ACTOPAN, DOCTRINA DE

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0050 · Unidad documental simple · 1830/05/17
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Dionisio Camacho, de esta vecindad, Colector de Diezmos en el distrito de su comprensión, dijo que a virtud de las facultades que le competen como tal colector otorga que da en arrendamiento a don José Antonio Domínguez de esta misma vecindad, el producto de los diezmos que se causen en la doctrina de Actopan y pueblo de San Carlos, exceptuando la hacienda de Tortugas perteneciente a don Pedro Bon y reponiendo en su lugar el trapiche y tierras de Atezca de la doctrina del Chico, bajo las capitulaciones siguientes: Primero: que dicho arrendamiento es por el tiempo de tres años que han comenzado a correr desde primero del presente. Segundo: Que la cantidad del arriendo es por 3 000 pesos por el tiempo prefijado, los cuales ha de exhibir el arrendatario por anuales de a 1 000 pesos. Tercero: Que si cumplido cada plazo no verificare el arrendatario la puntual exhibición se procederá ejecutivamente contra sus bienes sin dar espera ni demora. Cuarta: Que para la ejecución de los diezmos a los causantes no ha de alterar la costumbre respeto de la cuota que aquellos deben pagar ni ha de oprimirles con nuevos impuestos; pero sí podrá usar de la rectitud y actividad consiguientes para el legítimo cobro y evitar todo fraude en los dezmatorios. Quinto: Que como dueño de los frutos diezmados podrá hacer el uso que quiera de ellos y solo preferirá a los criadores de ganado a que se queden con las crías que diezmen por su justo valor. Sexta: Que si por variación de sistema en la exacción de diezmos se hicieren reformas dentro del tiempo de dicho arrendamiento se subsanará del quebranto que acaso haya proporcionalmente al arrendatario. Séptima: Que si por motivo de alguna irrupción de armas padecieren extravío los intereses existentes del mismo arrendatario o se le entorpecieren los cobros, se le indemnizará en proporción según el perjuicio que se justifique. Octava: Que la administración de este dezmatorio le garantiza el cumplimiento del explicado arrendamiento según las facultades que tiene el colector a virtud de su nombramiento. Novena: que el arrendatario ha de caucionar el pago de las exhibiciones referidas y en las fechas pactadas con fianza de don José Mariano Domínguez, también de esta vecindad; y que aquel ha de estar obligado a subrogar dicha caución en caso de falencia del don José Mariano con otro sujeto de satisfacción del colector y que así el que a la presente se constituye fiador, como lo que a la vez hallan de sustituirle, han de renunciar igualmente todas las leyes de su defensa y han de quedar sujetos con sus bienes al pago ejecutivo. Y estando presente don José Antonio Domínguez otorga que la acepta y se obliga en toda forma de derecho al cumplimiento de esas estipulaciones sin pedir moderación del precio fijado. Y don José Mariano Domínguez otorga que se constituye fiador y principal pagador por don José Antonio Domínguez.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0104 · Unidad documental simple · 1836/08/26
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El señor presbítero don Francisco Antonio Gil, cura párroco de la doctrina de Actopan y presente en este suelo, dijo que don Antonio Gutiérrez del Pozo en el testamento bajo que falleció lo nombró para tutor de sus hijas doña Romana y doña Donaciana Gutiérrez del Pozo y Gil, pero no pudiendo pasar personalmente al pueblo de Misantla, que es donde debe radicarse la testamentaría de dicho finado, para desempeñar las funciones de su encargo, ha resuelto facultar a una persona que lo verifique, y reduciéndolo a efecto, por el presente en el modo más oportuno, otorga que da todo su poder cumplido a don Ignacio María Cardeña, vecino del expresado pueblo de Misantla, para que a nombre del comparente y representando su persona acepte el cargo de tutor de la menores y afiance como corresponde. Asimismo, se lo confiere general para que pueda gestionar todo lo conducente a poner en giro la testamentaría del referido finado don Antonio Gutiérrez del Pozo.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0059-PX_0059_0123 · Unidad documental simple · 25/10/1794
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Tomás y don Marcos Roso, vecinos de la Villa de Xalapa, el primero como principal deudor y el segundo como su fiador, otorgan que el primero ha recibido del Licenciado don Bernardo María Sánchez de Ibáñez, Cura Propietario, Vicario y Juez Eclesiástico de la parroquia y Doctrina de San Francisco Actopan, jurisdicción de la Antigua, la cantidad de 900 pesos en calidad de depósito irregular, por tiempo de 5 años, cantidad que pertenece a la Hermandad de las Benditas Ánimas, obligándose a contribuir con 45 pesos anuales, y para su seguro pago hipoteca una casa con su sitio que le pertenece, ubicada en la calle de la Amargura, al norte linda con de don Domingo de Castro, al sur con casa de don Juan de Bárcena y al poniente con solar de don José de Zárate.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0064-PX_0064_0180 · Unidad documental simple · 27/11/1800
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Tomás Rubio Roso, vecino y del comercio de esta Villa, dijo que en el mes de octubre de 1794 recibió 900 pesos del Cura Párroco de la Doctrina de San Francisco Actopan, perteneciente a la Hermandad de Ánimas de aquella iglesia, por tiempo de 5 años y obligación de réditos a razón del 5 % anuales, con hipoteca expresa de una casa que posee en esta Villa y fianza de don Marcos Rubio Roso, y por cuanto son cumplidos dichos 5 años otorga que reconoce y carga de nuevo sobre la expresada casa los dichos 900 pesos con igual obligación de réditos a favor de la misma hermandad y del nominado párroco, desde ahora tantas veces como años excediere hasta que tenga efecto la devolución de dicha cantidad; como seguro de la deuda hipoteca una casa y otorga como fiador a don Miguel Barradas.\t

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0050-PX_0050_0218 · Unidad documental simple · 16/10/1778
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Gómez de Estrada y doña Nicolasa Domínguez, marido y mujer, el primero natural de la Villa de Reynosa en el Arzobispado de Burgos en los Reinos de Casilla, residente en el pueblo de Jalapa, hijo legítimo de don Ventura Gómez de Estrada y de doña Ángela Pérez de Orna, difuntos; la segunda, natural del Trapiche del Rosario, doctrina de Actopan, hija legítima de don Gervasio Domínguez [Muñiz], difunto, y de doña María de la Cruz Pardo, viva, casada en primeras nupcias con don Benito Posadas; se otorgan poder para testar el uno al otro, asimismo se nombran albaceas testamentarios, y como herederos universales nombran a los hijos legítimos de ambos.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0054-PX_0054_0188 · Unidad documental simple · 18/06/1787
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Nicolás Domínguez Muñiz, vecino de el pueblo de Naolinco y residente este pueblo de Jalapa, otorga poder a su hermano don Mariano Domínguez Muñiz para que en su nombre haga posturas a los diezmos de las doctrinas de Tlacolulan, Naolinco, Misantla y Actopan, y acordado el remate saque el billete acostumbrado de los señores jueces para que en este pueblo se otorgue la fianza y seguridad de la renta.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0063-PX_0063_0164 · Unidad documental simple · 04/11/1799
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Sebastián Muñiz de Cámara, vecino de la doctrina de Actopan, residente en esta Villa de Xalapa, dijo que el 15 de noviembre de 1794, otorgó su testamento en el que nombró como albacea a su esposa doña Justa Margarita Barradas, pero debido a su fallecimiento otorga por vía de codicilo que nombra por su primera albacea a José Albino Muñiz, y en segundo lugar a Isidro Antonio Muñiz, sus hijos. Declara que su esposa le encargó que del quinto que le perteneciese a ella lo convirtiese en misas y sufragios por su alma. También señala que es voluntad de él que del remanente del quinto de sus bienes sea convertido en misas y sufragios.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0064-PX_0064_0048 · Unidad documental simple · 17/03/1800
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María de Jesús Heredia, viuda y albacea de don Cayetano Domínguez, vecino que fue del rancho de los Otates, y sus hijos don José, doña Rafaela y doña Juana Gertrudis Domínguez y demás herederos de don Francisco Domínguez Muñiz que se mencionan en esta escritura, venden a don Pedro Báez, vecino de esta Villa, dos pedazos de tierra nombrados La Balsa y El Altillo, ubicados en esta jurisdicción doctrina de San Francisco Actopan, ambos unidos lindan por la Loma del Paxcle o Pastle hacia el poniente con tierras de los herederos de don Manuel de Acosta, por el norte con las de los Otates, cantil abajo hasta Barranca Honda y desde este paraje hacia el oriente hasta topar con el río que baja de los Otates, y siguiendo el río, por el rumbo del sur, hasta topar con el arroyo que baja de Dominico. Lo venden en 1 975 pesos.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0059-PX_0059_0069 · Unidad documental simple · 13/06/1794
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Mariano Muñiz de Cámara, natural de la jurisdicción de la Antigua, doctrina de Actopan, y vecino en el rancho el Zetal de la misma jurisdicción y doctrina, hijo legítimo de don Sebastián Muñiz de Cámara y de doña Justa Margarita Barradas, vivos, otorga su testamento donde nombra como albaceas testamentarias y fideicomisarias a su esposa doña Antonia Palmeros, al padre del otorgante don Sebastián, y a su hermano don José Luis Palmeros. Nombra a su esposa tutora de sus tres hijas menores de edad, y como herederas universales a dichas sus tres hijas. Tiene entre sus bienes un rancho que compró en 461 pesos, un trapiche bueno con 4 fondos, una resfriadera, 7 mulas, 5 machos, 2 yuntas de bueyes, 6 caballos, 6 yeguas y 10 vacas, más una casa que fabricó en el dicho rancho.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0055-PX_0055_0100 · Unidad documental simple · 09/09/1788
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El Bachiller Antonio José Bravo, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y doctrina de San Francisco Actopan, jurisdicción de la Antigua, otorga poder especial a don Jacinto Antonio de los Ríos, Regidor Perpetuo de la Villa de Orizaba, para que pida de cualquier tribunal, convento, capellanías, cofradías y demás, un censo redimible de 20000 el millar y un depósito irregular de 2, 000 o 3, 000 pesos, cantidad que cargue sobre las fincas que tiene en la villa de Orizaba.