El Capitán Alonso de Alba, vecino del pueblo de Jalapa, Teniente Receptor y Recaudador General de las Reales Alcabalas de esta jurisdicción y sus Ramos, solicita la cancelación de una escritura, cuya copia exhibió, hecha en San Juan de los Llanos, donde consta haberse puesto las Reales Alcabalas de dicha jurisdicción, Tetela y Jonotla en administración de don Juan Vaquier, por don Tomás Rajadel, Administrador de las mismas, obligándose dicho Vaquier como principal y don Pedro Fermín de Ochoa y don Ignacio Mercado como sus fiadores, dejando vigente solamente la obligación y fianza de Vaquier e Ignacio Mercado.
ALCABALAS
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Don Juan Gómez de Estrada, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Antonio del Camino y Velasco y don Bernardo de la Fuente, vecinos de este pueblo, para que consigan el encabezamiento de las Reales Alcabalas de esta provincia, con el señor Visitador General en este reino don José de Gálvez, obligándose como pagador y fiador del vecindario, en la cantidad de 2, 000 pesos.
Don Dionisio José Salvo, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Antonio del Camino y Velasco y don Bernardo de la Fuente, para que consigan el encabezamiento de las Reales Alcabalas de esta provincia con el señor Visitador General en este Reino, don José de Gálvez, obligándolo como abonador o fiador del vecindario, por la cantidad de 2, 000 pesos.
José de Ayala, vecino de este pueblo, se obliga a pagar a don Juan Martín de Zurbano, la cantidad de 415 pesos por año, por el arrendamiento de las alcabalas de Coatepec e Ixhuacán de los Reyes, desde el río Nacastapalapa e incluyendo los pueblos de Coatepec, Xicochimalco, Ixhuacán de los Reyes, Santiago Ayahualulco, Teocelo, los ingenios y las lomas desde el río Pedernales con todos los demás ranchos que pertenecen a los curatos de Coatepec, Ixhuacán de los Reyes, el pueblo de Jalcomulco y el ingenio de Pacho, por el tiempo de 5 años.
El Capitán José Robledano de Cardeña, don Laureano Fernández de Ulloa, don Alonso de Alba y don Domingo Díaz Mier, vecinos del pueblo de Jalapa, con poder de este vecindario para administrar las alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Atempa, Papantla, Tetela y Jonotla, las cuales les traspasó Juan Martín de Zurbano, cargo que ahora sustituyen en Juan José Quiñones, vecino de México, para que se encargue de dicha administración, por el tiempo de 5 años, obligando a dicho vecindario al pago de 8, 000 pesos anuales.
Don Laureano Fernández de Ulloa, residente del pueblo de Jalapa, Alférez y arrendatario de las Reales Alcabalas de este pueblo, Coatepec, Ixhuacán de Los Reyes y Jalcomulco, otorga poder especial a don Manuel López Meylán, vecino de dicho pueblo, para que administre y cobre las citadas alcabalas, así como para nombrar en caso de que lo necesite persones que le ayuden.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino del pueblo de Jalapa y Juez Administrador de las Reales Alcabalas de esta jurisdicción, otorga poder especial a don Félix José de los Reyes, Domingo Pérez y don Lorenzo Benito Álvarez de Guzmán, vecinos de este pueblo para que se encarguen de la administración de las citadas alcabalas, arrendadas a don Martín de Barreda Gayón, residente de este pueblo.
Don Laureano Fernández de Ulloa, residente del pueblo de Jalapa y Administrador de las Reales Alcabalas de Jalacingo, Teziutlán y San Juan de los Llanos, otorga poder especial a don José Cano Cortés, Agente de Negocios, para que cobre a los Capitanes don José Robledano de Cardeña, don Manuel de Olmedo, don Gregorio Fernández Mantilla y don Juan Antonio de Zavalza vecinos del pueblo de Jalapa, el 2% más de alcabalas en todo este reino por disposición del Virrey.
Don [Juan] Joaquín de Cendoya [y Arizabaleta], provisto Administrador de Rentas Reales, otorga poder especial a don Miguel José Ussi, Oficial de la Contaduría y Real Tribunal de Cuentas de la Capital de México, para que en su representación comparezca en la Dirección General de Alcabalas y en otros tribunales anexos y lo obligue a la buena y mejor administración, así de la renta de alcabalas como de los demás ramos.
Don José de Arias [y Torija] y don Diego Leño, ambos de esta vecindad y comercio, dijeron que por cuanto el 2 de mayo de 1801 confirieron poder a don Félix Teixa de Senande, Secretario del Montepío de oficinas y oficial de la Dirección de la Renta del Tabaco de la Ciudad de México, para que los obligara a pagar cada uno 2,000 pesos por don Tomás Antonio de Illanes, Administrador de Reales Rentas de esta Villa, a favor de la Real Hacienda por el manejo de la renta de alcabalas y ramo del tabaco; y siendo indispensable a dicho administrador afianzar igualmente los otros ramos de su cargo, como son los de pulquerías, amortización y aguardiente de caña, se constituyen fiadores por dicho administrador en los citados tres últimos ramos, en tal manera que pagarán cualquier descubierto que resulte en contra de Real Hacienda.\t