Luis Muñoz [de] Arévalo, residente en el ingenio de don Rodrigo de Vivero, y Bartolomé del Campo, residente en el pueblo de Orizaba, se obligan a pagar a Felipe de la Cueva [y de] Herrera, administrador general de las haciendas de don Rodrigo de Vivero, 910 pesos de oro común, los cuales son por otros tantos que el susodicho por hacerles buena obra les prestó.
ADMINISTRADORES
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Miguel Carrera, vecino del pueblo de Tecamachalco, se obliga a pagar a Felipe de la Cueva [y de] Herrera, administrador del ingenio de Orizaba, 204 pesos y 4 tomines de oro común, los cuales son los que el susodicho le prestó en reales de plata por hacerle buena obra.\n
Ante don Francisco de Luna y Arellano, Corregidor por Su Majestad de este partido, Juez de Caminos y de Registros, pareció Jusephe [José] Martín de la Coba, administrador de la cuadrilla de los carros de Catalina Bejal, viuda de Beltrán, quien manifestó los siguientes indios e indias que sirven en su cuadrilla: Baltazar Galeón, Capitán, y Melchora, su mujer; Diego Esteban y María, su mujer; Melchor Domingo y María, su mujer; Alonso Pedro y Silia [sic], su mujer; Francisco Miguel y María, su mujer; Francisco Juan y Ana, su mujer; Gabriel y Angelina, su mujer; Domingo de Solís y su mujer; [Andrés] Almonte; Juan Bermejo y Luisa, su mujer; Pedro y María, su mujer anda ausente; Francisco y Melchora, su mujer; Juan y Juana, su mujer; Juan y María, su mujer; Sebastianillo, soltero; Josepillo, soltero; Juanilllo, soltero; Dieguillo, soltero; Nicolasillo, soltero; Dieguillo, soltero; Francisco, soltero; Dieguillo, soltero; Miguelillo, soltero; otro Diego; Juanillo, mulato, soltero, y su hermano Blasillo, mulato.
Lope de Gainza, Alguacil Mayor, como administrador de Juan Fernández de Olavarria, manifestó 30 barajas de naipes que le envió en virtud de carta de dicho Juan Fernández de 26 de este presente mes, las 93 rubricadas y las 207 por rubricar. Asimismo, el corregidor le ordenó rubricar las barajas faltantes y en cuanto las venda acuda con el valor de los 2 reales acrecentados para asentarlos en el libro de su cargo del derecho de la Armada de Barlovento.
Ante don Juan de Porras, Teniente de este pueblo de Orizaba, pareció Alonso Ramos Sarmiento, como mayordomo y administrador de la hacienda de vacas nombrada Las Lomas, que es de don Bernardino de Rivadeneira, vecino de la ciudad de la Puebla, para registrar una partida de ganado que tiene en las sabanas de este pueblo, compuesta de 500 reses, toros, de dicha hacienda, para pasar a los ejidos de la dicha ciudad donde los lleva para su venta.\n
El Capitán de Caballos Corazas Españolas don Fernando Antonio Noroña, del Orden de Santiago, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en nombre y por poder que tiene le otorgó doña María Hurtado de Mendoza y Arriola, residente en el pueblo de Orisaba [Orizaba], albacea testamentaria y tenedora de bienes del Provincial don Francisco Cruzado; don Francisco Pibot y Tapia, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad, en voz y en nombre de don Juan Hurtado de Mendoza; don Juan Ignacio y don José Prudencio Cruzado, hijos y herederos de dicho provincial; y el Bachiller don Pedro de Montenegro, Presbítero, administrador del trapiche de hacer azúcar que quedó por bienes de dicho provincial, tutor y curador que fue de los herederos, cuyo cargo renunció; dijeron que el Bachiller don Pedro de Montenegro ha sido administrador de la hacienda y tutor de los herederos por dos años, cargo que le fue discernido por la Real Justicia de esta villa, y durante ese tiempo pagó parte de algunos créditos que le fueron encargados por don Juan Hurtado, tutor que fue de los herederos, según consta en escritura de 10 de octubre de 1714. Actualmente los menores se hallan capaces para administrar sus bienes y la parte que le corresponde a doña María Hurtado, por lo que han solicitado se les entregue la hacienda con todo lo que le pertenece. Solicitud que les fue aceptada, por lo que don Fernando Antonio Noroña, don Juan Ignacio y don José Prudencio Cruzado, dijeron que recibirán la hacienda con las calidades y condiciones que se refiere en una memoria simple en que se han ajustado y convenido con don Pedro de Montenegro, en la cual se han deliberado y convenido en esta escritura de transacción, concierto y obligación con las cláusulas y condiciones siguientes: Primeramente, cancelan la citada escritura y se obligan a liberar al Bachiller don Pedro de Montenegro de débitos y de no lastar [roto] alguno a él y a sus herederos, y se obligan a que dentro de cuatro meses se ajustarán con los acreedores del Provincial don Francisco Cruzado y pagarán los diezmos que se debieren hasta el día de hoy, como los demás débitos que contienen las memorias que les entregó el Bachiller Montenegro, de manera que el susodicho ni sus herederos lasten cosa alguna por razón del tiempo que administró la hacienda. También, se obligan a pagar 470 pesos al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa, procedidos del valor de un forlón y seis mulas de tiro. Asimismo, es condición que recibirán la hacienda en el estado que se encuentra con sus mejoras o pérdidas que tuviere sin que de sus frutos y gastos halla de dar cuenta ni quedar obligado a darla ahora ni en ningún tiempo respecto a ser notorio ha gastado Montenegro su caudal y trabajo personal en su reparo y fomento y estar mejorada el casco y aperos de la hacienda, y se dan por entregado de los negros de ella así como de los presentes como de los que están huidos, excepto un negrito nombrado Cristóbal, que anda fugitivo que pertenece al Bachiller Montenegro por haberlo comprado con su propio dinero, además de una mula de su almofrez que aunque está herrada con el hierro de la hacienda [roto] y debe para si como suya propia. Es condición que, por el trabajo, cuidado y fomento que ha tenido en la hacienda el Bachiller Montenegro, le señalan 2 000 pesos por paga y recompensa de su trabajo y se los pagarán en la forma siguiente: 100 pesos en reales y 10 u 11 cargas de azúcar que se sacarán de la hacienda a razón de 13 reales arrobas, treinta toros y novillos, dos mulas de carga aparejados y el resto en cumplimiento a los 2 000 pesos, se obligan juntos de mancomún. Y Fernando Antonio Noroña a nombre propio y en el de los demás pagarán al Bachiller Montenegro y a quien en su poder y causa hubiere por el susodicho 1 400 pesos resto [roto] 2 000 de la fecha de esta escritura dentro de un año [roto] que los 700 pesos de ellos le han de dar dentro de seis meses contados desde el día de la entrega de la hacienda, y lo demás hasta cubrir los 2 000 pesos dentro de los otros seis meses siguientes cumplimiento al año. El Bachiller Montenegro, se dio por entregado del negrito Cristóbal, mula de almofrez, 10 u 11 cargas de azúcar, 30 toros y novillos y dos mulas de carga. Don Fernando Antonio Noroña, don Juan Ignacio y don José Prudencio Cruzado se obligan de pagar a todas las personas que se contienen y mencionan en la memoria que les entregó el Bachiller Montenegro, y las que le entregó don Juan Hurtado de Mendoza. Es condición, que el Bachiller Montenegro se obliga a no pedir cosa alguna al albacea ni herederos por razón de administración de la hacienda ni capilla porque dijo estar satisfecho con los 2 000 pesos. Y es condición que Fernando Antonio Noroña, Juan Ignacio y José Prudencio Cruzado no disiparan la hacienda ni sacaran cosa alguna de ella por razón de sus legítimas hasta que estén pagados los débitos, y Noroña se obliga a tener la hacienda reparada de todo lo necesario. Los otorgantes se obligan a cumplir con las calidades y condiciones de esta escritura.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOLuis Gómez Infante, administrador del ingenio de hacer azúcar del Señor Conde del Valle, de la jurisdicción del pueblo de Orizaba, casado con doña Gerónima [Jerónima] de [Gatica], [hija] legítima del Capitán Pedro Gatica y de [Magdalena de Alcalá], dijo que cuando efectuó casamiento recibió como dote de su mujer de mano de Jacinto Pérez Padrón y Marcos Blanco, albaceas de sus difuntos suegros, la cantidad 1 187 pesos 7 tomines y medio en diversos géneros. Asimismo, recibió una casa con paredes de piedra, cubierta de teja y zacate, en la calle de San Juan de esta villa, y 3 caballerías de tierra en esta jurisdicción, casa y tierras valuadas en 1 050 pesos. Y por honra de la limpieza y virginidad de su esposa otorga en arras propter nuptias 600 pesos de oro común, que junto con los bienes anteriores hacen 2 837 pesos 7 tomines y medio, cantidad que se obliga a tener seguros y de los que otorga el presente recibo.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALDon Pedro de Solís y Padilla, vecino de ella, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, exhibió dos testimonios de una misma escritura, a efecto de que se registre en este libro, y de ellos consta el que don Bartolomé Gerardi, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, Administrador de las Obras Pías de su santa iglesia catedral, en nombre y poder de don Fabián González Calderón, vecino del pueblo de Orizaba, dueño de hacienda de fabricar azúcar nombrada Nuestra Señora del Rosario, recibió 1 000 pesos de principal de la capellanía de misas rezadas que se fundó por el alma de doña María Magdalena Vázquez; y otros 1 331 pesos de la capellanía que fundó Sebastián de Gasca, cuyas cantidades importan 2 331 de que en nombre del prenotado don Fabián recibió y lo obligó a pagar en tiempo de cuatro años con hipoteca de la citada hacienda de Nuestra Señora del Rosario.
DIEGO GÓMEZ DE OLASO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOJuan de la Mata, vecino de la jurisdicción de Cosamaloapan, administrador de la hacienda de ganado mayor nombrada San Francisco Cuezpalapa, jurisdicción del pueblo de Cosamaloapan y Nueva Veracruz, propiedad de don Fernando Ventura de Rivadeneyra, vecino de la ciudad de los Ángeles, por la presente en nombre del susodicho y en virtud de su poder, otorga en arrendamiento a Miguel de Prado, vecino del pueblo de Orizaba y arrendatario de la hacienda de ganado mayor nombrada San Agustín Xaxuicapa [Jujuquiapa], jurisdicción de Cosamaloapan, el comedor o novillero de Tiquiapa, en la jurisdicción de la Veracruz, por tiempo de nueve años, a partir del 24 de junio del presente año, y entregando como pago ocho reses por cada ciento que meta en dicho novillero.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALEl Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder de Miguel de Prado, vecino del pueblo de Orizaba y arrendatario de la hacienda de ganado mayor nombrada San Agustín Xixiuhcapan [Jujuquiapa], jurisdicción de Cosamaloapan, acepta en su nombre el arrendamiento del comedor o novillero de Tiquiapa y lo obliga a que durante los nueve años que dura el arrendamiento entregará y pagará a don Fernando Ventura de Rivadeneyra o a Juan de la Mata, administrador de las haciendas de don Fernando Ventura, ocho reses por ciento cada año por la renta del dicho novillero.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL