Item PC_0036_0076 - Untitled

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Reference code

MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0076

Title

Untitled

Date(s)

  • 1701/10/29 (Creation)
  • Córdoba (Creation)

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Extent and medium

124 vta. – 134 vta.

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El Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa y Antonio de Olivera, vecinos de esta villa de Córdoba, en nombre y con poder de don Nicolás de Olivera, dijeron que, usando de dicho poder, hacen y otorgan su testamento con las cláusulas, legados y mandas que les comunicó en la forma y manera siguiente: declaran que habiendo fallecido el dicho don Nicolás de Olivera, en la ciudad de la Nueva Veracruz, le dieron sepultura tal y como les comunicó. Ítem, les comunicó que después de su muerte, se realizare inventario de sus bienes, y el quinto que quedase de todos sus bienes se lo dejaba a Josefa niña huérfana, de edad de un año, más o menos, que ha tenido y criado en su casa y que dicha cantidad se le den en cuanto tome estado y/o tenga edad para administrar, y en caso de que la niña falleciere antes de tomar estado o tenga la edad de recibir, el dicho regidor deberá de instruir una capellanía y de esta manera nombrar a los patronos, capellanes e interinos. También dijeron que les comunicó dicho difunto, que a María negra conga, su esclava, que la crio, le otorguen libertad y 50 pesos, los cuales le han dado y otorgado su libertad. Ítem, les comunicó que se les den ciertas cantidades pesos a Marina Carmona, parda; Francisco López, pardo; Magdalena, mulata; y a otras personas que se mencionan en la escritura. Ítem, les comunicó el citado difunto que de sus bienes se imponga una capellanía de misas rezadas con el principal de 2 000 pesos por su alma, bajos las condiciones y nombramientos que se mencionan en la escritura. Ítem, les comunicó que como su última voluntad nombró e instituyó por su heredera a su alma y que el dicho remanente se ponga a censo. Nombró por albaceas testamentarios a los presentes otorgantes.

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  • Spanish

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    Note

    Observaciones: Documento deteriorado. Contiene traslado de poder para testar de Nicolás de Olivera, su fecha a cuatro de octubre de 1701, 125 – 127. Foja 128 en blnaco. Al final del acta dice: “A este testamento de don Nicolás de Olivera sigue la cuenta y relación jurada hecha por el albacea, don Miguel de Leiva”; f, 134 vta. El escribano registra los nombres Miguel de Leyba y Antonio de Olivera, éstos firman como Miguel de Leiva y Antonio de Olibera, para su ubicación se registraron como aparecen en el resumen del acta.

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