El Capitán Alonso de Alba, vecino del pueblo de Jalapa, Teniente Receptor y Recaudador General de las Reales Alcabalas de esta jurisdicción y sus Ramos, solicita la cancelación de una escritura, cuya copia exhibió, hecha en San Juan de los Llanos, donde consta haberse puesto las Reales Alcabalas de dicha jurisdicción, Tetela y Jonotla en administración de don Juan Vaquier, por don Tomás Rajadel, Administrador de las mismas, obligándose dicho Vaquier como principal y don Pedro Fermín de Ochoa y don Ignacio Mercado como sus fiadores, dejando vigente solamente la obligación y fianza de Vaquier e Ignacio Mercado.
ALCABALAS
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Juan Ricardo de Guzmán, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga a favor de los mercaderes y comerciantes de este pueblo de Jalapa y su jurisdicción, las Reales Alcabalas de Jalapa, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa, Papantla, Tetela y Jonotla, que se remataron en la Real Almoneda de la Ciudad de México, por el periodo de 5 años con un precio de 3, 305 pesos pagaderos cada fin de año, mismas a las que renuncia y traspasa a la vecindad antes mencionada, y en su nombre a los capitanes don José Robledano de Cárdeña, don Bartolomé de Castro, el Alférez, Laureano Fernández de Ulloa y a José Antonio de Acosta. \r\n
Don José Robledano de Cardeña, vecino de este pueblo, apoderado de don Agustín López Valdez, vecino de la Ciudad de México, da en arrendamiento a don Miguel Guerrero Bustamante, vecino de San Juan de los Llanos, las alcabalas de los partidos de Tetela y Jonotla, por tiempo de 5 años, con una paga de 150 pesos cada año.
Don Francisco de Selas y Valdivia, vecino del pueblo de Perote, jurisdicción de Jalapa, se obliga a pagar a don Diego Suárez de la Cueva, la cantidad que lastare por él en la fianza de 1, 500 pesos por la recaudación de reales alcabalas del partido de Jalacingo, agregada a San Juan de los Llanos, a cuyo efecto le dio como fiador al propio Suárez de la Cueva.
Don Luis Antonio Ortiz de Zárate, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a su hermano don Juan Nepomuceno de Acosta, para que en su representación acepte la escritura de subarrendamiento que en la cabecera de San Juan de los Llanos se le ha de otorgar por don Juan Vaquier, por la recaudación y cobranza de las alcabalas que se generen en el partido de Tepeyahualco, durante 5 años, al precio de 150 pesos anuales o por tercios de contado, obligando al otorgante a pagar dicha pensión.
El Capitán Ignacio de Ledezma Mercado, vecino de San Juan de los Llanos, junto con don Andrés Pérez, vecino de Tetela, y don Pedro López, vecino de San Juan de los Llanos, han acordado que don Laureano Fernández de Ulloa, arrendador de las alcabalas de la provincia de San Juan de los Llanos y del Real y Mina de Tetela, en la cantidad de 1,800 pesos, por mandato del difunto don Ignacio de Ledezma Mercado, padre del otorgante, por lo que el declarante ha convenido con Andrés y Pedro, que se le obligue como fiador y principal pagador de los mismos a favor de dicho Laureano, con la condición de que le otorgue poder para cobrar las mencionadas alcabalas.
Los Capitanes Juan Antonio de Zavalza, Alonso de Alba, y Gaspar de Olavarrieta, el Teniente Pedro de Parraga Robledano, Joaquín Ildefonso de Torquemada, Manuel de Eguía, y el suegro de este último, Manuel de Olmedo, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder especial al Alférez Real Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo, para que se obligue como principal deudor y los obligue como fiadores y pagadores de las posturas, pujas y mejoras que por bien tuviere hacer al arrendamiento de Reales Alcabalas de este pueblo, Jalacingo, Teziutlán, San Juan de los Llanos, Atempa, Papantla, Jonotla.
El Capitán don José Robledano de Cardeña, vecino de este pueblo, con poder especial que le otorgó don Agustín López Valdéz, para que se hiciera cargo de la administración de las alcabalas de los partidos de Tetela y Jonotla; otorga en substitución el citado poder a don Miguel Guerrero Bustamante, vecino de San Juan de los Llanos.
Los Capitanes don José Robledano de Cardeña, don Bartolomé de Castro, don Laureano Fernández de Ulloa y don José Antonio de Acosta vecinos de este pueblo, como apoderados de este vecindario, traspasan el citado poder a don Juan Ricardo de Guzmán, vecino de esta jurisdicción, para la recaudación, cobranzas y otras diligencias en las Reales Alcabalas de los lugares de Jalacingo, Teziutlán, Atempa, Papantla y San Juan de los Llanos.