Ante don Bartolomé de Torres y Mendoza, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y de Registros, pareció Diego López, vecino que dijo ser de la ciudad de la Puebla, en nombre de don José de Vargas y Gándara, vecino de dicha ciudad, para registrar una partida de ganado de 250 reses, toros, que el dicho su amo compró de la hacienda de vacas nombrada la Estanzuela, la que es de don Bernardino de Rivadeneira, y posee en la jurisdicción de Cosamaloapan, para pasar a la ciudad o villa de Atlixco donde los lleva para el avío de una hacienda de ingenio que tiene en dicha jurisdicción.\n
AVÍOS
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Don José de Ceballos y Burgos, Don Roque Gutiérrez de Ceballos, Alguacil Mayor de Jalapa, y Don Alonso Gutiérrez de Ceballos, hermanos, vecinos de esta provincia, herederos y dueños del ingenio nombrado Nuestra Señora de la Concepción que quedó por fin y muerte del Capitán Roque Gutiérrez de Ceballos, se obligaron a pagar a Sebastián de Prado, vecino de la jurisdicción de Orizaba, 5,000 pesos de oro común en reales de plata doble, por razón de otros tantos que en la misma moneda les ha prestado para el avío del dicho ingenio, para de la fecha de esta carta en 30 meses.
Francisca Ramírez, viuda de Francisco de Orduña Castillo, vecina de Jalapa, se obligó a pagar al Capitán Don Antonio de Dueñas, vecino y mercader de la nueva ciudad de Veracruz, 2,633 pesos y 4 reales de oro común que por ajustamiento de cuentas le alcanzó, así de pesos de oro que le ha suplido y lo que ha dado para el avío de la hacienda de San Diego, y por otro nombre Espanta Judíos, a razón de 300 pesos anuales hasta completar la paga total, a partir de hoy día de la facha. Y para la seguridad de la deuda, hipotecó 6 piezas de negros esclavos.
El Lic.Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, beneficiado del partido de Jalapa, con poder de Don Antonio de Orduña Loyando y como administrador del ingenio San Pedro Buenavista, por ausencia de su dueño, obligó al dicho Don Antonio que pagará 258 pesos de oro común a los indios de Xicochimalco, que restan del ajustamiento de la cuenta del maíz que le dieron para el avío del referido ingenio, luego que se los pidan, sin más plazo y con las costas de la cobranza.
El Capitán José Pérez de Tejada, Alcalde Provincial de la Santa Hermandad y residente en el pueblo de Jalapa, vende a don José Sanchinel, vecino de este pueblo, una mesa de trucos, con todos los avíos, anexos y lo correspondiente a su uso, en la cantidad de 178 pesos.
Don Matías de la Mora Castañeda, don Manuel José de Esquivel, don Miguel José de la Paz y Arellano, y José de Machuca, vecinos de las minas de la barranca de Tenepanoyan y Zomelahuacan de esta jurisdicción, interesados y trabajadores de la minas de San Miguel de la Cuevas, han solicitado para sus avíos y beneficios 500 pesos, cantidad que han recibido de don Antonio Vázquez Ruiz, residente en este pueblo de Jalapa, obligándose a pagarla en el periodo de año y medio, con oro de 20 quilates, a razón de 13 pesos la onza.
El Capitán José Robledano de Cardeña, vecino del pueblo de Jalapa, se obliga a dar y aviar a doña Sebastiana de Zárate, mujer legítima de Francisco de Thormes, desde la pascua de resurrección de este año y hasta 2 o 4 años que corriere con el abasto de las carnicerías de esta jurisdicción, según se le confirme el remate de ellas que se le celebró el 23 del corriente mes y año con media partida de cerdo para matar.
Don Tomás de Santiago y Cruz, dueño de avíos y carruajes de ligera y casas en Jalapa, otorga poder especial al Capitán Juan de Villalba, Corregidor de Querétaro, residente en la Ciudad de México, para que lo obligue como fiador en la Contaduría General de Reales Tributos, en la cantidad de 2, 000 pesos durante el tiempo que dure su corregimiento, también para que lo obligue en el ramo de pulques por la cantidad de 2, 000 pesos, los cuales deberá pagar al citado Corregidor.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino y del comercio de Jalapa, dueño de casas, haciendas de labor y de avíos de ligera, se constituye en fiador del Presbítero Gregorio Fentanes, por el nombramiento de Cura de la doctrina de Jalapa, cuya fianza debe equivaler al importe de las bulas del curato donde esta promovido por el tiempo y plazo que se acostumbra.
Tomás de Santiago y Cruz, dueño de avíos de ligera, vecino del pueblo de Jalapa, se obliga a pagar a Manuel Jiménez, del Comercio de España, la cantidad de 165 pesos en el periodo de 2 años.