El Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad y Procurador Mayor de sus propios y rentas, otorga en arrendamiento a don Jerónimo de Laesa, vecino de esta villa, caballería y media de tierra de las que a dichos propios pertenecen. Mismas que corren desde donde rematan las que también tiene arrendadas el cabildo al Capitán don Manuel de Rosas, hasta la brecha que divide las tierras de esta villa, de las que antiguamente tomó Juan de Piña, difunto, tomando por donde antiguamente tenía el rancho Nicolás de Bolaños, que son las mismas tierras que le hizo traspaso el susodicho a Bartolomé Moyano y éste a Juan Francisco de las Nieves, quien la poseyó hasta el mes de mayo de 1717. Las arrienda por nueve años que empiezan a contarse desde el mes de marzo de 1717, por precio de 18 pesos anuales, con las condiciones siguientes: en caso de que tuviera que traspasar el citado rancho y tierra dará parte al señor procurador que fuere del cabildo, y Jerónimo deberá hacer dos padrones, entregando uno al cura que fuere de esta villa, y el otro al señor alcalde mayor, señalando en cada uno de ellos la gente de salario que tiene en cada rancho, sus nombres naturales, estado civil y los nombres de sus mujeres, y si son mulatos o indios cobrarles el tributo para entregarlo al alcalde mayor. Y él se obliga a respetar esta escritura, señalando que no le será quitada, pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar, por el mismo tiempo y precio.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOARRENDAMIENTOS
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Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento al Cabo de Escuadra Ignacio Díaz de Aday Perdomo, vecino de la villa de Córdoba, 2 caballerías de tierra que pertenecen a este cabildo, en el monte que llaman de Totutla, legua y media de esta villa, las cuales lindan por la parte del oriente con tierras que este cabildo tiene arrendadas a Melchora de los Reyes, viuda de Domingo Martín y hoy mujer legítima de Diego Antonio de Villegas; por el poniente linda con otras tierras de dicho cabildo; por el sur con el camino real; y por el norte río Seco. Las arrienda por nueve años y precio de [roto].
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a Felipe de Rivera, vecino de esta villa, un pedazo de tierra en que tiene su rancho, de las pertenecientes a los propios de esta villa, que por el oriente linda con rancho de Nicolás del Monge; por occidente con Andrés Carpintero; por el norte con las tierras de Tlacotengo; y por el sur con el camino real de los carros. Lo arrienda por nueve años a partir del 15 de marzo pasado y por precio de 5 pesos 2 reales cada año, bajo las condiciones que se mencionan.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a Diego Carretero, vecino de esta villa, tres suertes de tierra y algunas varas cuadradas más, en donde tiene su rancho, de las pertenecientes a los propios de esta villa, en el paraje nombrado el Palotal, que por oriente linda con rancho de Bartolomé Moyano y Juan Rodríguez del Pulgar; por el poniente con camino de los Mitres, con Sebastián de Aragón en dos partes, y con Juan Abad y Francisco Rota; por el norte con río Seco; y por el sur con dicho camino de los Mitres y dicho Juan Rodríguez del Pulgar. Lo arrienda por nueve años a partir del 15 de marzo pasado, por precio de 3 pesos un real cada año, bajo las condiciones que se mencionan.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon José de Valdivieso y Adrián Rodríguez, negros libres, [roto] [Alcaldes] del pueblo de San Lorenzo Serralbo [Cerralvo], jurisdicción de esta villa de Córdoba; Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; Carlos Manuel y Pascual de Chávez, Regidores de dicho pueblo; con licencia del Alcalde Mayor, otorgan en arrendamiento el mesón del pueblo a Felipa Josefa Largache, parda libre, [ilegible] por tiempo y espacio de dos años, en precio de 50 pesos en cada año [ilegible]. Dicho arrendamiento se hace bajo las siguientes condiciones: Que dichos alcaldes y regidores, en virtud de la notificación que les ha hecho el Señor Alcalde Mayor, no consentirán el que los vecinos de dicho pueblo en sus casas alojen a ningún pasajero, sino que reconozcan al mesón de comunidad por estar arrendado y pagar la dicha Felipa Josefa de Largache los 50 pesos todos los años a dicha comunidad “y especialmente en casa de Verónica, Pascual de Europa y Lázaro Díaz”. Es condición que los otorgantes han de acabar de techar la caballeriza y cercar el solar del mesón y todo lo necesario para el resguardo de las cabalgaduras de los pasajeros. Es condición que los dichos alcaldes y regidores y el común de dicho pueblo, no han de molestar, perjudicar, ni dañar en cosa alguna a la dicha Felipa Josefa, durante los dos años de este arrendamiento, y que los 10 pesos 4 reales que restan, cumplimiento a dichos dos años, no le serán pedidos ni demandados hasta el último mes cumplimiento de dichos dos años.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de ganado mayor, de labor y de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga en arrendamiento a Pedro de Triana, vecino de esta villa, 2 caballería de tierra que posee en términos de ella, en la subida a la barranca que llaman de Chocamán y camino real que va al pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], en una joya y loma sobre la mano izquierda, que lindan con dicho camino real y el río que va al despeñadero, en cuyas tierras tenían sus ranchos Diego de la Cruz, alias el Chino, y Nicolás de Linares. Las arrienda por nueve años y 60 pesos anuales. Entre las condiciones que se estipulan, menciona que le hace este arrendamiento a Triana, con tal de que le cuide, como guardatierras, de sus ganados vacunos, torada y caballada que salen por dicho camino Real y demás portillos, de que ha experimentado el otorgante muchos daños en los años pasados por los arrendadores que ha tenido en dichas tierras. Asimismo, es condición no meter más de dos personas en dichas tierras y no sembrar otra cosa más que tabaco y maíz, y no construir casas firmes, solo las que ocupe para la cosecha del tabaco y su vivienda, entre otras condiciones que se mencionan.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a Diego Nieto, vecino de esta villa de Córdoba, tres cuartos de caballería de tierra laborea pertenecientes a los propios de esta villa, que están en el paraje de los Cinco Encinos, que por el oriente lindan con Juan de Domínguez, alias Turada; por occidente con Diego de Osses; por el norte con María González; por el sur con el arroyo de Acatengo y Lucas de Arzabal. Las arrienda por nueve años a partir de fines de marzo pasado, por precio de 9 pesos 3 reales en cada año, bajo las condiciones que se mencionan.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a Alonso Bueno, vecino de esta villa, una caballería de tierra perteneciente a los propios de esta villa, en el paraje nombrado los Barbechos, que por poniente linda con Teresa Barbosa; por oriente con don Salvador Martínez de Abrea; por el norte con camino que llaman de los Barbechos; por el sur con otro camino que sale de esta villa y que se va juntando con el camino real de los carros. La arrienda por nueve años y 12 pesos 4 reales cada año, con las condiciones de no sembrar en dichas tierras caña dulce, sólo tabaco, y no construir casas firmes, entre otras que se mencionan.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a Marcos Trujillo y Molina, alias Yslagos, vecino de esta villa, una caballería de tierra y un solar de tierra perteneciente a los propios de esta villa, que por oriente linda con José González; por occidente con Pascual de Molina; por el norte con Pedro Ibáñez; por el sur con María Benítez de Suerte; que por las partes de norte y sur corren dos arroyos que se originan en Tlacotengo y corren por oriente y en medio de ellos están las dichas tierras de dicho Yslagos. Las arrienda por nueve años y 8 pesos 3 reales por cada año, con las condiciones de no sembrar en dichas tierras caña dulce, sólo tabaco, y no construir casas firmes, entre otras que se mencionan.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a José Trujillo, vecino de esta villa, tres cuartos de caballería de tierra laborea perteneciente a los propios de esta villa, que lindan por el oriente con camino real que va a Chocamán; por el occidente con Juan Gutiérrez; por el norte con la sabana del camino que sale de esta villa para Chocamán; y por el sur con Juan Íñiguez de la parte de arriba, ganando hacia abajo y tomando por lindero el [ilegible], con las condiciones de no sembrar en dichas tierras caña dulce, sólo tabaco, y no construir casas firmes, entre otras que se mencionan. Arrienda dichas tierras por tiempo y precio de [ilegible].
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO