Miguel de Prado, vecino del pueblo de Orizaba, otorga poder al Doctor don Joseph [José] Ossorio [Osorio], vecino de la ciudad de México, Abogado de la Real Audiencia, para que a nombre de él arriende de don Luis de Monroy, vecino de la dicha ciudad de México, una hacienda de vacas nombrada Xuxuicapa [San Agustín Jujuicapa], ubicada en la jurisdicción de Cosamaloapan, que es del mayorazgo de don Diego Guerrero, y actualmente posee el citado Luis de Monroy, cuyo arrendamiento haga por el tiempo que le pareciere hasta por nueve años, por precio en cada uno de 2 000 pesos, bajo las condiciones que la tiene arrendada al presente don Pedro de Noval.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOARRENDAMIENTOS
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Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que da su poder al Tesorero Miguel de Prado, vecino del pueblo de Orizaba, para que en el arrendamiento que le hiciere don Luis [de] Monroy, vecino de la ciudad de México, dé una hacienda de vacas que tiene y posee por bienes del mayorazgo que fue de don Diego Guerrero, nombrada Xuxuicapa [San Agustín Jujuicapa], en la jurisdicción de Cosamaloapan, lo obligue como su fiador y principal pagador y juntamente con él de mancomún acuerdo, a que dará y pagará al dicho don Luis de Monroy 1 000 de oro común en cada uno de los años que corrieren de dicho arrendamiento.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán don Tomás López de Sagade, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que da en arrendamiento a Juan Manuel de Uriola, Profesor de Cirugía, vecino de esta villa, una casa de vivienda que tiene en la calle Real, que fue de Joseph [José] de Brito [Lomelín] “el Viejo”, por tiempo de un año y en precio de 120 pesos de oro común. El pago del arrendamiento se distribuye de la manera siguiente: 72 pesos de ellos por la tienda, alto y aposento de dicha casa y los 48 pesos restantes por el alquiler de la sala y alto que sobre ella está.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODoña María de Arteaga y Sotomayor, vecina del pueblo de Cosamaloapan, residente en esta villa de Córdoba, viuda de don Lorenzo Gómez de Espinosa, de quien es albacea testamentaria, tutora y curadora de sus hijos, otorga poder a su hijo el Bachiller don Francisco Salvador Gómez de Espinosa, Clérigo Diácono, vecino de dicho pueblo de Cosamaloapan, para que en su nombre dé en arrendamiento al Capitán don Joseph [José] Gómez de Espinosa y a don Miguel Gómez de Espinosa, hijos de la otorgante, las haciendas de ganado mayor nombradas Chiltepec, en la jurisdicción de Cosamaloapan; el Pedregal, en el partido de Acayucan; y la mitad de la hacienda de ganado mayor nombrada Otapa, jurisdicción de Tuxtla. El arrendamiento será por tiempo de cinco años, a partir del 24 de junio próximo, por precio de 500 pesos de oro común anuales, libres de gastos y de la paga de los diezmos y pensión de 275 pesos de réditos anuales, que en dotes de capellanías pesan sobre dichas haciendas impuestos a censo principal redimible. Asimismo, otorga poder para que cobre y reciba los caballos y ditas de vaqueros que le pertenecen a ella y a los bienes de su marido, concernientes de la compañía que tuvo su esposo, en la hacienda de ganado mayor de Guerrero, con don Pedro de Noval, vecino de la jurisdicción de Tuxtla.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALJuan de la Mata, vecino de la jurisdicción de Cosamaloapan, y el Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder de Miguel de Prado, vecino del pueblo de Orizaba y arrendatario de la hacienda de ganado mayor nombrada San Agustín Xixuihcapan [Jujuquiapa] en la jurisdicción de Cosamaloapan, hacen compañía en el arrendamiento de dicha hacienda de San Agustín, la cual es propiedad de don Luis Moreno de Monroy Guerrero, vecino de la ciudad de México, quien la arrendó por tiempo de nueve años y por precio 2 200 pesos de oro común anuales, pagados por mitad cada seis meses, cuya compañía se da mediante las condiciones que se expresan en esta escritura.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL[Diego Flores] vecino del pueblo de Orizaba, se obliga de pagar al [Bachiller Gaspar Durán] Clérigo Presbítero, a doña María, doña Antonia y Josepha [Josefa] de Cárdenas Durán, hermanas, vecinas del pueblo de Quichula [Quechula], provincia de Tepeaca, 250 pesos de oro común, por otros tantos que dicho Bachiller y él convinieron en la dependencia del arrendamiento de doscientas cabras y sesenta y ocho ovejas que Pedro Durán, padre de los susodichos, le arrendó, y por el valor de las dichas 200 cabras que dejó de entregarle, cantidad de pesos que pagará a los susodichos a razón de 40 pesos anuales que empezarán a correr desde hoy día de la fecha hasta que dicha cantidad quede satisfecha. Y estando presente Joseph [José] de Bonfil, vecino de Quechula, apoderado de los susodichos, señala que acepta lo contenido en esta escritura, y menciona que recibió de Diego Flores, a cuenta del primer plazo, dos bueyes mansos concertados en 10 pesos y dos novillos que se le han de abonar al susodicho.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALLope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa de Córdoba, declara que por cuanto Nicolás de Saldaña, vecino de la ciudad de [Tepeaca], arrienda del Capitán Juan Isidro de Pardiñas, Caballero del Orden de Santiago, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de la ciudad de los Ángeles, una hacienda nombrada San Cristóbal, que tiene en la jurisdicción de Tepeaca, cuyo arrendamiento es por tiempo de siete años en precio de 900 pesos en cada uno de ellos, para cuyo efecto le ha pedido salga por su fiador de dicho arrendamiento. Y a razón de lo anterior lo pone en ejecución y otorga que da su poder a dicho Nicolás de Saldaña para que lo constituya como su fiador y principal pagador durante dicho arrendamiento.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALNicolás Gómez, vecino de esta jurisdicción, como curador ad bona y administrador de los bienes de María Díaz, viuda de Alonso [Galván], otorga que da en arrendamiento a Gerónimo [Jerónimo] Sánchez, marido y conjunta persona de Pascuala Galván, un rancho plantado de piña, ubicado en términos de esta villa; [roto] 1 800 brazas de a dos [roto] planta de piña, más dos machetes y [una asada], cercado de madera. El arrendamiento es por tiempo de [seis años] contados a partir del mes de marzo del presente año, por la cantidad de [300] pesos.
ALONSO GARCÍA VALERO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOAntonio de Brito [Lomelín], Mayordomo de los Propios y Rentas de esta villa, otorga que da en arrendamiento a Manuel Pita Pereira, criador de ganado mayor, vecino del partido de Amatlán, el herbaje del comedero que llaman del cerro de Zacatepeque [Zacatepec], ubicado en término del ejido y dehesa de esta villa; el cual linda y corre dicho comedero con tierras del Capitán Juan de Miranda, por la parte del sur; y por la del norte con comedero que dicen de Salas y alto del despeñadero; por la banda del poniente con la barranca de Chocamán y la barranca abajo hasta los linderos de Juan García Caballero, y volviendo [hasta] el ejido de esta villa por los linderos de las tierras del Alférez Juan [García] Valero y Capitán Juan de Miranda [roto]; con ejido según como lo tenía [arrendado] Francisco López de Villavicencio. El arrendamiento es por tiempo de cuatro meses, que empiezan a correr desde la fecha de esta escritura en precio de 28 pesos de oro común.
ALONSO GARCÍA VALERO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOPedro de Cuéllar Caballero, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre de Juan López de Velasco, vecino del pueblo de Orizaba, arrendó el rancho que hoy tiene en arrendamiento Juan Francisco en el paraje llamado de la Lagunilla, junto a la barranca de Chocamán de esta villa. Por lo cual obliga a su parte a pagar 16 pesos de oro común cada año de 6 por que hace este arrendamiento.
JUAN GARCÍA VALERO, JUEZ RECEPTOR