El Capitán Andrés Felipe de Flores, vecino de esta villa de Córdoba, se obliga de pagar al Capitán don Francisco Negrete, almacenero y vecino de la ciudad de México, a saber 1 100 pesos de oro común en reales de 8 reales de plata cada uno, mismos que por hacerle favor le prestó en reales de contado. Cantidad que pagará al susodicho o a quien en su poder hubiere dentro de seis meses de la fecha de esta escritura en adelante, sin pleito alguno, pena de la ejecución y costas de su cobranza.
JOSÉ DE SEGURA Y CEBALLOS, JUEZ RECEPTORALMACENEROS
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El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil de esta villa de Córdoba, Regidor Perpetuo en ella, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; y el Capitán Gaspar Rendón, mercader, vecino de esta villa; juntos de mancomún acuerdo otorgan poder general al Capitán don Pedro González de Mores, vecino de la ciudad de México, mercader y almacenero en ella, para que representando sus personas parezca ante don Francisco Rodezno, Juez Privativo del Real Derecho de Alcabalas de esta Nueva España, y haga las posturas y mejoras a las Reales Alcabalas de esta villa, San Antonio Huatusco y su jurisdicción por tiempo de nueve años, en la cantidad de pesos y con las calidades y condiciones que le comunicarán por cartas misivas, obligándose a que harán los enteros en las reales cajas de dicha ciudad de México en los tiempo y plazos que ajuste a favor de Su Majestad.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO