ADMINISTRADORES

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0039-PX_0039_0103 · Unidad documental simple · 03/01/1765
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio del Camino y Velasco, vecino del pueblo de Jalapa, informa que acepta el cargo de Tutor y Administrador de su sobrina doña María Josefa del Rosario Parraga y Camino, jurando administrar dichos bienes y hacienda de la menor, y de suceder lo contrario, está en la disposición de pagar los daños que se ocasionasen, ofreciendo como fiadores al Capitán Gaspar de Olavarrieta, al Capitán Antonio Ribot, don Tomás García, don Bernardo de la Fuente y a don Juan Gómez de Estrada, vecinos de este pueblo.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0048-PX_0048_0255 · Unidad documental simple · 30/12/1780
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Andrés Rodríguez Rojo, vecino del pueblo de Jalapa, Administrador de las haciendas Santa María de la Concepción, Villa Seca, San Nicolás Tortugas y Santa María La Noria, ubicadas en términos de Veracruz Vieja, Tepeaca y Jalapa, pertenecientes a don José Ángel de Cuevas Aguirre y Avendaño, Regidor Decano de la Corte de México y apoderado general de su hermano, don Juan Manuel de Cuevas Aguirre y Avendaño, haciendo uso de ese poder, otorga que da en arrendamiento dichas haciendas al Licenciado don Mateo Antonio Ortiz de Zárate, apoderado de doña Antonia Feliciana Dorantes de Acosta, vecina de este pueblo, por el tiempo de 9 años, a un precio de 150 pesos por año.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0028-PX_0028_0123 · Unidad documental simple · 07/05/1748
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El Capitán don Pedro José Durán, vecino de este pueblo, otorga poder general a don José Estanislao de Esnaurriza, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, para que administre, rente y venda una casa que el otorgante tiene en la citada ciudad, así como demandar, recibir y cobrar de cualquier persona, todas las cantidades de pesos, que le deban, y para que en todos sus pleitos, tanto civiles como criminales, lo defienda y demande, compareciendo ante los jueces y justicias de ambos fueros.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0030-PX_0030_0099 · Unidad documental simple · 09/10/1750
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El Capitán Agustín García Campomanes, vecino del pueblo de Jalapa, se obliga a administrar 24 mulas aparejadas que le entregó don Matías Francisco, albacea del difunto don Pedro Lagunas y cuyos herederos le solicitaron la citada administración.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0012 · Unidad documental simple · 1837/02/01
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pablo Beti, como apoderado y representante de los propietarios de la hacienda de San Pedro Buenavista, alías Orduña, ubicada en este distrito, y don José María Bonilla y Flores, el primero vecino de Querétaro, y el segundo de esta ciudad. Ambos otorgantes, dijeron que el señor Bonilla recibe en administración la referida hacienda bajo las bases siguientes: 1.ª que el administrador llevará de premio la tercera parte de la utilidad libre que resulten en las negociaciones y ramos que comprende la finca. 2.ª que además de la masa común, se le señalan al administrador 100 pesos mensuales. 3.ª correrá por cuenta del apoderado don Pablo Beti pagarle al arrendatario don Bernabé de Elías Vallejo el valor de los llenos que entregue y sean de su propiedad, incluso la fábrica de aguardiente que éste traspasó a la testamentaria de don Guillermo de Espino. 4.ª que en convenio particular arreglará la cantidad con que Bonilla deba auxiliar a Beti para exhibición que éste tiene que hacer a Elías, respecto a que el traspaso que se acaba de verificar excede a los fondos destinados para este objeto. 5.ª que si el señor Bonilla lo considerare conveniente podrá hacer partido al que inmediatamente tenga de manejar la fábrica de aguardientes, con tal que no exceda de la tercera parte de utilidades para el que la maneje y que las otras dos terceras partes ingresen a la masa común de las mulas que se destinen al servicio de la fábrica, las dos terceras partes serán de la hacienda, y la otra tercera aviada de todo la pondrá por su cuenta al socio de la fábrica, los alimentos que según costumbre se señalen a éste no excederán de seis a siete reales diarios. 6.ª que en clase de renta saldrán de la masa común 4 000 pesos anuales, que se destinarán para el pago de réditos de los capitales que reporta la finca, y auxiliar a las otras atenciones de ésta. 7.ª anualmente, a fin de diciembre, se practicará reconocimiento para saber el estado en que se encuentra la negociación, y las utilidades de que puedan disponer los socios en el caso que les convenga. 8.ª que echo el desembolso de lo que importa el traspaso del señor Elías, el apoderado queda, no solo sin fondo de la negociación, sino aún también empeñado y de consiguiente arbitrio para poderla auxiliar en lo sucesivo, por lo cual, el administrador cuidará de proporcionarle los recursos necesarios de la manera menos gravosa, en los casos que falte estimación a los frutos. 9.ª que el plan de cuenta y razón que convenga adoptar lo arreglarán de conformidad el administrador y el apoderado. 10.ª que esta compañía funcionará por tiempo ilimitado, por lo que ambos contratantes podrán interrumpirla en el tiempo que convenga a cualesquiera de los dos, con tal que esta resolución no recaiga en alguna de aquellas épocas en que los dulces suelen venderse con aprecio, pues que entonces se aguardará la disolución de esta sociedad hasta que vuelva a bajar; y que para evitar disputa sobre si el mínimum del precio de los dulces en este o aquel, se sienta por base que el valor del aguardiente prueba de Holanda no exceda en el mercado de esta ciudad, de 8 a 10 pesos el barril. 11.ª este contrato podrá ser disuelto o revalidado a finales del presente año, siempre que a alguno de los socios convenga interrumpirlo o hacerle adiciones, debiendo tener presente para el primer caso lo que en el artículo anterior se ha dicho con respecto al precio de los dulces. 12.ª que las reposiciones necesarias en los edificios de la finca serán por cuenta de la renta, consultando antes de realizar cualquier obra, el administrador con el apoderado. 13.ª las contribuciones que se imponga a la hacienda se pagarán de la masa común, excepto lo impuesto ya de tres el millar por ser directamente a la finca, y cualquiera otra que por decreto expreso deba gravitar sobre ella. 14.ª que cualesquier otros negocios extraordinarios que para lo sucesivo puedan emprenderse en la finca, ya sean de labores o de industrias, serán por cuenta de la compañía, previo acuerdo de los dos socios. Bajo cuyas cláusulas y condiciones otorgan, que establecen la indicada compañía de administración, obligándose a cumplir con esos pactos cada uno en la parte que le toca.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0007 · Unidad documental simple · 1832/01/24
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Gorospe, de esta vecindad, como apoderado general de su hermano el Señor don Joaquín Gorospe, administrador de la hacienda de Tusamapa [Tuzamapan]; y los ciudadanos Francisco Antonio Hernández, Alcalde, José Policarpo, Regidor actual, y Juan Francisco, Regidor pasado del pueblo de Santo Tomás de Apasapa [Apazapan] de este cantón, en representación del citado pueblo; otorga el primero en arrendamiento a los segundos, un pedazo grande de tierra propia de la citada hacienda de Tusamapa [Tuzamapan], cuya tierra linda desde la orilla del potrero de Nancintla cogiendo la falda del cerro frente al pueblo de Apasapa [Apazapan] bajando hacia el oriente, quedando las tierras de los Acahuales de la cañada del Plan del Paso de la Canoa fuera del arrendamiento y por cuenta de la hacienda de Tusamapa [Tuzamapan]. Otro lindero es la cortadura del cantil de Temascalapa, de poniente a oriente, río abajo desde la punta de dicho río hasta el arroyo de cal que es el lindero, cogiendo el arroyo arriba hasta donde está el nacimiento de agua y de allí corta la dirección a coger hacia el poniente el bordo del cerro de Moyuapa, cogiendo el bordo arriba hasta la dirección de sur a norte a encontrar la orilla del potrero citado de Nancintla. Quedando en este lleno [sic] de arrendamiento un pedazo de tierra de tres cuartillas de sembradura, que es una falda del cerro que está a la orilla del arroyo de cal abajo del citado nacimiento de agua, quedando dicho pedazo de tierra excluido de dicho arrendamiento por estar arrendado a don Juan José Vela. Cuyo arrendamiento será por tiempo de cinco años contados desde el primer día de este mes, por lo cual, el pueblo de Apasapa [Apazapan] pagará 8 pesos de renta cada año, bajo las condiciones que se mencionan en esta escritura.

              ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0174 · Unidad documental simple · 1832/12/19
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Francisco Campomanes, Cura Interino, Vicario Foráneo, Juez Eclesiástico, Rector de Obras Pías y Cofradías de esta ciudad, otorga que nombra a don José Manuel Domínguez, vecino de esta ciudad, por Mayordomo interino de la cofradía de nuestra Santísima Madre y Señora del Carmen, sita en esta iglesia parroquial, asimismo, lo nombra como administrador y ecónomo de todas sus rentas, utensilios, fincas urbanas o rústicas, deudas derechos y acciones y cuantos bienes religiosos le pertenezcan. A cuyo fin y entretanto puede celebrarse la elección canónica dispuesta en ese derecho y en el civil del que deba ser mayordomo y sus diputados, lo que ahora pronto no se verifica por las asiduas ocupaciones del otorgante, le confiere a Domínguez poder general para que en representación de la expresada cofradía, haya, perciba, demande y cobre los capitales que se rediman sean a censo o a depósito irregular, así como, sus réditos, frutos, arrendamientos, utensilios y demás bienes que le pertenezcan.

              ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0176 · Unidad documental simple · 02/05/1817
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Gutiérrez, de esta vecindad, Administrador de la Casa Sociedad Patriótica de esta Villa, otorga poder especial a don Francisco Barquín, vecino de la Puebla de los Ángeles, mercader viandante, para que en su nombre y representación de los derechos de la casa que administra, perciba judicial o extrajudicialmente de don Manuel Camaño y de doña María de Fuentes, su esposa, vecinos de la capital de México, la cantidad de 374 pesos.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0073-PX_0073_0146 · Unidad documental simple · 20/10/1809
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pedro del Puerto Vicario, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, curador de don Mateo Domingo de Aragón y Vega García de la Acha, actual poseedor del mayorazgo que fundó [Gonzalo] García de la Acha, otorga poder especial a don Domingo de Madariaga, vecino y del comercio de la mencionada Ciudad de Veracruz, para que a nombre de él y de los derechos que le asisten proceda al otorgamiento de la escritura y demás diligencias, para que don Dionisio de Aragón, administrador del vínculo, verifique la permuta a favor del menor, de la casa del Mayorazgo con la del Alcalde Provincial don Pedro del Paso y Troncoso, con todas las cláusulas, vínculos y requisitos para su mayor firmeza y validación.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0001-PX_0001_0258 · Unidad documental simple · 08/10/1590
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Esteban de Herrera, hermano mayor del hospital de convalecientes de la ciudad de México, dio nombramiento de administrador del hospital de Jalapa al hermano Andrés Martín.