Don Agustín García Campomanes, vecino del pueblo de Naolinco, junto con Francisco García Campomanes y don Antonio García Campomanes, los dos últimos hijos legítimos del citado Agustín y de la difunta doña Margarita Josefa Pérez, informan que por cuentas de los bienes que dejó su difunta esposa, han acordado dividirse los mismos en la siguiente manera; a cada uno de los hijos 3, 320 pesos 6 reales y medio, y por parte paterna las tierras de rancho de ganado mayor en el llano de Chiltoyac, que vende a sus hijos, Antonio y Francisco, quienes le entregaron diferentes cantidades de reales a cuenta de dicha deuda, y se resta hasta hoy sólo 1, 256 pesos, por lo que dicho Agustín, hace adjudicación de dicho rancho, con la condición de que el mayor entregue la mitad de las tierras, ganados y demás pertenencias al menor, cuando tenga 25 años, y que dicho rancho lo hipoteca de manera especial a esta deuda, sin poder venderlo, cambiarlo, ni enajenarlo hasta que la deuda sea pagada, pagando réditos de 5% anuales.
ADJUDICACIONES
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MX UV.USBIX ANX-P-0037-PX_0037_0106
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08/01/1762
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