ARRENDAMIENTOS

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0037 · Unidad documental simple · 1840/03/13
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Marcos Díaz Aparicio, como mayordomo de la cofradía de Ánimas de esta parroquia, otorga en arrendamiento a don Gervasio Rodríguez, de esta vecindad, una casa con todo el terreno que le pertenece, situado en la loma de los Berros, conocida por de Posadas, la que hoy día corresponde en propiedad a dicha cofradía de Ánimas, cuyo arrendamiento lo hace por nueve años a partir del día primero del presente mes, por precio de 25 pesos anuales, bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0157 · Unidad documental simple · 1840/12/07
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Javier Arias, de esta vecindad, dijo que habiendo sabido por la señora su esposa que se trataba de hacerle una notificación respecto a una protesta que ha hecho el licenciado don José María Cordera, en razón al contrato de compañía celebrado últimamente con don Lorenzo Fernández por no haber cumplido dicho letrado con las condiciones que pudieron haberlo habilitado para recibir la hacienda de Zimpizahua en arrendamiento, cree el comparente que está en el caso de protestar como lo verifica una, dos, tres veces y cuantas más sean necesarias por derecho contra la protesta del expresado señor Cordera, y además por los daños, perjuicios y menoscabos que ha sufrido a causa del mismo señor Cordera por la falta de cumplimiento en su contrato; y que sin perjuicio de la indemnización de que hace mérito el comparente, en obsequio de la buena armonía y en ahorro de otros disgustos, le propone al repetido señor Cordera el plazo de quince días para que dentro de ellos precisamente, dando las garantías a que se obligó por la escritura de arrendamiento y mediante la previa composición con el nominado don Lorenzo Fernández sobre el pago de lo que éste alcance, reciba en arrendamiento dicha hacienda de conformidad con lo convenido, y pasado este término quede cancelada la relacionada escritura y obligado el señor Cordera a los daños arriba expuestos.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0104 · Unidad documental simple · 1708/09/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que debe y se obliga de pagar al Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición en ella, 1 000 pesos de oro común en reales, los mismo en que lo alcanzó de cuentas del arrendamiento de la dicha hacienda, que fue a su cargo y mejoras que en ella hizo, los cuales se obliga a pagará en dos años con sus respectivos réditos de 5 por ciento.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0019 · Unidad documental simple · 1709/01/19
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez don Miguel Jerónimo Maldonado, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre de doña María Jiménez, su legítima mujer, tutora y curadora de las personas y bienes de sus menores hijos y de Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, su primer marido, difunto; otorga en arrendamiento a Juan Antonio López, residente en esta villa y vecino del pueblo de Orizaba, el mesón y casa de hospedaje que su mujer tiene y posee en esta villa, compuesta de diez cuartos bajos, cinco de piedra y cinco de tablas, pozo, caballeriza, ocho colchones y lo demás que se detalla en una memoria que entrega al arrendatario. Lo arrienda por tiempo de 3 años por precio de 120 pesos anuales, que le ha de pagar por sus tercios corridos cada cuatro meses.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0100 · Unidad documental simple · 1709/08/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Miguel Jerónimo Maldonado, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de María Jiménez, su legítima mujer, tutora y curadora de las personas y bienes de sus menores hijos y de Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, su primer marido ya difunto; y en virtud de poder que le confirió la susodicha, por la presente otorga en arrendamiento a Juan de Guzmán, vecino de la nueva Ciudad de la Veracruz y residente en esta villa, el mesón y casa de hospedarse que la susodicha y sus menores hijos tienen y poseen en esta villa; dicho mesón se compone de diez cuartos bajos, cinco de piedra y cinco de tablas, cubierto de teja, con un pozo y caballeriza; asimismo, una casa de vivienda con su tierra, sala, un cuarto en esquina que sirve de tienda, su corredor y dos cuartos de tablas, con su horno, su pozo y un jacal, todo cercado de piedra y unas paredes por dentro levantadas para un cuarto por techar. Dicho mesón y casa se ubican en la calle que sale de la plaza Pública para el camino que va a la Nueva ciudad de la Veracruz; por una parte, linda con solar de Domingo Merodio y por el otro lado hace esquina, calle en medio, con casa del Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura; hace frente, calle en medio, con casas que fueron de Benito Rendón, difunto; y por el fondo, calle en medio, con solares eriazos. Otorga el arrendamiento por cuatro años y 300 pesos cada año, que le ha de pagar por tercios corridos cada cuatro meses.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0017 · Unidad documental simple · 1702/04/03
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              José de Leiva, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto tiene una hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción nombrada San Miguel, en el pago que llaman de Totutla, la cual tiene en arrendamiento desde 1693 a su hijo, el Regidor Miguel de Leiva Esparragosa, con todos los bienes que la componen que importaron 16 911 pesos y 6 reales que era el valor que entonces tenía dicha hacienda, cuyo arrendamiento se hizo por la cantidad de 1 500 pesos anuales. Asimismo, dijo que los pagos del arrendamiento están al corriente y que Miguel de Leiva ha hecho muchas mejoras, subiendo de valor dicha hacienda, y por cuanto está próximo el término de dicho arrendamiento y porque en una de las condiciones de éste dice que cumplido el tiempo se había de reconocer y avaluar la dicha hacienda, y de todas las mejoras que en ella hubiese, las había de recibir José de Leiva pagando su valor a su hijo, y de no ser así, Miguel de Leiva sacaría dichas mejoras como bienes que le pertenecen. Y reconociendo que las mejoras son muchas y que han de importar muchos pesos, aunado a que el otorgante se haya imposibilitado para pagar, han convenido en vender dicha hacienda a su hijo por el mismo precio en que fue valuada cuando se hizo el arrendamiento; por lo tanto, otorga que vende a don Miguel de Leiva dicha hacienda de trapiche de hacer azúcar, en la misma cantidad de pesos que valía cuando la recibió en arrendamiento, cuya paga se obliga a hacer en los plazos y condiciones que se mencionan en la escritura.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0070 · Unidad documental simple · 1703/05/12
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Hipólito del Castillo de Altra, vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes del Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza y de doña María Altamirano, sus difuntos suegros, nombrado por tal en el testamento que otorgaron; asimismo, tutor y curador ad bona de la persona y bienes del Bachiller don José del Monge y Mendoza, hijo de dichos difuntos, menor de veinticinco años y mayor de catorce; y marido y conjunta persona de doña Nicolasa del Monge y Mendoza, hija de los susodichos. Asimismo, dijo que como costa por autos que se siguieron ante la Real Justicia de esta villa, le fueron adjudicados los bienes que dichos difuntos poseían en esta villa, como también la hacienda de trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, en esta jurisdicción, como otras dos de labor que están en la jurisdicción de Teguacan [Tehuacán]; por lo cual, se obligó a pagar a cada uno de los herederos lo que legítimamente le hubiere de haber por su herencia. Y como legítimo dueño de dichos bienes, otorga que da en arrendamiento a Juan de Esparragosa, residente en esta villa y vecino de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], una hacienda de labor nombrada El Humilladero, que tiene en jurisdicción de dicha ciudad, con sus entradas y salidas, aguas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, y con todo lo que le pertenece. Dicho arrendamiento será por tiempo de dos años que comienzan a contar a partir del 24 de junio de que viene de este presente año, por precio de 475 pesos cada un año; cuya cantidad Juan de Esparragosa se obliga a pagar y para su mayor seguridad ofrece por su fiador al Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa y dueño de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0172 · Unidad documental simple · 1703/12/20
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor don Juan Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba y su jurisdicción por Su Majestad, como Procurador Mayor nombrado por los Señores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, para todas sus causas y negocios, cobrar sus propios, arrendarlos y todo los demás que debe hacer cualquier procurador; otorga que da en arrendamiento a Lucas de Yarzabal, vecino de esta villa, una caballería de tierra de las pertenecientes a los propios de esta villa, que está a la linde de las tierras que tiene en arrendamiento Alonso Galván; por el sur con una joya donde está una laguneta que se hace una ciénaga; por el poniente linda con la casa de Juan de Figueroa y sale corriendo derecho a dar en donde tiene su rancho Juan Íñiguez. El arrendamiento lo hace por nueve años que empieza a contarse desde el primero de junio pasado de este año, por precio de 12 pesos de oro común anuales.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0071 · Unidad documental simple · 1704/10/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San José, en esta jurisdicción, otorga poder general al Licenciado Cristóbal Dávila, Clérigo Presbítero, su primo y vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales, eclesiásticos y seculares, comenzados o por comenzar, demandados o defendiendo, con cualesquier personas, de cualquier estado y en cada uno, parezca ante Su Majestad y señores de sus Reales Consejos, Audiencia y Cancillerías. En segundo lugar, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre de todas y cualquiera persona de sus bienes y albaceas, cajas reales y de difuntos y de quien con derecho pueda y deba todas y cualesquier cantidades de pesos, reales, joyas, esclavos, mercaderías y otros cualesquier géneros que se le deban. En tercer lugar, para que lo pueda obligar como principal o como su fiador principal pagador, juntos de mancomún, hasta cantidad de 4 000 pesos de oro común, obligándole a la paga de ellos en los plazos y con los premios que más bien visto fuere o cargándolos a censo redimible a favor de cualquier personas, conventos, capellanías, obras pías u otras partes donde los hallare y en especial y señaladamente sobre la dicha su hacienda de fabricar azúcar, a razón de 5 por ciento anuales, así como, obligándole a pagar sus réditos. En cuarto lugar, le da poder al susodicho para que pueda hacer con sus deudores cualesquier conciertos, esperas, transacciones, y quitas. Y, por último, para que pueda arrendar, en dicha ciudad de los Ángeles, una casa la que le pareciere a propósito, por el precio, plazos y tiempo que por bien tuviere, otorgando a su favor escritura de arrendamiento en forma.

              JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0033 · Unidad documental simple · 1707/03/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de ella, residente en esta villa de Córdoba; don Jerónimo Hernández, Gobernador actual del pueblo de San Jerónimo Sentla [Zentla] de esta jurisdicción; don Pedro Jiménez y don Andrés Jiménez, Alcaldes; Martín Jiménez y Diego Hernández, Regidores; Andrés Hernández, Alguacil Mayor; don Juan Jiménez y don Martín de Olmos, Gobernadores pasados de dicho pueblo; dijeron que tuvieron pleito ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, con el Capitán don Francisco de Torija Ortuño, Regidor Perpetuo de la ciudad de los Ángeles, dueño de haciendas de ganado menor y de labor, padre del citado don Sebastián de Torija, sobre el derecho a las tierras de la loma que llaman Mataluca [Matlaluca], que están a una legua poco más o menos del pueblo de San Jerónimo Zentla. Asimismo, señalaron que los señores de la Real Audiencia dieron sentencia y ampararon a los naturales sobre la propiedad de la loma en lo más inmediato a su pueblo, las 2 400 varas a 600 por cada viento, y las tierras que quedaron fuera de dichas medidas le tocaron al citado Francisco de Torija Ortuño. También informaron que el 25 de febrero del presente año el Bachiller don Lorenzo de Cabrera, Presbítero, medidor nombrado por el superior gobierno de esta Nueva España, midió las tierras en la loma de Mataluca [Matlaluca], por la parte más inmediata al referido pueblo de San Jerónimo Zentla y después de medidas las 600 varas por cada viento, señalando linderos, se les dio posesión a los naturales, quedando fuera de dichas medidas como tres cordeles de a 50 varas cada una y un ranchito de vacas de dichos naturales, los cuales pasaron a ser propiedad del Bachiller don Sebastián de Torija. Por lo que ahora, en esta presente fecha, los otorgantes han convenido y transigido en hacer una escritura de arrendamiento bajo las condiciones siguientes: Primeramente, el Bachiller don Sebastián de Torija concede plena facultad a los naturales para que entren en sus tierras, pasteen sus ganados mulares y caballares, como no sean vacunos y que no perjudiquen a sus ganados, así como a sus montes, cultivos de milpa, por cuya razón le han de pagar de arrendamiento 50 pesos en cada un año. Segundo, es condición de esta escritura que se han de obligar los naturales a construir la puente que llaman el paso del Cuarto, por donde conduce sus ganados y los de su padre, que siempre la tendrán permanente y en caso de caerse la han de aderezar y componer a su costo. Tercero, es condición que este arrendamiento y transacción ha de durar y permanecer en toda su vida o hasta que sucedan a otro poseedor. Finalmente, los citados gobernador, alcaldes y demás naturales de dicho pueblo de San Jerónimo Sentla [Zentla], habiendo visto y entendido esta escritura por José Márquez, intérprete, dijeron que la aceptaban y se obligaban a los demás naturales a pagar los 50 pesos en cada un año y a hacer la dicha puente.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO