Don Cayetano Gándara, como cabezalero de su difunta esposa doña Antonia Amaya, de acuerdo a su declaración testamentaria y diligencias que obran originales al fin del registro del año pasado de este oficio, dijo que para hacer varios pagos de la testamentaria de su cargo y cumplir las disposiciones de su esposa; otorga que vende, cede y traspasa en favor de Juliana Alarcón, de esta vecindad, una casita de paredes de cal y piedra de edificio bajo, cubierta de ladrillo, madera y teja, situada en esta villa, en el callejón que nombran de la Cerbatana o ya sea de las Bochas de Arrieta, a el que hace su frente hacia el norte con 7 y una tercia de varas, y del otro lado con solar de la casa de don Pedro Telmo Landero y González, y 15 y tres cuartas de fondo hacia el sur por donde linda, como por el costado del oriente, con la casa mortuoria y otra chica de la referida esposa doña Antonia Amaya, y por el costado del poniente con el de accesorias de los herederos de doña María Ignacia Guevara. Cuya deslindada casita, es una de las dos que, desde cimientos levantó don Antonio Gomila, primer marido de la referida Amaya, en parte del terreno que, por un documento extrajudicial que obra agregado al título de la citada casa mortuoria, hubo del difunto don Francisco Javier Sáenz de Santa María, regidor que fue de este Ilustre Ayuntamiento, su fecha en esta villa a 4 de octubre de 1801. La venta la hace por la cantidad de 500 pesos en reales de contado.
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El presbítero don Juan Manuel del Valle y Vieyra, de esta vecindad, como albacea de su difunta madre doña María Josefa de Vieyra y Álvarez, quien a su vez lo fue de su consorte don Manuel Antonio del Valle, padre del otorgante, dijo que por fallecimiento de don José Ignacio de Uriarte, que fue del comercio de la Nueva España, y por el concurso formado por acreedores a sus bienes, se le remató a su citado padre la hacienda nombrada Nuestra Señora de Aránzazu, alías el Encero [Lencero], ubicada en esta jurisdicción de esta villa, su fecha en 3 de agosto de 1808, en la que estaban impuestos 30 000 pesos a premio de 5 por ciento pertenecientes al convento de religiosas de la Purísima Concepción de la Puebla de los Ángeles, los cuales, continuó reconociendo sobre la misma finca por escritura pública realizada en la ciudad de la Puebla, el 5 de diciembre de 1808, con condición expresa de redimir todo en el término de 5 años. Muerto su padre, sin haber realizado ningún pago, doña María Josefa de Vieyra solicitó prórroga de otros cinco años, la cual le fue concedida con la condición de garantizar la deuda con hipoteca especial de la hacienda del Encero [Lencero] y una casa baja y alta ubicada en la calle de la Caleta de Veracruz, de la que otorgó la escritura correspondiente, en la misma ciudad de la Puebla a 30 de septiembre de 1814. Y habiéndose cumplido el tiempo de la prorroga sin haberse efectuado la redención ni pagado la mayor parte de los réditos del año de 1821; en 1822 se entabló demanda por parte del convento acreedor en la ciudad de Veracruz, celebrándose remate de ambas fincas, fincándose la casa a don Francisco de Lizardi, como apoderado de su padre político don José Javier de Olazábal, por cantidad de 25 000 pesos pagaderos en la capital de México. En cuyo remate el otorgante consiguió que el comprador continué reconociendo la imposición de las capellanías que están impuestas sobre la misma casa, por el tiempo de un año a partir de esta fecha, mientras se aclaran las noticias y circunstancias que guardan las escrituras de sus fundaciones. En cuya virtud y restando solo el otorgamiento de la escritura, por la presente otorga que vende, cede y traspasa en favor de don José Javier de Olazábal, una casa de paredes de cal y piedra, alta y baja, cubierta de madera, ladrillo y azotea, ubicada en la calle que nombran de la Caleta en la Nueva Veracruz, con su frente al poniente que se compone de 25 y media varas, calle en medio, y del otro lado casa alta de los herederos de don Alberto Herrero y 19 de fondo hacia el oriente, con más un pedazo; por el costado del norte linda con casa perteneciente a una obra pía que fundó don Diego Ortiz de Lagarchi; y por el del sur con el de otra que pertenece a don Martín de Olasagasti. Cuya deslindada finca, es la misma, que hubo por entrega y traspaso que le hizo su abuelo, don Juan de Vieyra y Sousa, a cuenta de lo que a su esposa, hija de aquel, pudiera pertenecerle de sus bienes, según escritura que de ello otorgó en la ciudad de Veracruz a 19 de mayo de 1795, dicha casa afecta en aquel tiempo a 2 500 pesos en favor del colegio de niñas de Nuestra Señora de Guadalupe de la Puebla de los Ángeles, que ya están redimidos, estando actualmente afecta con tres capellanías que se puntualizan en él acta. La vende por la cantidad de 25 000 pesos, de los cuales, 17 000 pesos que reconocerá por un año con el correspondiente interés y los 8 000 pesos restantes que entregará en una libranza en la ciudad de México, al cargo del apoderado por parte del convento de religiosas de la Concepción de la Puebla, el licenciado don Rafael Argüelles. Por último, el comprador declaró que hizo esta adquisición con la finalidad de obsequiársela a su esposa doña María Nicolasa Migoni, a quién tendrá por señora y dueña de dicha casa.
Zonder titelDon Francisco Álvarez, hijo mayor del difunto don Bartolomé Álvarez; don Diego Briseño su albacea y tutor de los menores y don Juan Bautista de Campo, curador ad litem de los propios dijeron que, con previa licencia judicial dada por el señor Alcalde Juez Político, otorgan que venden, ceden y traspasan a don Juan Bautista de Lezama, vecino de Veracruz, una casa de piedra y madera baja, cubierta de teja, situada en esta villa, en la calle que llaman de San Francisco de Paula con la que hace frente y esquina, que linda por ella hacia el norte con casa contra esquina de don José Bocelo, la otra esquina con casa que fue de don Lucas Rosete, por el oriente linda con casa y solar de María Ruiz, hija de la difunta Josefa Molina, por el sur linda con casa que fue de la viuda de don Juan Garcés, y por el poniente, con el callejón de San Miguel esquina de don José Rodríguez. Cuya casa quedó por bienes del dicho Bartolomé y éste la hubo y compró a don José Manuel Rosendo y don Francisco Ramírez, albaceas de la difunta Josefa Molina, según escritura pública que otorgaron a su favor su fecha en esta villa a 14 de diciembre de 1793. Dicha casa la vende en la cantidad de 4 000 pesos de contado.
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