ASENTISTAS

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              3 Archivistische beschrijving results for ASENTISTAS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0108 · Stuk · 1706/10/11
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Sargento Miguel Díaz de Aguilar y doña Josefa de Prado, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto don Francisco José de Alvarado apoderado de don Diego Manuel de Alvarado, su hermano, Asentista que fue de la Real Fábrica de la Pólvora, por él y en nombre de los demás hederos del Capitán don Juan de Alvarado, difunto, Caballero que fue del Orden de Santiago, su padre, presentó escrito y un mandamiento del virrey ante el Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa, por el cual se manifestaba que el presente compareciente Miguel Díaz de Aguilar adeuda 761 pesos y un real a los herederos de Juan de Alvarado, del tiempo que fue comisario de la pólvora en esta villa. También, dijeron que reconocían el escrito, pero que sólo estaban debiendo 334 pesos y un real por haber pagado 427 pesos, sin embargo, en la presente fecha no contaban con la cantidad restante, razón por la cual el compareciente fue encarcelado y embargados todos sus bienes. Asimismo, dijeron que posteriormente convinieron con el citado don Francisco José de Alvarado, que cuando el compareciente saliera de la cárcel, a los ocho días subiría a la Puebla y daría cuenta de dicho débito de 300 pesos y lo demás dentro de un año. En consecuencia, don Francisco José de Alvarado se presentó ante el señor alcalde para manifestar el acuerdo al que había llegado con el presente otorgante y autorizaba el desembargo de sus bienes y que fuera suelto de la prisión. En cuya virtud los otorgantes para cumplir con el trato, otorgan que se obligan a pagar a los herederos del Capitán Juan de Alvarado, 426 pesos de oro común, dicha cantidad incluye los costos y salarios de dicha ejecución, los cuales pagarán en la manera siguiente: 300 pesos dentro de ocho días en la ciudad de la Puebla de los Ángeles y los 126 pesos restantes dentro de un año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0011-PC_0011_0002 · Stuk · 1674/01/30
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Francisco de Aguilar y Saldaña, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, en nombre y con poder del Capitán Juan María Lago Marzin, Factor de la armazón de esclavos que tiene en la ciudad de la Nueva Veracruz, su fecha en dicha ciudad a 19 del presente por ante Andrés de Saavedra Cansines [Cancines], Escribano de Su Majestad, asimismo, en virtud del poder que le sustituyó de don Domingo Grillo, por sí y como tutor y curador de don Domingo, don Juan Bautista y doña María Isabela Lomelín, hijos y herederos de Ambrosio Lomelín, Asentista de Su Majestad para la provisión de negros en estas partes de las Indias, su fecha en la villa de Madrid a 28 de octubre de 1670 ante Pedro de Viana Morales, Escribano de Su Majestad. En virtud de dichos poderes vende al Capitán Bartolomé Sánchez de Orduña, vecino de la ciudad de los Ángeles, seis piezas de esclavos varones y una pieza hembra de dicha armazón, en precio de [430] pesos de oro común cada pieza, montando las siete 3 010 pesos, cantidad que el Capitán Sánchez se obliga a pagar de la siguiente manera, 1 000 pesos en el despacho de la flota al presente surta en el puerto de San Juan de Ulúa, a cargo del General don Pedro Corbete, y los 2 010 pesos restantes dentro de seis meses, en reales de plata doble del cuño mexicano o columnario, saliendo como su fiador el Capitán Joseph [José] Blanco.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0043-PX_0043_0204 · Stuk · 03/09/1772
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio Sáenz de Santa María, don Juan Santiago Lobo y don José Antonio de la Pedreguera, vecinos de este pueblo de Jalapa, dijeron que estando próximo a encargársele a don Miguel Antonio de Zavaleta, vecino de la Ciudad de Los Ángeles, el asiento de la provisión de víveres de las armadas y presidios de Su Majestad, con el gravamen de dar 15 fiadores de a 2, 000 pesos cada uno, para caucionar la Real Hacienda con los caudales que se le anticipen para compras de trigo, y por razón que ha suplicado que los tres otorgantes salgan por sus fiadores, otorgan poder especial a don Miguel Antonio de Zavaleta, para que los obligue por sus fiadores de a 2, 000 pesos cada uno a favor de la Real Hacienda, para la caución en parte de lo que se le diere y anticipare en calidad de habilitación y los constituya lisos, llanos y principales pagadores.