Doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Capitán don José de Segura y Ceballos, dueña de hacienda del beneficio de hacer azúcar, exhibió un testimonio de una escritura de 28 de febrero del presente año, y pidió su registro en los libros de censo, y en él se percibe el que la expresada doña Gertrudis como madre legítima y forzosa heredera de don José Joaquín de Segura y Ceballos, impuso sobre su hacienda de la Candelaria, alias el Potrero, y sobre dos sitios de tierra de ganado menor y uno de mayor, 3 000 pesos de oro común a censo principal redimible a favor de la capellanía que fundó con el cargo de veinticinco misas rezadas, y por ellas se obligó de pagar al Bachiller don Juan Rodríguez de Brito, su sobrino y a los demás capellanes que le sucedieran 150 pesos que dicha cantidad de principal rinde anualmente.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOBACHILLERES
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El Licenciado don José Jacinto de Bolaños, Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de esta villa, uno de los albaceas testamentario del Licenciado don Diego Calderón Velarde, Cura que fue de esta villa, exhibió una escritura para su registro en este libro corriente su data en 25 de febrero de este presente año, y de ella se percibe que el citado José Jacinto, como tal albacea, vendió a doña María Gabriela González [de Velilla Blanco], viuda de don Alonso Bueno, una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, y dicha compradora se obligó a reconocer a la parte que le fuese legítima al sagrado convento de religiosos de San Jerónimo de la Puebla el principal de 1 000 pesos; otros 1 000 pesos de la capellanía de misas rezadas que fundó don Diego Calderón Velarde; y otros 1 000 pesos los pagará a los albaceas con los réditos de 5 por ciento.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Pedro de Solís y Padilla, vecino de ella, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió un testimonio de una escritura, su data a 2 de enero del presente año, a efecto de que se registre en este libro, y de él consta haberlo otorgado el Licenciado don Felipe [José] Mariano Conte, Presbítero Domiciliario de este obispado, Sochantre de la iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en nombre y con poder de doña María Gertrudis de Veristrain y Meza, labradora en la jurisdicción de la ciudad de Tehuacán, viuda de don Francisco de Meza y Mendoza, de cuyo poder otorgó escritura de obligación por la cantidad de 3 000 pesos en favor del Bachiller don Antonio [Montero] de Aramburu, Presbítero de este mismo obispado, y como seguro del principal hipotecó una hacienda nombrada Nuestra Señora de Guadalupe de la Punta, que posee la susodicha en esta jurisdicción. Asimismo, se cita que en la escritura se cometió equívoco, porque la parte de dicho don Antonio intentaba el que para mayor seguridad del mencionado principal se hipotecara otra hacienda de labor y trapiche nombrada Santísima Trinidad, ubicada en jurisdicción de Tehuacán, cuya hipoteca no se asentó en la antecedente citada escritura, en cuya consecuencia y la de habérsele pedido por la parte el que así lo ejecutase; por tanto, para el seguro de los relacionados 3 000 pesos y sus réditos, hipotecó y sujetó la citada hacienda nombrada Santísima Trinidad.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODoña Bárbara Gertrudis Dorantes [roto] viuda de don Juan Antonio de Alarcón, exhibió una escritura para su registro, su data en la Puebla de los Ángeles a 25 de agosto de este año, y de ella se percibe que el Bachiller don José Juan de Alarcón, hijo legítimo de la expresada Bárbara y de don Juan Antonio, usando de la facultad y licencia que por la Real Justicia le fue concedida, procedió a instituir y fundar una capellanía de misas rezadas por su alma, la de sus padres y demás de su intención con lo que le cupo de su patrimonio religuato del quinto de su padre en que fue mejorado y 1 000 pesos que le aplicó la expresada doña Bárbara en cuenta de su futura legítima herencia materna, con lo que completó 3 000 pesos, los cuales impuso, situó y cargó sobre la casa principal de cal y canto, cubierta de madera y teja, que es la habitación de la referida doña Bárbara, ubicada en esta villa, en el barrio que llaman del Panile; obligándose a exhibirlos el fin de siete años, y en el ínterin pagará los réditos de 5 por ciento en cada un año.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICODoña Bárbara Gertrudis Dorantes, vecina de esta villa, viuda de don Juan Antonio de Alarcón, exhibió para que se registre en este libro un testimonio de una escritura de reconocimiento de censo que otorgó el día de hoy, y en él consta que doña Bárbara impuso y cargó a censo principal redimible sobre el valor y precio de la casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, que por suya propia posee en esta villa, fundada en solar propio en el barrio de Panile, 3 000 pesos a favor de la capellanía a cuyo título solicita ordenarse el Bachiller don José Juan de Alarcón, su hijo, obligándose a exhibir dicha cantidad al fin de siete años, y en el ínterin pagará sus respectivos réditos de 5 por ciento en cada un año al capellán que sirva dicha capellanía.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICOEl Bachiller don Manuel Gómez Dávila, albacea de doña Florentina Millán, difunta, y su único heredero, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que el 5 del corriente mes, se obligó a reconocer 1 000 pesos por vía de depósito irregular y con obligación de réditos sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, quedada en esta villa por bienes de dicha difunta, que se halla en la calle Real, y confesó haber recibido dicha cantidad de Toribio Rodríguez Cabanzón como Síndico Tesorero del Venerable Orden Tercero de Penitencia de Nuestro Padre Señor San Francisco de Asís, sita en su convento de religiosos de Franciscos Descalzos con la advocación de Señor San Antonio de ésta, con el fin de que se impusiese sobre finca segura a censo principal redimible para que sus réditos se conviertan en sufragar los gastos de los Desagravios de Cristo Señor Nuestro que se han de celebrar anualmente en su respectivo tiempo en la capilla de dicha Orden Tercero; y por el tiempo de cinco años y en el ínterin y en el demás tiempo de su retención y demora sus respectivos réditos de 5 por ciento.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICOEl Bachiller don Lorenzo de Cabrera, Presbítero, residente en esta villa de Córdoba, en voz y en nombre del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vecino de la ciudad de Tepeaca, en virtud del poder que le otorgó en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, otorga que vende al Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa, un sitio de ganado menor en términos de esta jurisdicción, junto al arroyo de agua, abajo del pueblo de San Lorenzo Cerralvo, a un lado del camino Real que va para la Nueva ciudad de la Veracruz, hacia Totolinga, a mano derecha como se va de esta villa, que linda por la parte del poniente con tierras de don Hipólito del Castillo de Altra, por el sur con tierras del Capitán don Lope Antonio de Iribas y dicho arroyo del agua, por el norte con un arroyo que llaman de las Piedras, por donde acaban las tierras de don José Carvajal y Contreras, y por el oriente con tierras de don Gaspar Carlos de Rivadeneira. Lo vende por libre de censo e hipoteca en precio de 1 000 pesos de oro común en reales, con declaración que a la linde de dicho sitio en nombre de su parte se obligó a entregar al Bachiller don José López de Sagade la porción de tierras que corresponde a 350 pesos que su parte tiene recibido de dicho comprador.
El Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, uno de los herederos de doña María de Brito Lomelín, su mujer difunta, otorga haber recibido del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vecino de la provincia de Tepeaca, 1 350 pesos en reales, los mismos que el susodicho cobró de la susodicha por razón de las tierras en que está fabricada la hacienda de trapiche de hacer azúcar que quedó por bienes de la citada difunta y hoy posee el presente otorgante, cuyo dominio se declaró no pertenecerle al Capitán don Gaspar Carlos, sino a los propios y rentas de esta villa, y dicha cantidad se le embargó por auto de la Real Justicia a pedimento de la parte de doña María de Brito, su madre, al Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, su censualista. Y al presente la cantidad se ha convertido en un sitio de ganado menor que la parte del Capitán don Gaspar Carlos le ha vendido al Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, hermano del otorgante, en 1 000 pesos, y la tierra correspondiente a los 350 pesos. Por lo que, a mayor abundamiento, como tal albacea se dio por entregado de la citada cantidad y de él entregó carta de pago.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Lorenzo de Cabrera, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, residente en esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vecino y labrador de la jurisdicción de Tepeaca, en virtud de su poder, otorga que vende a don Francisco Javier Cruzado, vecino de esta villa, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, 3 caballerías de tierra en términos de esta jurisdicción, que por el poniente linda con tierras del trapiche del citado comprador, por el norte con río Seco, por el sur con la vereda que sale del pueblo de San Juan de la Punta para esta villa, y por el oriente con una piedra que tiene una gruta o quiebra; las vende por precio de 300 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Lorenzo de Cabrera, Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, residente en esta villa de Córdoba, en nombre del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vecino y labrador en la provincia de Tepeaca, en virtud de su poder, otorga que vende al Licenciado don Juan López de Sagade Bugueiro, Clérigo Presbítero de este obispado y vecino de esta villa de Córdoba, 2 sitios de ganado menor en términos de esta jurisdicción, que comienzan a correr principiando por la parte del poniente, linda con tierras de don Hipólito del Castillo de Altra, y por la del sur con tierras del Capitán don Lope Antonio de Iribas, por las del norte con el arroyo de las piedras, y por la del oriente con tierras de su parte; en donde principia el otro sitio de estos dos, que linda por la parte del sur con arroyo blanco y por la del norte con dicho arroyo de las piedras y otro que llaman arroyo Biscocho, y por la de oriente con tierras de dicho su parte hasta donde llegare la común regulación. Los vende en precio de 2 000 pesos por otros tantos de que dicho su parte era deudor al citado licenciado como albacea y heredero de doña María de Brito Lomelín, con declaración que al tiempo y cuando se dividan entre sí los dichos sitios se ha de agregar al primero la cantidad de tierra que corresponda a la cantidad de 350 pesos al respecto de 1 000 pesos el sitio.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO