El Bachiller Pedro de Montenegro, Presbítero, vecino de esta villa, tutor de las personas y bienes de don José Prudencio y don Juan Ignacio Cruzado, menores hijos y herederos del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, y administrador de la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Santa Cruz de las Palmillas, que quedó por bienes de dicho difunto; otorga poder especial a don Juan Hurtado de Mendoza, vecino de la ciudad de la Veracruz, para que en nombre y en representación de su persona venda dos esclavos de dicha hacienda que se hallan en la Veracruz; uno mulato, nombrado Pedro, que será de veinticinco años poco más o menos, y el otro negro, nombrado Francisco Valerio, que será de treinta años, los cuales están incluidos en el avalúo que se hizo de la hacienda.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALBACHILLERES
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El Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero, vecino de esta villa, albacea testamentario y tenedor de bienes de doña Gertrudis Jaimes Navarro, difunta, y curador de sus menores hijos, otorga poder general a don Juan Ortiz de Rosas, vecino de esta villa, para que en nombre y en representación de su persona como tal tutor pueda administrar los bienes de los menores y sus rentas, y con ellos los alimente y mantenga en el pupilaje donde los tiene puestos. De lo que recibiere y cobrare, entregue carta de pago y demás instrumentos que se le pidan. En atención de tenerle otorgado poder para lo mismo al Capitán José de Carvajal y Contreras, dejando al susodicho en su honor y buena fama, lo revoca y solicita al escribano haga la revocación para que no lo use de manera alguna. En caso necesario de contienda de juicio, parezca ante cualesquiera jueces y justicias de Su Majestad y haga pedimentos, requerimientos, remates de bienes, amparos y otros que sean a favor de los menores, que para lo dependiente le delibera poder con libre y general administración con facultad de sustituir.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALEl Bachiller don Miguel Pérez del Castillo, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec] y su partido, jurisdicción de la villa de Córdoba, otorga poder al Licenciado don Diego Ambrosio y Orcolaga, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona, demande y cobre judicial o extrajudicialmente de los señores jueces y de quien en derecho hubiere, 893 pesos y 2 reales de oro común de 8 reales de plata cada uno, cantidad que se le está debiendo como tal beneficiado desde 4 de octubre de 1712 que sirvió en el curato de San Juan Teotlalco, a razón de 297 pesos y 6 reales; asimismo, lo que importan dos años que constan de su Real Título de este curato de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec] y de lo que recibiere o cobrare entregue recibo, carta de pago y los demás recados que convengan, por lo que se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar y sustituir.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALEl Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero Domiciliario de este Obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa de Córdoba, Comisario del [Santo] Tribunal de la Inquisición de este reino, otorga poder general al Señor Licenciado don Juan Gaspar Zorrilla de San Martín, Alcalde de esta villa, y a don Simón Santander y Rada, para que en nombre y en representación de su persona, parezcan en el Real y Supremo Consejo de la Indias y ante cualesquier otros tribunales de los fueros eclesiásticos y seculares, donde pidan las mercedes que por sus cartas misivas se contienen, para lo cual hagan pedimentos, requerimientos, suplicas, memoriales y demás recados que conduzcan a dicha pretensión y para lo anexo y concerniente se le da éste con libre y general administración y facultad de jurar y sustituir.
MANUEL DE ROSAS, JUEZ RECEPTOREl Bachiller don Miguel José del Castillo de Altra, Presbítero Domiciliario de la Puebla de los Ángeles de este reino de la Nueva España, Cura interino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Juan Antonio Gambino, vecino de la ciudad de México, próximo a hacer viaje a los reinos de Castilla en la flota del General don Juan Esteban de Ubilla; y por su muerte, ausencia u otro impedimento al Capitán don Francisco de Eguilaz, vecino de la ciudad de Cádiz, dueño de uno de los navíos de la conserva de dicha flota; para que en nombre y en representación de su persona busque a su dita y crédito en los reinos de Castilla, en la parte y lugar que hallare y de la persona que los quiera dar, hasta en cantidad de 2 500 pesos con los intereses que ajustare, de lo que recibiere entregue escritura que se le pidieren, obligándolo a que pagará en este reino.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALDon Francisco de Aguilar, vecino y natural de esta villa de Córdoba, Regidor Perpetuo de ella por Su Majestad, hijo del Regidor don Francisco de Aguilar y de doña Nicolasa Bernal difuntos, otorga poder para testar al Licenciado don Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero, a Pablo Blas Muñoz, su yerno, y a María Rodríguez Ponce, su mujer, para que en el término que dispone la ley 33 de Toro , hagan y ordenen su testamento en la forma siguiente: dijo que habrá tiempo de 30 años poco más o menos, que es casado con María, con quien procreó nueve hijos. Señala fue albacea y tenedor de bienes del Regidor Francisco de Aguilar y de doña Nicolasa Bernal, sus padres, cargo que no ha podido cumplir por lo que manda a sus albaceas lo cumplan. Señala que su padre le dejó encargado que diese a su hermano, Antonio de Aguilar, una casa ubicada en el pueblo de Orizaba, de lo que manda a sus albaceas cumplan lo mencionado. Declara que de la parte que le toca de herencia de sus padres a Juan de Aguilar, su hermano, le tiene entregado unas paredes, medio solar y unas mulas. Fue albacea del difunto Francisco Sánchez, cuyo testamento no ha cumplido del todo, por lo que manda a sus albaceas lo hagan y paguen a Micaela Daza lo que le restare de los bienes de dicho difunto. Declara por bienes una casa de cal y canto en esta villa, que tiene de censo 1 000 a favor de la cofradía del Señor San José del pueblo de Orizaba, de la que debe lo que dijere el mayordomo. También, declara por bienes un rancho con sus tierras, una casa de tejas y tres esclavos. Nombra por sus albaceas testamentarios al Bachiller don Andrés de Meza, Pablo Blas Muñoz y doña María Rodríguez Ponce, su mujer, a quien también nombra tenedora de bienes, tutora y curadora de sus hijos menores. Por herederos señala a sus hijos, mencionados en este poder.
FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REALEl Bachiller Diego García Calvo, Presbítero, vecino de esta villa, albacea testamentario del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, difunto, otorga poder al Bachiller don José Valero, Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles y residente en esta villa, para que en su nombre y como tal albacea parezca ante el señor juez de testamentos, capellanías y obras pías de este obispado, y haga presentación del testamento del difunto por lo que toca a lo piadoso de su alma, pida su aprobación y cumplimiento. Para lo cual, haga las diligencias anexas a dicha presentación y los pedimentos, suplicas, memoriales y requerimientos que a favor de dichos bienes y albaceazgo convengan.
FRANCISCO VALERO Y ESPINOSA, JUEZ RECEPTOREl Bachiller don Pedro de Montenegro, Presbítero, otorga poder especial a José Nicolás de Ureña, vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona, parezca ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España y pida se sirva su alteza mandar se le pague al otorgante 150 pesos en que está graduado en el concurso de acreedores que siguió contra bienes del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, de capellán que fue de su hacienda, del depósito que está en poder del Señor Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, del Consejo de Su Majestad, su Alcalde Corte de la Real Sala del Crimen de esta Nueva España.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan de Ortega, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Orisava [Orizaba], natural de la Puebla de los Ángeles, hijo de Luis de Ortega y Antonia Ferrer difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco, de cuya Tercera Orden es hermano, y sepultado delante del altar de Jesús Nazareno, en la parte y lugar donde fuere su fallecimiento. Declara hace veintiséis años poco más o menos contrajo matrimonio con Agustina Ramírez, quien llevó a su poder por sus bienes una mulata nombrada Teresa Carmona, la cual ha procreado algunos hijos, y él tendría de caudal como 2 000 pesos poco más o menos, durante dicho matrimonio no han procreado hijos. Señala haber criado en su casa y compañía a Benito José de Ortega, María de Ortega, Pedro de Ortega y José Manuel de Ortega, huérfanos. No debe a persona alguna. Declara que algunos vecinos del pueblo de Orisava [Orizaba] le están debiendo algunos reales que constan por vales. Manda que a Benito José se le dé el banco de herrar y toda la herramienta para que la use y mantenga a Agustina Ramírez, su mujer, hasta que ésta fallezca y después la use como suya propia. Asimismo, manda que a Benito se le dé toda la ropa de color y blanca, y un aderezo de espada de plata. Que se le den a María de Ortega los cuadros y sillas de su casa. Por bienes señala cuatro casas bajas en el pueblo de Orisava [Orizaba], cubiertas de tejas, contigua una de la otra en la calle Real. Nombra por sus albaceas a Agustina Ramírez y al Bachiller don Miguel Pérez; por tenedora y heredera a Agustina, en atención a no tener herederos forzosos y con cargo de que paren en su poder las cuatro casas y tenga en su compañía a los cuatro huérfanos y que no pueda vender las casas, censuarlas ni gravarlas a capellanía ni a tributo ni otro gravamen, sino que con sus arrendamientos las mantenga y repare en lo que necesitaren. Manda que la casa en donde vive Sebastián Ramírez se le dé a Benito José de Ortega para que éste la goce sin gravarla a censo ni otro tributo, porque es su voluntad que, aunque se case o tenga hijos pase dicha casa a la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, del pueblo de Orisava [Orizaba], con el cargo de que su mayordomo mande a hacer misas anuales por su alma y la de su mujer. De la segunda casa manda se le dé, después del fallecimiento de su mujer, a María de Ortega con la condición de no gravarla ni hipotecarla a censo ni deuda alguna y por fin de ella pase a la cofradía del Señor San Francisco Xavier [Javier]. De la tercera casa, en que actualmente vive el Bachiller don Miguel Pérez, pase a Pedro de Ortega con las mismas condiciones que las anteriores y por fin de sus días hace gracia y donación a la cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, con la misma obligación y cargo de las otras. Y de la cuarta casa, manda se de a José Manuel de Ortega para que la goce como suya con el mismo cargo y no las hipoteque a censo, tributo, capellanía ni otro gravamen, porque por fin de sus días le hace manda de dicha casa a la cofradía de Jesús Nazareno, del pueblo de Orisaba [Orizaba], con el cargo de otras 10 misas rezadas por su alma y la de su mujer. Las cuales gocen las cofradías por fin de los días de su mujer y huérfanos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Bachiller don Pedro de Montenegro, Presbítero, vecino de esta villa, otorga poder especial a don Juan Ignacio Cruzado, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en nombre y en representación de su persona demande y cobre judicial o extrajudicialmente a los bienes de albaceas y herederos de don Felipe Fernández de Viveros y de quien con derecho pueda y deba, 80 pesos de oro común, mismos que el difunto le quedó debiendo de resto de la remisión [roto] azucares que le hizo.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO