Juan de Cosar [Cozar], residente en esta villa de Córdoba, y vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] de esta jurisdicción, en voz y en nombre de Micaela rramos [Ramos], vecina del dicho pueblo, y viuda de [Marcos] Blanco, su albacea testamentaria y tenedora de bienes, tutora y curadora de las personas y bienes de María, Nicolasa y Lorenzo [Antonio] Blanco, sus hijos menores; cargos que tiene discernidos por el Capitán Antonio Orejón de la Lama como consta de los autos del juicio divisorio que se formó de los bienes de dicho difunto. Dijo que a dichos menores pertenece una casa de madera, cubierta de teja, en la calle [roto] del Señor San Antonio, con solar de 56 varas de [frente] y 50 de fondo en que está edificada, por una parte linda con [roto] de doña Marina Gómez Dávila, viuda, mujer que fue del Capitán Juan Rodríguez Durán, [roto] otra parte hace frente y esquina calle en medio [roto] de doña Gertrudis de Gatica, y por [roto]. Propiedad que vende por remate a Joseph [José] de Leyba [Leiva] y Esparragosa, en precio de 4 200 pesos, quien estando presente dijo acepta esta escritura y confiesa tiene recibida la casa. Por lo tanto, se obliga a pagar a Micaela Ramos o a quien por la susodicha fuera parte legítima, la cantidad de 4 000 pesos el día que la susodicha sea obligada a pagar a cualquiera de sus menores hijos su legitima paterna, [para cuando] tengan la edad suficiente o estén en estado, y en el ínterin se obliga a pagar [200 pesos] anuales que empiezan a correr desde hoy día de la fecha de esta escritura, a razón del 5 por ciento. Para seguridad hipoteca dicha casa, la cual no venderá hasta no haber pagado dichos 4 000 pesos con los réditos corridos.
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El Bachiller don Juan García Guerra, Presbítero Domiciliario de este Obispado de la Puebla de los Ángeles, en nombre y como apoderado de doña Gertrudis de Villegas Guerra, su hermana, vecina de la doctrina de San Salvador el Seco, jurisdicción de la ciudad de Tepeaca, viuda del Capitán Antonio de Brito Lomelín, vende a don Gaspar del Monge y Mendoza, vecino de esta villa, unas casas de vivienda que posee la susodicha en esta villa, en la esquina de la plaza, altas, techadas de teja, que se le adjudicaron en el juicio divisorio de los bienes de su marido. Las vende en precio de 1 850 pesos, de los cuales 550 pesos pagó de contado, 500 pesos pagará para el 24 de junio y 800 para el 24 de diciembre de este año.
Zonder titelJacinto de Peralta, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que Pascual de Peralta, vecino que fue de esta villa de Córdoba, que al tiempo cuando quiso otorgar su testamento se hallaba en diligencia fuera de esta villa el alcalde mayor, y por esa razón lo hizo y otorgó dicho difunto ante el Licenciado don Diego García Calvo, de cuya disposición falleció, y por hallarse suelto y en papel común que es el que presenta con la debida solemnidad sea de servir Su Majestad de mandar que dicho testamento se protocolice en el registro de escrituras públicas del presente escribano, y que fecho se le dé testimonio; por tanto pide y suplica se sirva de haber por presentado dicho testamento.
Zonder titelAntonio de Brito Lomelín, vecino de esta villa de Córdoba, tutor y curador ad bona de Miguel González Moreno, Micaela González Moreno y Manuel, hijos legítimos de Manuel González Moreno y Catalina Rodríguez, declara que en 1672 estando en la presente villa el dicho Manuel González Moreno, muy agravado de la enfermedad de la que falleció, por no hallarse escribano, otorgó ante testigos una memoria simple por su testamento, que es la que presenta con el juramento necesario. Y conforme al derecho de dichos menores, solicita que la memoria se declare por testamento nuncupativo. Por lo que ante don José de Segura [y] Zevallos [Ceballos], Alcalde Ordinario, pidió se reciba la memoria, junto con los testigos que se requieren para su comprobación. Y vista la información por el alcalde las dio por presentadas y mandó se le reciba la información que refiere.
Zonder titelEl Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de la villa de Córdoba, dueño de cuadrilla de carros, por sí y en nombre de don Miguel Valero de Grageda [Grajeda], su hermano, Alférez Mayor por Su Majestad y vecino de la villa de Córdoba, en virtud del poder que le dio en dicha villa el 9 de septiembre presente año, dijo que habiendo obtenido, mediante postura que hicieron ambos, la conducción de los sillares de cantería del cerro de la Peñuela a la Nueva ciudad de la Veracruz, para la obra de recalce de la Real Fuerza de San Juan de Ulúa, por precio de 5 pesos y medio reales cada sillar de vara de largo y media en cuadro, por la presente se obligan ambos a que, no impidiéndoles ni embarazándolos los temporales y ríos, conducirán y llevarán dichos sillares en sus cuadrillas de carros a la Nueva ciudad y plaza de la Veracruz desde el cerro y cantera de la Peñuela, por los precios antes dichos, y con la pena de prisión y todo rigor de derecho.
Zonder titelConcierto entre Juan Antonio de Alarcón, como apoderado de Juan de Castro, e Isidro Sánchez de la Llama, para evitar pleitos, costas y gastos sobre los autos que en esta villa se siguen respecto a seis cacastles de borcelana [porcelana] de China, que remitió de la ciudad de los Ángeles Martín Calvo al Capitán Diego de Vera, vecino de la ciudad de la Veracruz, en recua de Juan Antonio Romero, vecino de Orizaba, y por cuanto la porcelana no llegó a manos del Capitán Diego de Vera y éste inició juicio por tal hecho ante el alcalde de la Veracruz, en cuyos autos se declaró que dicho Juan de Castro compró en esta villa a Isidro Sánchez de la Llama las mencionadas porcelanas chinas, siguiéndose causa contra dicho Juan de Castro.
Zonder titelJuan Guasso [Guazo] de los Ríos, vecino de la villa de Córdoba, declara que se le remató en pública almoneda un negro nombrado Joseph [José] en cantidad de 200 pesos que quedó por fin y muerte de Agustina Vázquez, y por cuanto tiene satisfecha la cantidad a Luis Fernández de Andrada [Andrade] albacea y tenedor de los bienes de dicha difunta, por lo que solicita le otorgue escritura de venta con inserción del remate y carta de pago. Y en la misma fecha Luis Fernández de Andrada [Andrade] otorgó escritura de dicho remate que en pública almoneda se hizo en Juan Guasso [Guazzo] de los Ríos.
Zonder titelDon Juan Hurtado de Mendoza, tutor y curador ad bona de don Juan Ignacio y don José Prudencio Cruzado, menores hijos legítimos y herederos del Provincial don Francisco Cruzado, difunto; y doña María Hurtado de Mendoza y Arriola, albacea testamentaria y tenedora de bienes del susodicho; otorgan poder general a don Tomás José Jiménez, Agente de Negocios de la Real Audiencia de este reino, para que en sus nombres parezca ante el Rey Nuestro Señor y Señores Presidente y Oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, donde están pendientes los autos del concurso de acreedores que se siguen contra los bienes del dicho difunto y están radicados en dicha Real Audiencia en grado de apelación interpuesta por José Nicolás de Ureña, vecino de la ciudad de México, acreedor a dichos bienes, y pida a Su Alteza se sirva de confirmar la sentencia de graduación que se dio en dichos autos, con parecer de asesor por la justicia de esta villa.
Zonder titelJosé García Valero, Francisco García Valero y Micaela de la Rosa, vecinos de esta villa de Córdoba, albaceas testamentarios del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, difunto, y la susodicha como tenedora de bienes, tutora y curadora de los menores hijos suyos naturales, por poder que tienen otorgado del difunto, otorgan que venden a don Gaspar Rendón, vecino de esta villa, el rancho nombrado Quichapa [Cuichapa], con todas sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, y lo demás de que de ello y sus aprecios se hacen mención en la forma siguiente: primeramente, las 27 caballerías de tierra en donde está fundado el rancho y avaluadas en 250 pesos cada caballería, de lo que el comprador adelantó 50 pesos de cada una de ellas, que las viene a pagar a 300 pesos que montan 8 100 pesos. Una casa de vivienda cubierta de teja fundada sobre horcones. Una pared y media de casa de calderas con un poco de piedra y arena. Una cocina cubierta de teja. Cuatro casillas de zacate de vivienda de los esclavos. Una suerte de caña nombrada la Asunción, plantas de cinco meses. Suerte de la Ceiba de cuatro meses con 170 surcos. Suerte de Santa Anna con 103 surcos, planta de seis meses. Otra, nombrada del Rosario con 320 surcos, la mitad seca y la otra mitad planta recién sembrada. Otra suerte nombrada San Blas de nueve meses con 180 surcos. Un esclavo negro nombrado Nicolás; otro nombrado Juan José; otro nombrado José, casta mandinga; otro nombrado Cristóbal, mandinga, lisiado de una mano. Sumando todas las partidas 11 610 pesos, con la advertencia de que, aunque en el inventario y avalúo del rancho se hayan otros 4 esclavos más, 17 bueyes, 4 caballos y 2 machos, de esto los otorgantes dijeron que han resuelto separarlo y aplicarlo a la hacienda nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, por lo que especifican que solo venden las partidas antes mencionadas. Con la condición de que el Capitán Gaspar Rendón debe pagar con los 11 610 pesos del valor del rancho y sus aperos, las cantidades y personas siguientes: se le han de pasar en cuenta al comprador 1 100 pesos que se le están debiendo por cláusula de testamento; se pagará 1 500 pesos al Licenciado don José Valero Grajeda, Presbítero de la ciudad de Los Ángeles; 1 100 pesos a la Madre Isabel de Jesús de Nazareno del convento de San Jerónimo que se le están debiendo de réditos; 5 000 pesos al Tribunal de Santo Oficio de la Inquisición, que debía por escritura el Alférez Mayor don Diego Valero; pagar al Licenciado don José Ruiz de Morales 1 125 pesos que se le están debiendo de réditos; 500 pesos a la iglesia catedral de la Puebla; 370 pesos al convento de Santa Catarina de Sena de religiosas de la ciudad de Oaxaca, que se le deben de réditos; al convento de Nuestra Señora de la Merced de la Puebla, 200 pesos que se le deben de réditos; al Capitán don Pedro de Bárcena, 200 pesos; al Capitán don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa, 200 pesos que se le están debiendo; a Juan Marcos Rendón, 200 pesos que se le están debiendo; al Veedor don Antonio Lorenzo de Riascos, vecino de Orizaba, 96 pesos. Cuyas partidas suman la cantidad de 11 591 pesos, que con 19 pesos que les ha dado y pagado en reales de contado, resulta la cantidad de los 11 610 pesos que es el valor del rancho y que se dan por entregados.
Zonder titelEl señor Licenciado don José Miguel Sánchez Oropeza, cura, vicario foráneo de esta ciudad, como rector nato de cofradías y obras pías en el distrito de su jurisdicción eclesiástica; don Juan Francisco de Bárcena, patrono de la obra pía fundada para la escuela de esta ciudad; don Joaquín Ruiz, mayordomo de la cofradía de Ánimas; don José Antonio Domínguez, ecónomo de la de Nuestra Señora del Carmen; y don Dionisio Camacho, por su propia representación; dijeron que una casa de altos y bajos ubicada en esta ciudad, en la calle de la Caridad, fue propia del Presbítero don Francisco Pablo Verenguier, quien a su fallecimiento la dejó gravada con diversos capitales en favor de dichas cofradías, obra pía y de don Anastasio Cruz, cuyo último crédito pertenece hoy al nominado Camacho. Asimismo, dijeron que, sobre el cobro de dichos capitales y sus premios, se promovió expediente desde el año 1827, viéndose finalmente en la necesidad de celebrar una transacción, para lo cual convinieron se dividiese la casa en dos partes, para que una se adjudicara a la cofradía de Ánimas y la otra a Camacho. Y no restando más que formalizar la correspondiente escritura, otorgan que ratifican la indicada transacción bajo los términos y condiciones que se explican en los autos que se celebraron; y en consecuencia adjudican a la cofradía de Ánimas la parte de casa que queda al lado oriente, en precio de 1 650 pesos, debiendo reconocer a favor de la cofradía del Carmen 350 pesos; y a don Dionisio Camacho la parte de la casa que queda al lado poniente, en 2 300 pesos obligándose a reconocer 500 pesos a favor de la cofradía del Carmen y 300 pesos a favor de la escuela pía, a cuyo patrono además le exhibe 200 pesos al contado.
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