ADJUDICACIONES

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0026 · Stuk · 1832/02/21
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Luisa, doña Rita y doña Nicolasa García y Rodríguez, hermanas, mayores de edad, la última con licencia de su marido don Ramón Delgado; dijeron que la primera de las comparecientes es albacea testamentaria de doña María Bernarda Rodríguez, quien lo fue de su esposo don José Ignacio García, padres de las susodichas. Por lo cual, doña Luisa en desempeño de sus deberes inventarió y justipreció todos los bienes de sus padres con la ayuda de don José María Córdoba, Síndico Segundo de este Ilustre Ayuntamiento. Dichos bienes consisten en una casa, la cual, pese a los intentos de venderla no se encontró comprador, siendo el único arbitrio para lograr la división de los bienes entre las comparecientes, el que se le adjudicará la casa a doña Luisa y ésta pagará las porciones que les corresponden a doña Rita y a doña Nicolasa, cuyo monto es de 344 pesos a cada una. Por lo tanto, doña Rita y doña Nicolasa García y Rodríguez otorgan que adjudican dicha casa a doña Luisa, la cual se compone de edificio bajo de cal y piedra, cubierta de madera y teja, situada en el paraje que nombran la Luneta en esta ciudad, construida en sitio propio que se compone de 29 varas de frente y 46 y media de fondo, haciendo frente hacia el sur con casa que fue de don Domingo Franceschi; por el norte con solar de los indígenas de esta ciudad; por el poniente con callejón y casa que fue del difunto Rebolledo; por el oriente con camino Nacional y Laguna; cuya casa hubo y compró don José Ignacio García, padre de las otorgantes, a don Lino Carasa Jiménez, en esta ciudad el 4 de julio de 1804. Cuya adjudicación hacen en precio de 2 000 pesos, correspondiendo a cada un 344 peso que ya ha dado y pagado, deducidas las deudas y bajas del caudal.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0120 · Stuk · 1833/09/25
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Francisca, doña María de los Ángeles, don Antonio José y don José María Peredo y Rubín de Celis, de esta vecindad, mayores de edad y libres de ajena administración, dijeron que por fallecimiento de su señor padre don Juan José Peredo y Hernández, quedó una casita y solar ubicado en el pueblo de Coatepec de este cantón, con su frente al sur que hace con la Plaza Pública, lindando por el oriente con calle que llaman del Calvario; por poniente con otra calle que sale de la misma plaza Pública para el rumbo del norte y por este viento que es el fondo de la referida casa con la de Manuel Rebolledo y la que fue de Victoriano Rebolledo. Que parte de dicha casa y sitio la compró el nominado don Juan José Peredo a los herederos de Antonio Ramón Hernández, como consta del documento que formaron en el pueblo de Coatepec el 17 de enero de 1792 y el resto lo hubo de su madre doña Ignacia Rosalía Hernández y de un tío de los relacionantes nombrado Rosalío Hernández. Y hace 15 a 20 años convinieron los nominados Hernández Peredo se adjudicase la referida casa a su hermana doña María Manuela en precio de 900 pesos con la calidad de bonificarles 150 a cada uno, de sus cinco coherederos y tomar por sí igual suma; de hecho, les entregó sus respectivas porciones a don Juan y a don José María, restando las de doña Francisca, doña María de los Ángeles y don Antonio José; y desde aquella época, está doña María Manuela, en posesión de la finca, no se le ha otorgado el respectivo instrumento; por todo lo expuesto, los prenotados doña María Francisca, doña María de los Ángeles, don Antonio José y don José María Peredo por sí y por el finado hermano don Juan que no dejó sucesión, otorgan que ratifican solemnemente la adjudicación de la repetida casa paterna en favor de su hermana doña María Manuela en precio de 900 pesos. Finalmente estando presente doña María Manuela Peredo, viuda, mayor de edad, otorga que acepta la presente y se obliga a satisfacer a sus hermanos: doña María Francisca, doña María de los Ángeles y don Antonio José, 150 pesos a cada uno dentro de 5 años, contados desde esta fecha y para mayor seguridad, hipoteca la misma casa adjudicada, bajo los linderos especificados, la cual se compromete a no vender ni enajenar sin expresa declaración de este gravamen.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0034 · Stuk · 1829/03/14
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María de la Luz, doña María Rita, doña María Josefa y doña Ana María Choza y Jiménez, todas hermanas, de esta vecindad, dijeron que por bienes de sus difuntos padres quedó una casita de pared, cubierta de teja y cercada también de pared, ubicada en esta villa, a la calle que hoy esta rotulada de Santa Úrsula y es conocida con el nombre del Ganado a cuya calle hace frente por el rumbo del poniente; lindando por el oriente con casa y solar que poseyó la viuda de don Miguel Pérez Chamorro y últimamente ha sido don José Gago; por el norte linda con callejón que llaman de las Blancas y por el sur con casa y solar de Felipe de la Rosa, como consta la escritura de adquisición su fecha en esta villa el 16 de octubre de 1788. Las comparecientes expresan que por la difícil subdivisión de la referida casa convinieron les sea adjudicada a las dos primeras; por tanto, doña María Josefa y doña Ana María Choza otorgan que adjudican a sus dos hermanas doña María de la Luz y doña María Rita la casa de que se ha hecho relación en precio de 200 pesos, de cuya cantidad tocan 50 pesos cada una de las cuatro como herederas de sus difuntos padre y estando éstas dos primeras se dan por contentas y entregadas de su respectivo haber, sobre lo cual no harán reclamo alguno de aquí en adelante.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0060 · Stuk · 1830/05/29
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Andrés Farías, don Dionisio Camacho, don Simón Peña y doña Feliciana Segovia, los tres primeros vecinos de esta villa y la última de Veracruz; dijeron que por fallecimiento de doña María de las Nieves Borja quedó una casita ubicada en esta villa, a la calle primera de San Francisco de Paula por donde hace su frente que es de 11 varas, lindando por oriente con casa del finado don Juan Antonio Pardo; por poniente con la de don José Seoane; y por sur con la de Valentín Luna. Que los interesados en esa casita por muerte de dicha Nieves Borja lo han sido últimamente la nominada doña Feliciana Segovia, doña Gertrudis, doña Guadalupe y doña Dolores Hernández; doña Agustina y don José Gabino Sandoval y doña Micaela Borja; cada uno por su haber respectivo según la acción que le ha tocado y consta en la cuenta de división. Que de los referidos doña Guadalupe y doña Dolores Hernández, doña Agustina y don Gabino Sandoval como menores son curadores de las dos primeras el nominado Farías y de los dos segundos el citado Camacho, así como Peña es apoderado de doña Micaela Borja; con cuyas investiduras han concurrido y gestionado en el Juzgado de Tercera Nominación de esta villa a fin de liquidar y dividir los bienes de la repetida finada Nieves Borja, consistentes en la casita de que queda hecha mención, sobre lo cual se practicaron las diligencias que estimó conducentes el juzgado y tuvieron su término con la adjudicación de la casita a doña Feliciana Segovia, exhibiendo ésta en contado el exceso de la parte que a ella le corresponde, cubriéndose con él las responsabilidades de la testamentaría y el haber de los demás participes. Habiéndose verificado esa adjudicación en las dos terceras partes del valúo, importantes 536 pesos 7 reales y 4 granos por ser el total 805 pesos 2 reales 11 granos, pues aunque se solicitó comprador, por anuncios repetidos en el diario titulado Constitucional, no se logró se presentase alguno y de ahí fue que se propusiese la adjudicación y se conviniese en ella como todo consta del expediente seguido en dicho Juzgado Tercero, de cuyas actuaciones se ha sacado testimonio certificado de lo conducente para agregarse a este registro e insertarse en las copias que se ministren; no restando ya otra cosa, sino la extensión de la correspondiente escritura. Y reduciéndola a efecto por la presente en el modo más oportuno y a derecho conforme los relacionados don Dionisio Camacho como curador de José Gabino y Agustina Sandoval, hijos de doña Epifania Hernández; don Andrés Farías, curador de doña Guadalupe y doña Dolores Hernández; don Simón Peña apoderado de doña Micaela Borja; y además los mismos Camacho, Farías y Peña, prestando voz y caución por doña Gertrudis Hernández que tuvo precisión de marchar a Puebla antes de tirarse esta escritura, otorgan que ratifican todas las actuaciones contenidas en el expediente de que se ha hecho mérito y la cuenta de división y partición, confesando estar cubiertos y satisfechos sus representados, de las porciones que de allí se le señala, con formal y expresa renuncia, formalizando de esas partidas el más amplio y eficaz recibo en favor de la adjudicataria doña Feliciana Segovia a quien en consecuencia le aplican y adjudican la casita que queda deslindada y perteneció a la testadora doña María de las Nieves Borja.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0052 · Stuk · 1825/03/15
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Becerra y don José María Berrio, ambos de esta vecindad, albaceas del finado presbítero don José Alejandro de Campo, vecino que fue de esta villa, dijeron que dicho presbítero falleció en esta villa, dejando por sus herederas universales a sus dos sirvientas: María Lorenza y María Guadalupe de Campo y Torquemada, como consta el testamento otorgado en esta villa el 28 de julio de 1824. En cuya virtud y la de haber fallecido bajo esta disposición, de acuerdo con las herederas procedieron a la formación de un inventario con sus avalúos respectivos, enajenándose parcialmente la finca principal para cubrir los gastos de enfermedad, funeral y entierro con el decoro que exige el carácter y buen hombre del testador y con el resto cubrir los alcances del repartimiento equitativo que se ha hecho de las otras fincas entre ambas herederas, el cuál fue en la forma siguiente: a María Guadalupe de Campo se le adjuntó la casa mortuoria, ubicada en la calle del Ganado. Y la casa chica ubicada en la misma calle y frente lindando con la primera antes dicha por el costado del norte, se adjudicó libre a María Lorenza de Campo; así como, la otra casita chica, ubicada en el callejón de los Tecajetes que, reportando en sí 500 pesos en favor del hospital de Caridad de esta villa, se convino adjudicársela a María Lorenza por el monto de su empeño. Por tanto, otorgan que adjudican, traspasan y entregan a favor de María Guadalupe y por la suma de 3 341 pesos 1 y medio reales, la casa mortuoria del finado presbítero, en pago de su haber hereditario, bajo los linderos, medidas y dimensiones constantes de la escritura su fecha en esta villa el 29 de octubre de 1799. Asimismo, en favor de María Lorenza la casa chica ubicada en la misma calle del Ganado, bajo los linderos, tamaños y servidumbres con que la adquirió el testador, como consta la escritura del 28 de enero de 1806. Y la otra chica en el callejón de los Tecajetes en cantidad de 500 pesos que ha de continuar reconociendo sobre ella a censo redimible en favor del hospital, la que unió el testador en dos pedazos de terreno que hubo y compró de Miguel Antonio Viveros y de María Nicolasa Guzmán, por escritura en esta villa el 23 de abril y 28 de junio de 1802. Las cuales respectivamente les entregan para que las disfruten.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0185 · Stuk · 1825/11/19
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Ángela Francisca y don Joaquín José de Ortega, de esta vecindad, mayores de sesenta años de edad, hermanos enteros y de estado libre la primera, dijeron que poseen una casa que dejó por bienes el padre de ambos, don Nicolás de Ortega, difunto, cuya casa se le adjudicó a la viuda que fue de dicho Ortega, doña Juana Villegas e Infante, ya difunta y madre de los comparecientes. Y doña Juana Villegas, teniendo que dar a los comparecientes y demás hermanos la parte paterna que les correspondía, se contrajo créditos y empeños sobre la casa, de los que nunca se pudieron librar. Y pasado el tiempo, la casa se ha deteriorado considerablemente y los intereses de los créditos en aumento, de forma que fue necesario contraer mayores empeños para mantenerla en estado, como lo son 420 pesos en el reparo de techos, que les suministro doña María Josefa de Herrasti y Alba y que hoy pertenecen a María de Jesús Aranda, sobrina de los relacionantes; y 1 354 pesos, con 1 y 3 cuartillas reales, que en común acuerdo don Juan Francisco Cardeña, escribano público de esta villa, sobrino carnal de los relacionados y nieto de los consortes de Ortega y Villegas, e inquilino de la casa, invirtió en agrandar, reponer y meter el agua corriente. Pero al fallecimiento de las hermanas de los comparecientes, Josefa Basilia y doña María Ignacia de Ortega, se hace indispensable vender la finca para cubrir los créditos que reporta. Por cuanto don Juan Francisco Cardeña pidió adjudicación de ella, y estimando por justa y arreglada solicitud en unión don Ángel Narciso de Ochoa y Ortega, hijo de la primera, que ha intervenido y ajustado el contrato, estando presente y en representación de la madre y las dos hermanas muertas, otorgan por la presente que adjudican, ceden y traspasan en favor de don Juan Francisco Cardeña, dicha casa de paredes de cal, cubierta de madera, ladrillo y teja, baja en lo exterior y unas viviendas altas en su interior, la cual con otras deterioradas se compone de 25 varas de frente hacia el poniente, ubicada en la calle de la Raqueta y del otro lado casa del finado don Pedro Pérez de Llera; por su fondo, al oriente, linda y hace otro frente al callejón de la Capitana, que va para el puente de Lagos y del otro lado un cuartito y terreno que pertenece a la misma finca, hasta lindar con el caño de las aguas sobrantes de Xalitique [Xallitic], y del otro lado terreno de la cofradía del Dulce Nombre; por el costado del norte linda con el de casa del finado Juan Manuel Rodríguez; y por el del sur con las de los herederos de don José Pérez de Llera. Cuya finca, es la misma que sus padres fabricaron a sus expensas en parte del terreno que compraron de Ana, Inés y Sebastiana de Vargas, por escritura pública que otorgaron en esta villa a 26 de agosto de 1748. La adjudican con los censos e hipotecas de tres principales, que ascienden 1 520 pesos, los cuales se mencionan, cuya enajenación se le hace en 3 200 pesos, libres de los 1 520 pesos y bajo las condiciones que se menciona en el acta.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0130 · Stuk · 1835/10/05
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Francisca Cabañas, viuda de don Cristóbal Cerero, mayor de edad; y don Pedro Espinosa, como apoderado de doña Petra Cabañas, mujer de don José Rabasa; vecinos ambos comparentes de esta ciudad; dijeron que hace algunos años se adjudicaron las nominadas doña Francisca y doña Petra, hermanas, dos casas ubicadas en esta ciudad, en la calle del Calvario, contiguas la una a la otra, cuyos fundos obtuvieron por herencia de su padre y de sus hermanos, quienes murieron sin dejar sucesión. Y no habiendo sido posible por entonces formalizar la escritura de adjudicación, han resuelto verificarlo ahora, por lo cual, otorgan que formalizan la indicada adjudicación de las dos referidas casas, quedando aplicada a doña Francisca la que está en la parte del sur y a doña Petra la que está en la parte del norte.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0143 · Stuk · 1835/10/23
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El Excelentísimo señor don Juan Francisco de Bárcena y su hermana doña Manuela, el primero por sí y por otra hermana nombrada doña María del Rosario [de Bárcena], difunta, y como curador de don José Antonio de Bárcena y Bárcena, hijo de doña Gabriela [de Bárcena y Zugadi], otra de sus hermanas; don Martín Sánchez y Serrano, como marido legítimo que fue de doña Josefa de Bárcena, difunta, y como tutor de los hijos que tuvieron en matrimonio; y don Javier Arias, como marido de doña María de los Remedios Bárcena y Bárcena, hija de doña Gabriela; de esta vecindad todos los comparentes, dijeron que por fallecimiento de don Juan de Bárcena quedaron las fincas siguientes: una casa de edificio bajo, ubicada en el callejón de Alva; otra casa de edificio bajo, ubicada en la segunda cuadra de la calle Principal; otra casa situada en la calle de Señor San José; un cuarto edificado sobre la toma de agua de Techacapa. Asimismo, dijeron que por herederos de don Juan de Bárcena quedaron sus hijos los señores don Juan Francisco, doña Manuela, doña Josefa, doña María del Rosario, doña Gabriela, doña María Ascensión y doña Ramona. De los cuales don Juan de Bárcena se encuentra en estado célibe; doña Manuela reside aquí, viuda de don Juan Bautista de Garaicoechea, con hijos; doña Josefa, difunta, estuvo casada con don Martín Sánchez y Serrano y dejó hijos, de quienes es tutor Sánchez y Serrano; doña Rosario falleció sin sucesión, dejando por albacea y heredero a don Juan Francisco, su hermano; doña Gabriela, difunta, estuvo casada con don José Antonio de Bárcena y Bárcena, con quien procreó a don José, residente fuera de la República, del cual es curador don Francisco, y a doña María de los Remedios, casada con don Javier Arias; doña Ascensión, viuda de don José Antonio del Valle, se halla fuera de la República; y doña María Ramona de Bárcena y Zugadi, difunta, con hijos que residen fuera de este país. A cuyos herederos se les aplicó las fincas mencionadas de la siguiente manera: a don Francisco y a doña Rosario se les adjudicó la casa del callejón de Alba; a doña Josefa y doña Gabriela, la que se ubica en esquina de la calle Principal y de San Antonio; a doña Manuela y doña Ascensión la de la calle de San José; y a doña Ramona el cuarto que se halla sobre la toma del agua de Techacapa; cada una con el valor que se indica en su avalúo y con obligación de reintegrarse los unos herederos a los otros las diferencias de valores para igualarse. Asimismo, dijeron que habiendo fallecido doña Rosario sin dejar sucesión reasumió don Juan Francisco de Bárcena por si solo la propiedad de la casa del callejón de Alba, quedando como único dueño de ella. Y por cuanto han estado poseyendo esos fundos bajo la buena fe, pero requiriendo algunos de los interesados obtener de manera legal su título respectivo, han convenido en formalizar la escritura de adjudicación, por lo tanto, otorgan que confirman y ratifican la expresada adjudicación.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0049 · Stuk · 20/09/1815
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Josefa de Herrasti y Alba, viuda del finado don Carlos Díaz de la Serna y Herrero, Regidor Perpetuo y Alguacil Mayor que fue de este Ilustre Ayuntamiento, y don Joaquín de Herrasti y Alba, su hermano mayor, de 25 años de edad, albaceas y únicos herederos de doña María Ignacia de Alba Montañés de la Cueva, madre legítima de ambos, según su última disposición testamentaria con fecha de 28 de mayo de 1811, han convenido en adjudicarse las dos casas que dejó entre sus bienes su madre, ubicadas en la Calle de Belén, una chica, donde esta situada una tienda, y la otra grande. Siendo la primera propiedad de doña María Josefa y la segunda de don Joaquín. Obligándose este último a reconocer sobre dicha casa 3 000 pesos de principal, por una capellanía que sirvió el Doctor don Manuel, hermano de ambos, y 2 000 pesos que ha de cargar sobre ella a favor de sus hermanas monjas, Sor María Cayetana y Sor Manuela Herrasti y Alba.\t

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              MX UV.USBIX ANX-P-0078-PX_0078_0162 · Stuk · 16/11/1819
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El Presbítero don José María, don Marcos y doña María Tiburcia Rubio Roso Ortiz de Zárate, hermanos enteros, manifiestan que por no admitir en sí cómoda partición de los bienes de sus difuntos padres, han convenido adjudicarlos a su otro hermano el Presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso, para igualar a las demás partes, por lo que otorgan que adjudican a favor del mencionado su hermano, dos casas contiguas, la una a la otra, del cal y piedra, situadas en la Calle de la Amargura, por la cantidad de 3 396 pesos; las cuales están afectas a 2 533 pesos.