Doña Manuela Antonia Pérez Álvarez, vecina de esta Villa de Jalapa, albacea de su difunto marido, don Juan Alonso de Castro, otorga que cede, adjudica y traspasa a su hijo don José Cayetano de Castro, una casa de paredes y techada de tejas con un sitio de 22 varas de frente y 62 tercias de varas de fondo, linda al norte con la calle de Santiago y casa de la otorgante, al oriente con casa de don Francisco Flores, al poniente con casa de Matiana González, y al sur con solar de Jacinto Mora, dicha adjudicación la hace en 366 pesos 3 y medio reales.
ADJUDICACIONES
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El Presbítero don José Joaquín de la Pedreguera Morales, doña Manuela Antonia de la Pedreguera, don Miguel de Arieta como curador de las herederas menores doña Catarina, doña Francisca, doña Agustina y doña María Micaela, y don José Simón de la Portilla Cabello, Teniente de Milicias Provinciales de las Tres Villas, en representación del ausente don Manuel de la Pedreguera, todos herederos del difunto Coronel don José Antonio de la Pedreguera adjudican, ceden y traspasan a su legítima hermana doña María Guadalupe de la Pedreguera, mujer de dicho don José Simón, una casa grande de 28 y 2 tercios varas de frente que la hace al sur con la Plaza Mayor, por el oriente linda con la Calle de Belén, por el norte con casa que fue de los herederos de don José Camino y Velasco, y al poniente con la iglesia parroquial y con la Capilla del Rosario. La venden en 17 000 pesos, 2 900 pertenecientes al Convento de San Francisco de esta Villa con obligación de réditos, 3 000 del vecindario de este pueblo con obligación de réditos y los restantes 11 100 pesos los tiene ya abonados el albacea de dicho difunto a la testamentaria para la división del caudal resultante entre los herederos.
Don Juan Gómez de Estrada vecino y del comercio de Jalapa, como albacea testamentaria de don Francisco de Pando y España, otorga que hace adjudicación a doña María Antonia de Pando, sobrina del testador y mujer legítima de don Manuel Fernández de Liencres, vecina del lugar de la Selaya Valle de Carriedo Montañas y Obispado de Santander en la Península y Reino de España, de la parte de casa que fue de los padres de dicho su tío y demás bienes que por herencia de ellos le correspondan en derecho, en recompensa y remuneración de las asistencias que le suministró al padre de la cesionaria, hermano del constituyente.
Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, dijo que por cuanto el día 3 de octubre de este año, presentó escrito ante el Señor General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, ante quien se siguen los autos del juicio divisorio de los bienes que quedaron por fin y muerte de don Hipólito del Castillo de Altra, su suegro, en los cuales pidió que como marido de doña Josefa María del Castillo de Altra, una de las hijas y herederas de dicho difunto, por el derecho de reptrato [retrato] y sanguinidad [sic], se le adjudicara el trapiche de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, que quedó por bienes de dicho difunto, y que se había rematado en el Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, en cuyos autos finalmente se le adjudicó al otorgante dicho trapiche el día 3 de octubre pasado, exhibiendo los 10 000 pesos al contado que había ofrecido don Juan López de Sagade, cantidad que presentó el otorgante en varias libranzas ciertas y seguras. Y por cuanto, el señor alcalde mayor dijo que en atención a ser el otorgante uno de los primeros del comercio de esta villa y dueño de haciendas, de caudal conocido y de la satisfacción de su merced, mando se le devolviesen dichas libranzas y que otorgase escritura de obligación y depósito de que tendrá en su poder dicha cantidad de 10 000 pesos y de que no los entregará a persona alguna hasta que su merced u otro juez otra cosa mandase. Por lo cual, otorga que ha recibido de dicho señor alcalde mayor las dichas libranzas que juntas montan 10 000 pesos, de los cuales se da por entregado y se obliga a tener dicha cantidad en calidad de depósito.
UntitledEl Capitán don José de Carvajal y Contreras, Oficial Mayor del Santo Oficio de la Inquisición en este reino, albacea y uno de los herederos de su padre don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, difunto, como principal deudor; junto con sus fiadores y principales pagadores los capitanes don Hipólito del Castillo de Altra, Notario del Santo Oficio, Juan de los Santos Cubillos y Juan Álvarez de Rivera, dueños de hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, y Juan Rodríguez Bazán, todos vecinos de esta villa de Córdoba; todos juntos de mancomún en voz de uno y cada uno dijeron que el Capitán don José de Carvajal y Contreras fue nombrado por la Real Justicia tenedor de los bienes de doña Manuela y doña Gertrudis, asimismo, de doña Francisca, doña Antonia, doña Nicolasa y doña María Teresa de Carbajal, hijas legítimas de don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente en primer y segundo matrimonio, debido a que doña Gertrudis Jaimes Navarro, mujer de dicho don Gaspar, se desistió de la tenencia por hallarse destituida y no tener inteligencia para administrarlos. Asimismo, dijeron que los bienes del difunto se inventariaron y valuaron, entre ellos una hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción, nombrada la Pura y Limpia Concepción, importando todo 38 466 pesos 5 reales, cuyos bienes se pregonaron por el término del derecho, y no habiendo postor a ellos, el Capitán don José de Carvajal pidió se le adjudicaran, como se hizo el 23 de julio de 1707 en pública almoneda, con el cargo de exhibir la cantidad que le tocase en la hijuela de partición a la dicha doña Gertrudis Jaimes y tener en su poder las legítimas que le tocasen a sus hermanos. También dijeron que en el mes de noviembre de 1708 falleció doña Gertrudis Jaimes bajo testamento nuncupativo, sin haber nombrado en dicho testamento tutor y curador ad bona de doña Gertrudis y doña Francisca de Carvajal, por lo cual el Capitán don José de Carvajal solicitó al alcalde mayor de esta villa se le nombrara tutor y curador de dichas sus hermanas menores, ofreciendo por fiadores a los susodichos, siendo aceptados para tal fin en auto expedido por el señor juez. Y para dar cumplimiento al auto que se refiere, por la presente se obligan a dar y pagar a doña Gertrudis y a doña Francisca de Carvajal, 4 708 pesos a cada una, que se aplicaron en la hijuela de partición de dichos bienes y consta en los autos de dicha materia, los cuales pagaran de a 2 354 pesos cada uno, luego que las susodichas tomen estado o tengan la edad competente.
UntitledCuenta de división, partición y adjudicación de bienes que quedaron por fin y muerte de doña Josefa Vázquez, entre Juan Rodríguez Durán, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario en ella, y doña Isabel Rodríguez, mujer legítima de Francisco de Varrios [Barrios], vecino de esta villa, sus hijos legítimos. Los bienes montan la cantidad de 2 849 pesos.
UntitledDoña María Francisca de Ariz, viuda de don Manuel de Ochoa, hija legítima y heredera de don Juan de Ariz y de doña Manuela Blanco Bravo de Alarcón, y don Juan Lazon, como único hijo de doña Francisca de Ariz, dijeron que para hacer división y partición de los bienes de don Juan de Ariz y Manuela Blanco Bravo de Alarcón, que consisten en una casa y solar, entre sus 3 herederos, otorgan que adjudican, ceden y traspasan a doña Ana Josefa de Ariz y a su marido don Francisco Domínguez Muñoz, 13 y tres cuartas varas de frente de un solar y 89 de fondo, con lo edificado en ellas, que hacen frente al poniente con la plazuela que llaman del Rey, que antes fue solar de Juan Lorenzo Velázquez, al norte linda con la parte que se le vendió a don Domingo Franceschi [Franco], al sur linda con casa y solar de doña Antonia Barreda Gayón y Calleja, y al oriente que es su fondo, con la calle de la Fuente de Xalitic.
Don Agustín García Campomanes, vecino del pueblo de Naolinco, junto con Francisco García Campomanes y don Antonio García Campomanes, los dos últimos hijos legítimos del citado Agustín y de la difunta doña Margarita Josefa Pérez, informan que por cuentas de los bienes que dejó su difunta esposa, han acordado dividirse los mismos en la siguiente manera; a cada uno de los hijos 3, 320 pesos 6 reales y medio, y por parte paterna las tierras de rancho de ganado mayor en el llano de Chiltoyac, que vende a sus hijos, Antonio y Francisco, quienes le entregaron diferentes cantidades de reales a cuenta de dicha deuda, y se resta hasta hoy sólo 1, 256 pesos, por lo que dicho Agustín, hace adjudicación de dicho rancho, con la condición de que el mayor entregue la mitad de las tierras, ganados y demás pertenencias al menor, cuando tenga 25 años, y que dicho rancho lo hipoteca de manera especial a esta deuda, sin poder venderlo, cambiarlo, ni enajenarlo hasta que la deuda sea pagada, pagando réditos de 5% anuales.
Doña María Magdalena de Campo, don Pablo de Campo , don Miguel de Campo y don José de Campo, hermanos y vecinos de este pueblo de Jalapa, dijeron que por fallecimiento de sus padres don Tomás Miguel de Campo y doña Inés Francisca Casados y Mendoza, otorgan que adjudican a su hermano don Mariano Antonio de Campo, albacea de sus padres, una casa y solar ubicada en este pueblo en la calle que baja de la del Beaterio para el barrio que llaman de Los Berros, por donde tiene 50 varas de frente hacia el norte con dicha calle y del otro lado casa de don Ignacio de Guevara y los herederos de José Vanegas, por el oriente con calle de Los Berros, con la que hace esquina, y solar de en frente de los Arrietas, por el poniente con callejón y casa enfrente de don Alonso de Alba, y por el fondo con casa de don Miguel de Campo. La adjudican en 1, 429 pesos.
Los hijos y herederos de los difuntos don Manuel de Olmedo y de doña María Josefa de Araciel, vecinos del pueblo de Jalapa, junto con el Licenciado don José Camino y Velasco, en nombre y con poder de don Juan de Dios Olmedo y Araciel, Cura, Vicario y Juez eclesiástico de la Villa de Chilapa, informan que se hizo inventario y partición de bienes de sus difuntos padres constituidos por 5 casas, mismas que se adjudicaron en la forma siguiente: la primera se adjudica a Josefa y a Juan de Dios, que mide 26 y 1 tercia varas de frente por 66 y media varas de fondo, la segunda casa, que corresponde a Teresa de Olmedo y Araciel, mide 17 varas de frente y 43 de fondo; la tercera casa, se le adjudicó al Lic. Francisco, y linda al poniente con la Calle de la Amargura; la cuarta casa, se la adjudicó doña Antonia de Olmedo y Araciel, y la quinta casa se le adjudicó al Bachiller Francisco de Olmedo y Araciel, tiene 89 varas de frente y 55 varas de fondo.