Don Francisco Domínguez, don José Modesto y don Francisco Rosado, naturales de España y vecinos de este pueblo de Naolinco, otorgan poder especial a don Félix José de los Reyes, para realizar una escritura de las alcabalas de este partido, compareciendo ante las justicias que se requieran para elaborar y hacer válida dicha escritura.
ALCABALAS
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El Capitán Ignacio de Ledezma Mercado, vecino de San Juan de los Llanos, junto con don Andrés Pérez, vecino de Tetela, y don Pedro López, vecino de San Juan de los Llanos, han acordado que don Laureano Fernández de Ulloa, arrendador de las alcabalas de la provincia de San Juan de los Llanos y del Real y Mina de Tetela, en la cantidad de 1,800 pesos, por mandato del difunto don Ignacio de Ledezma Mercado, padre del otorgante, por lo que el declarante ha convenido con Andrés y Pedro, que se le obligue como fiador y principal pagador de los mismos a favor de dicho Laureano, con la condición de que le otorgue poder para cobrar las mencionadas alcabalas.
Don Juan Antonio Pardo y don Francisco Cia, ambos de este comercio y vecindad, otorgan poder especial a don Miguel José Ussi, Oficial de la Contaduría del Real Tribunal de Cuentas de México, para que en sus nombres otorgue una escritura de obligación y fianza hasta por la cantidad de 4 000 pesos, de a 2 000 cada uno, caucionando a la Real Hacienda por las rentas que de alcabalas, Aguardiente de Caña, Amortización, pulperías y otros ramos entran a su poder.
El Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, dueño del ingenio La Santísima Trinidad, se obligó a pagar al Contador Don Perafán de Rivera y Alarcón, vecino de la ciudad de México, Juez, Contador, Administrador General de las Reales Alcabalas, Unión de Armas y Armada de Barlovento de Nueva España, como albacea del Contador Don Alonso Camargo, difunto, cesionario de su tío el Lic. Don Diego Fernández de la Higuera, mil pesos de oro común que les restan debiendo de una ejecución de1600 pesos; los 500 pesos para mediado del mes de enero de l669, y los 500 restantes, para fin del mes de mayo del año mencionado
Don Melchor Francisco Sánchez, arrendatario de las reales alcabalas de Su Majestad de las provincias de San Juan de los Llanos, Teziutlán, Jalacingo y las de este pueblo de Jalapa, vecino de la ciudad de México, persona en quien se remataron las alcabalas por tiempo de cinco años, a razón de mil pesos anuales; y por no poder asistir personalmente en este pueblo, dio su poder cumplido a Bartolomé de Castro, mercader, vecino de Jalapa, para que en su nombre, pida, reciba y cobre, de cualesquier personas que debieren dicha alcabala, así vecinos de esta jurisdicción como de entrantes a comerciar en ella, a razón de 6 por ciento.
El Capitán Bartolomé de Castro, de la Compañía Miliciana del Batallón de Jalapa, don Juan de Medina Carabeo, Miguel Jerónimo López de Ontanar, el Capitán Antonio de Campo, el Alférez Juan Meléndez Favio, entre otros vecinos de este pueblo, otorgan poder al Alférez Pedro Román, de la Compañía del Real Palacio de la Ciudad de México, para que en nombre de esta provincia, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa, Jalacingo, Papantla, Tetela y Jonotla, comparezca ante los señores jueces y oficiales de la Real Hacienda y obligue a esta provincia y su vecindad, a la paga de los 2 mil pesos en fin de cada uno de los 6 años por el remate de las Reales Alcabalas hechas en don Melchor Francisco Sánchez.
El Alférez Sebastián de Flores Moreno, el Tesorero Miguel Jerónimo López de Ontanar, Juan Prieto Rendón, Diego de la Torre Arnate, el Capitán Antonio de Campo, Juan Bravo de Alarcón, el Sargento Manuel Vázquez Rincón, entre otros vecinos y comerciantes de Jalapa, otorgan poder especial a don Francisco Miguel de Campo para que en sus nombres pueda cobrar y recaudar las alcabalas de todas las personas que deban pagarles remitiéndose a lo ordenado en el despacho y cédula inserta y tomar cuentas a todos los contribuyentes.
Antonio Cabello, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que Juan Infante, arrendatario de la venta nombrada Martínez en la provincia de San Juan de los Llanos, se encuentra preso en la cárcel pública de este pueblo por un adeudo de 40 pesos por concepto de las Reales Alcabalas que causó por el tiempo que tuvo en arrendamiento la venta de la Joya, quien dice que en el contrato de arrendamiento se estipuló que no pagaría alcabala y arancel, por lo que su encarcelamiento es injusto y debe reconvenir ante juez de su domicilio, mandándose por auto que dando fianza de pagar la alcabala y de seguridad de cárcel saliese de la prisión, y conocedor de su derecho otorga que reciben fiado preso como si alcalde fuese carcelero de Juan Infante
Juan Hernández, vecino del pueblo de Jalapa, como principal, actuando con poder que le tiene otorgado Francisco de Thormes, Administrador en esta provincia y la de Jalacingo de las Reales Alcabalas, y don José Pérez de Arellano, vecino del pueblo de Misantla, como fiador y llano pagador, se obligan de mancomún, para la recaudación y cobranza de las Reales Alcabalas, dándole cuenta a Francisco de Thormes, y no haciendo la paga puntual obliga a su fiador haciendo suya la deuda.
Los capitanes José Robledano de Cardeña y Bartolomé de Castro, administradores y arrendatarios de las Reales Alcabalas de la jurisdicción de Jalapa, otorgan poder a don Agustín Suárez y Bernabé Vázquez, de esta misma vecindad, para que en su nombre pidan, reciban y recauden las reales alcabalas que se causen en esta jurisdicción ajustándolas y moderándolas como se practica y de lo que se reciba y cobre pueda otorgar recibos y cartas de pago.