que tengan edad competente.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, vende al Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, un esclavo negro nombrado Diego Quesada, criollo de treinta y ocho años de edad más o menos, el mismo que hubo y compró del Licenciado Nicolás de Villaseñor y Villegas, Presbítero vecino de la ciudad de México. Lo vende en precio de [300] pesos de oro común en reales de contado.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Pedro Rubio de Gaviria, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, otorga carta de ahorría y libertad a su esclavo Antonio José, negro de treinta años de edad poco más o menos, el cual hubo y compró al Capitán don Pedro de Zurueta, vecino de la ciudad de Sevilla. Dicha libertad la otorga a pedimento de su esclavo por cantidad de 300 pesos de oro común en reales que tiene recibidos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Juan Muñoz de Herrera, Presbítero Cura Beneficiado por Su Majestad del pueblo de Acayuca [Acayucan], Vicario y Juez Eclesiástico de dicho pueblo y su doctrina del obispado de Antequera, valle de Oaxaca, residente en esta villa de Córdoba, uno de los hijos legítimo y herederos del Capitán don Juan Muñoz de Herrera, difunto, y de doña Felipa de Torres, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, otorga hace gracia y donación a su hermana doña Ignacia Francisca Muñoz de Herrera, mujer legítima de don Francisco López del Castrillo, vecinos de esta villa de Córdoba, de las dos partes que le toquen de sus legítimas paterna y materna de los bienes de que quedaron por la muerte de su padre y que queden por la muerte de su madre.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Morera de Silva, Escribano del Rey Nuestro Señor y vecino de esta villa de Córdoba, que al presente asiste al despacho del oficio público de ella como teniente de don Miguel de Orue, su propietario, y a los negocios tocantes y pertenecientes a su Muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento por nombramiento de sus capitulares; certifica y da fe que el día de hoy don Pedro García de Rivas, residente en esta villa y vecino de la ciudad de México, presentó ante el Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esta villa, un escrito con una declaración y resguardo hecha por el Capitán don Mateo de Garay, con la cuenta y trato que ha tenido con el susodicho, la cual pidió se le protocolice en el oficio público de su cargo. Cuya declaración y resguardo dice: “Hare buenos a don Pedro García de Rivas los pesos que dijere Bartolomé Fernández Feijo importaron 75 arrobas de azúcar que recibió de cuenta de don Pedro de Rivas del Capitán Rebollar y me abonó a mí su procedido. San Miguel y julio 11 de 1710. No pasó por 12 pesos que el dicho don Pedro dijo le dio el Bachiller don Francisco Neira, que dijo ser para el relator y pertenecen a los 7 000 y más pesos que tiene demandados contra la hacienda de Barras y mina de Rayas de los avíos y paga de operarios, la paga de un vale de 471 pesos 4 reales y medio que tengo hechos a favor de don Pedro y don José de Rivas, suplemento que recibió entre otros de mayor cantidad que pague por los avíos de dicha hacienda”. “Es de mi cargo la paga de 215 pesos 3 reales y medio que recaen de cuenta de del dicho don Pedro, de don Santiago de Villanueva para seguir el artículo de que se mandase pagar, y dicha cantidad se ha de hacer fenecido o declarado que no se me debe por la Real Audiencia, y los 471 pesos 4 reales y medio juntos con 210 pesos que de mi orden pagó Marcos García Ballesteros a don Fernando de Velasco, Duque de Estrada, los 200 pertenecen a don Lorenzo Cano que es quien lo recibió y si este no los pagare cobrado el crédito de la mina y sus haciendas me pertenece a mí la paga de todo”. Entre otras declaraciones que se mencionan.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco de Barrios, vecino de esta villa de Córdoba, vende a don Felipe López del Castrillo, vecino de esta villa, una casa de paredes de piedra y madera, baja, que posee en esta villa, la cual linda y hace frente con la plaza Pública; por el poniente linda con casa de don [ilegible]. La vende en precio de 1 700 pesos, de los cuales [1 000 pesos] corresponden al principal de un censo que sobre dicha casa está impuesto, perteneciente a una capellanía impuesta [roto] del Bachiller don Nicolás de Barrios; [y] 100 pesos impuestos sobre dicha casa a favor del Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa por razón del suelo en que esta edificada dicha casa. Declara que los 600 pesos restantes los ha recibido de contado.
El Bachiller don José Mayorga Cervantes, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, Notario del Juzgado Eclesiástico de esta villa, dijo que el 13 de febrero de 1708 otorgó poder general a Juan Prieto de Ahedo, Caballero de la Orden de Santiago, Contador Mayor de las Ordenes Militares y Caballería de Santiago, Calatrava y Alcántara; y a don Diego Prieto de Ahedo, su hermano, vecinos de la villa de Madrid, Corte de Su Majestad; y porque en distintas ocasiones han venido embarcaciones de los reinos de Castilla y no ha tenido noticias de los susodichos, por la presente revoca dicho poder y lo otorga en primer lugar al Licenciado don José de Chavarría, Presbítero, y en segundo lugar a don José Gornaga, vecinos de la villa de Madrid, para que en su nombre parezcan ante el Rey Nuestro Señor, en su Real y Supremo Consejo de las Indias pidan le honre con las mercedes que fuere servido en atención a sus méritos y servicios.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOLos Bachilleres don Manuel de Prado y don Pedro Franco de Guzmán, Presbíteros domiciliarios de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan poder al Bachiller don José Mayorga Cervantes, Presbítero, residente en la ciudad de la Puebla, para que en su nombre parezca ante el Ilustrísimo Señor don Pedro de Nogales Dávila, Dignísimo de este dicho obispado, y haga oposición a los curatos mexicanos que se hallan vacos en este obispado, y hasta que los consiga haga las súplicas, pedimentos y requerimientos necesarios.
GASPAR RENDÓN, JUEZ RECEPTOREl Bachiller don Pedro Rubio de Gaviria, Presbítero vecino de esta villa, otorga haber recibido del Capitán Antonio Borria y de Antonio José, negro vecino de esta villa, a saber 200 pesos de oro común en reales, los mismos que por escritura hecha en esta villa el 9 de noviembre de 1709 se obligaron a pagar.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO