El Bachiller Juan Valero de Grageda, Clérigo Presbítero, y don Francisco Valero [de] Grageda [Grajeda], hermanos y vecinos de esta villa, dijeron que doña Josefa de Grageda [Grajeda], su madre, en su testamento los dejó nombrados como sus albaceas, y como tales hacen inventario de la hacienda de trapiche y de los accesorios que le pertenece de la forma siguiente: Las tierras que pertenecen a la hacienda, las cuales constará por sus títulos; una casa de vivienda cercada de palos y barro cubierta de zacate, de 20 varas de largo con su corredor; otra casa de molienda sobre postes de ixcuahuite, cubierta de zacate, y en ella una molienda [roto]; una casa de calderas de 20 varas de largo de [cal y canto], cubierta de teja; una caldera grande, dos tachas y otra tacha vieja de [cobre], una resfiradera, tres espumaderas, dos bombas, [roto]; una capilla cercada de palos y barro [cubierta de zacate con su retablo de pintura [roto]; una troje cercada de palos; una cocina vieja y diecisiete jacales de los indios sirvientes de la hacienda; un jacal de 20 varas de largo que sirve de carpintería y herramientas; una suerte de caña dulce nombrada de San [roto], otra suerte nombrada de San Rafael [roto], entre otros bienes que se mencionan.
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Pedro Pablo Sánchez López, residente en esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Fernando López Gallo, vecino del lugar de Ibros, jurisdicción de la ciudad de Baeza en los Reinos de Castilla, de donde es natural, y de doña Lucía de Arcos Padilla y Cabrera, difunta, otorga su testamento en la forma y manera siguiente: Ordena que se den 100 pesos a Antonia, hija legítima de Juan Antonio [roto], sus compadres, vecinos de esta villa de Córdoba. Declara que fue albacea testamentario de don Gabriel Varela, difunto, Soldado que fue de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa, natural de San Juan de Puerto Rico isla de Barlovento, y de dicho albaceazgo está alcanzado en 100 pesos de oro común, ordena se paguen. Señala que desde agosto de 1684 a la fecha Diego de Trujillo, administrador de la carnicería de la presente villa, le tiene dada la carne que ha sido necesaria para el gasto de la gente de la obra de la cantera de la Peñuela, que es a su cargo, y de su monto manda se le pague. Declara que debe al Capitán Joseph [José] Blanco; a Gregorio Martínez de Solís; Joseph [José] de Olivera; y Luis Fernández de Andrada [Andrade], las cantidades que se mencionan en la escritura. Asimismo, señala que le adeudan ciertas cantidades las personas siguientes: Manuel de Piña, Antonio Moreno Pimienta, Joseph [José] de Nares, Diego [de] Sequero; así como Su Majestad, de los salarios por la administración y asistencia que ha tenido en la cantera de la Peñuela de la jurisdicción de Córdoba. Declara por sus bienes un mulato criollo nombrado Antonio López de Abreo; otro llamado Francisco López, negro Congo; ropa, muebles y algunos artículos. Nombra como albaceas testamentarios al Licenciado Juan Sesati [Zesati] Lozano, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de la villa de Córdoba; al Bachiller Bartolomé de Brito [Lomelín], Presbítero; y a Joseph [José] de Olivera. Y en el remanente del tercio de sus bienes ordena se den 200 pesos de oro común a María Josefa, su ahijada; y de las otras dos tercios instituye como heredero a Fernando López Gallo, su padre; y del resto que quedare de sus bienes nombra por su universal heredera a su alma.
Zonder titelAvaluó, división y partición de los bienes que quedaron por fin y muerte del Alférez Mayor Juan García Valero y de doña Josepha [Josefa] de Grageda [Grajeda], su mujer, entre sus hijos y herederos: el Bachiller don Juan Valero de Grageda, Clérigo Presbítero; el Alférez Mayor don Miguel Valero [Grajeda]; los Regidores don Francisco Valero [Grajeda] y don Diego Valero [Grajeda]; el Capitán Joseph [José] Blanco y doña María Valero de Grageda [Grajeda], su mujer; hermanos y vecinos de esta villa de Córdoba; y dicho Alférez Mayor Miguel Valero [Grajeda] en nombre de su hermano el Doctor don Joseph [José] Valero [de] Grageda [Grajeda], Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de San Agustín Tlaxco obispado de la Puebla de los Ángeles. Entre los bienes destaca una casa alta de la morada del dicho alférez, en la calle que va del Colegio de San Luis al Hospital de San Juan de Dios. La hacienda de trapiche de San Juan Bautista y San José, con la capilla, casas, cobres, suertes de caña dulce, ganado, esclavos y aperos. Y 63 caballerías y media de tierra, 56 de ellas que van desde el arroyo de Asesenatl al arroyo Bl[an]co, en que están fundados el trapiche de San Juan Bautista y San José y el de Nuestra Señora de Guadalupe, que fundó el Bachiller Juan Valero [Grajeda]. Y 7 caballerías restantes que pertenecen al rancho de Santiago que en ellas está fundado.
Zonder titelBaltazar González de Velilla Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, Depositario General y Regidor en ella, como principal deudor y obligado, junto con el Capitán don Lope de Yribas [Iribas], el Capitán Joseph [José] Blanco y Gregorio Martínez de Solís, vecinos de esta villa, como sus fiadores, se obligan a pagar al Bachiller don Domingo de Arrieta, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de San Francisco Zongolica de este obispado de la Puebla de los Ángeles, 3 300 pesos de oro común por otros tantos que el susodicho le prestó a Baltazar González, por hacerle amistad y buena obra, los cuales se obligan a pagar dentro de dos años.
Zonder titelDoña María Nicolasa de Bistrain Dávila, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Alférez Antonio Miguel, difunto, otorga poder a don José Miguel de Vargas, residente en esta villa, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente de don Pedro de Ledezma, Prebendado de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles, y de sus bienes, albaceas y herederos y de quien con derecho pueda y deba, la cantidad de 300 pesos de oro común en reales que le debe a la otorgante en virtud de [roto]; asimismo, 430 pesos que le está debiendo el Licenciado don Gaspar Durán de Huerta, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario que fue del pueblo de Santa Cruz Tlacotepeq [Tlacotepec], y patrón que fue de la obra pía que mando fundar de sus bienes el Capitán José de Álvarez Ricardo y el Bachiller don Juan Francisco Álvarez Ricardo, para casar huérfanas, como consta en el decreto del señor obispo de este obispado de la Puebla y que para en poder del dicho Bachiller don Gaspar Durán.
Zonder titelEl Bachiller Joseph [José] López de Sagade Bugeiro [Bugueiro], Diácono y Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, residente en esta villa, próximo a conseguir el orden sacro de presbítero en las próximas témporas antes del día de natividad, otorga poder a Juan Pérez de Haller, vecino de la villa de Madrid, Corte de Su Majestad y Agente General de Negocios de Indias en su Real y Supremo Consejo; y por su muerte u otro impedimento a don Luis [Gabriel] de Velasco y Hermosilla, residentes en esta villa; a ambos, juntos y a cada uno in solidum, para que comparezcan ante el Rey y su Real y Supremo Consejo de las Indias y en el de [Inquisición], y soliciten y pretendan la merced eclesiástica que su merced fuere servido hacerle para uno de los territorios de esta Nueva España, y hasta que lo consigan presenten memoriales, escritos y otros recaudos convenientes.
Zonder titelDon Miguel Valero Gragera [Grajeda], Alférez Mayor, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa, como uno de los herederos del Bachiller don Juan García Balero [Valero], Presbítero, su hermano; juntamente con el Doctor don Joseph Balero [José Valero Grajeda], Cura Foráneo y Juez Eclesiásticos de esta villa, con don Diego Balero [Diego Valero Grajeda], Regidor, y doña María Balero [María Valero Grajeda], todos hermanos y también herederos nombrados en el testamento so cuya disposición falleció, su fecha en la ciudad de los Ángeles a los 5 de enero del corriente, ante Felipe Cortés de Brito, Escribano de Su Majestad; dijo que entre los bienes de dicho difunto quedaron dos haciendas de labor ubicadas en la jurisdicción de los Ángeles, nombradas San Bartolomé y San Juan Amaluca, las cuales fueron vendidas por los citados herederos a Pedro de Soto Mayor [Sotomayor], vecino de ella, en precio de 23 000 pesos, en que se incluyeron 11 700 pesos que sobre ellas se hallan impuestos a censo. Asimismo, dijo que de la cantidad restante, 8 500 pesos dio de contado y 2 800 se obligó a pagar en plazos como parece en la escritura que otorgó en 8 de marzo pasado. Y porque en dicha escritura es calidad que el otorgante debe ratificar para su validación, cumpliendo con ella, otorga que aprueba y ratifica la dicha escritura de venta otorgada por los demás herederos del difunto, según como en ella se contiene.
Zonder titelEl Doctor don Joseph Valero Cavallero y Graxera [José Valero Grajeda], Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo, Juez Eclesiásticos de esta jurisdicción y dicha villa, albacea y heredero del Bachiller don Juan García Valero, Presbítero, difunto, su hermano; el Alférez Mayor don Miguel Valero [de] Grajeda [Miguel Valero Grajeda], y don Diego Valero, Regidores perpetuos de esta villa, también sus hermanos, herederos unos y otros; dijeron que por cuanto habiendo fallecido el dicho bachiller procedieron a realizar el inventario de bienes extrajudicialmente, nombrando como valuadores a Juan García del Castillo, administrador de la hacienda y trapiche del Capitán don Lope de Yribas [Iribas], y a Juan García de Miranda. Dicho inventario y avalúo de bienes se mencionan en la escritura, los cuales sumaron la cantidad de 20 222 pesos. Por otra parte, dijeron que de consentimiento del Doctor don Joseph Valero Cavallero y Graxera [José Valero Caballero y Grajeda], albacea, acordaron que los bienes quedaran en poder del Regidor don Diego Valero, quien los recibió según se expresa en el inventario y se hizo cargo de su valor para dar cuenta de ellos cada que se le pida.
Zonder titelEl Doctor don Joseph Valero Caballero de Grageda [José Valero Grajeda], Cura por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa y su jurisdicción, natural de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, hijo legítimo del Capitán don Juan García Valero, Alférez Mayor que fue de esta villa, y de doña Josepha [Josefa] de Graxera [Grajeda], sus padres difuntos; otorga poder a sus hermanos el Alférez Mayor don Miguel Valero de Graxera [Gragera], a don Diego Valero [Grajeda], ambos regidores y vecinos de esta villa, y a su sobrino el Bachiller don Joseph [José] Valero, Clérigo Diácono Domiciliario de este obispado, para que en su nombre otorguen su testamento como se los tiene comunicado y en conformidad a una memoria que deja entre sus papeles. Ordena que en caso de fallecer en esta villa sea sepultado en la iglesia parroquial, en la bóveda que está junto al altar del Señor San José; y acaeciendo en la Puebla de los Ángeles, ordena ser sepultado en la iglesia del convento de Nuestra Señora de la Merced Redención de Cautivos donde es patrón. Nombra como albaceas a los susodichos y como herederos universales [roto] a Isabel Valero, de 14 años de edad, y a [roto] sus sobrinos hijos del Regidor don Francisco [Valero Grageda y] doña Beatriz de Estrada [y Espinosa], su mujer, difuntos, [roto] en la dicha ciudad de la Puebla y en compañía de doña María Valero [Grajeda], sus hermana, para que gocen de su herencia por no tener herederos forzosos ni ascendientes ni descendientes. Y atendiendo a que sus herederos son menores, nombra como sus tutores y curadores ad bonos a don Miguel Valero y a don Diego Valero.
Zonder titelEl Bachiller don José de Barros, Presbítero Vicario del partido de este pueblo de San Juan Quescomatepeque [Coscomatepec], en virtud del poder general que le otorgó doña Micaela Ramos, vecina de este dicho pueblo y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], viuda, albacea y tenedora de bienes del Capitán Marcos Blanco, por la presente sustituye dicho poder en Fernando Fernández de Córdova [Córdoba], [Procurador del] Número de la Real Audiencia de esta Nueva España.
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