Pièce PX_0097_0162 - Sans titre

Zone d'identification

Cote

MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0162

Titre

Sans titre

Date(s)

  • 1839/12/31 (Création/Production)

Niveau de description

Pièce

Étendue matérielle et support

f. 546 vta. – 549

Zone du contexte

Nom du producteur

Histoire archivistique

Source immédiate d'acquisition ou de transfert

Zone du contenu et de la structure

Portée et contenu

El presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que como propietario de la hacienda nombrada los Ojuelos, ubicada en este partido, se la dio en arrendamiento a don Pablo Domínguez por el tiempo de siete años bajo las condiciones que se mencionan y constan de escritura celebrada en esta ciudad el 7 de marzo de 1833, ante el alcalde cuarto licenciado Antonio Viamonte. Tiempo que se ha vencido, por lo que el otorgante y don Pablo han convenido en continuar en el arrendamiento, pero con las condiciones siguientes: 1.ª que el nuevo arrendamiento es por siete años, contados desde el 7 de noviembre del presente año. 2.ª que los 5 266 pesos 6 y medio reales que importaron los ganados y llenos de la finca en el anterior arrendamiento, según avalúos hechos por Santa María y Rodríguez, son los mismos de que se hace cargo Domínguez para el periodo actual y entregará a su terminación. 3.ª que el utensilio y paramento de la capilla y sacristía se inventarió sin el precio de cada cosa en el primer arrendamiento, y queda obligado el señor Domínguez a arreglarlo a fin de este nuevo periodo, y entregarlo como lo recibió. 4.ª que la casa vivienda y tierras, tampoco se apreciaron en dicho primer arrendamiento, y Domínguez se obliga a entregarlas en el buen estado que las recibió, exceptuando el terreno vendido al ciudadano Olvera. 5.ª que la renta anual de este nuevo arrendamiento será de 500 pesos, pero si al fin de los siete años en el reconocimiento que se haga para la entrega, lo ha producido la finca serán 50 pesos más de renta anual. 6.ª Domínguez entregará de contado 400 pesos, quedando 500 pesos al reconocimiento anual de un 5 por ciento, siendo ambas partidas los 900 que en liquidación de cuenta salió debiendo el mismo Domínguez al vencimiento del arrendamiento que expiró. 7.ª que dichos 500 pesos se entregarán al señor Ulloa al concluir este nuevo arrendamiento, si la finca los hubiere producido, si no, los perdona. 8.ª que la renta de este nuevo arrendamiento se pagará por tercios o medios años. 9.ª en el caso de fallecer Domínguez dentro de estos siete años, seguirá su hijo José Romualdo el arrendamiento, si se ponen de acuerdo éste y el señor de Ulloa o sus albaceas. Bajo dichas cláusulas y condiciones, otorga el señor Ulloa que le será cierto y seguro al señor Domínguez el arrendamiento de la enunciada finca, por el precio y tiempo que queda estipulado.

Appraisal, destruction and scheduling

Accruals

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Conditions d'accès

Conditions governing reproduction

Language of material

  • espagnol

Script of material

    Language and script notes

    Caractéristiques matérielle et contraintes techniques

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    Existence and location of copies

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    Zone des notes

    Note

    El escribano registra el nombre Juan Nepomuceno de Ulloa, Juan Nepomuceno Ulloa, Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, éste firma Juan Nepomuceno Ulloa, para su ubicación se registró como aparece en el resumen del acta.

    Identifiant(s) alternatif(s)

    Mots-clés

    Mots-clés - Lieux

    Mots-clés - Genre

    Zone du contrôle de la description

    Identifiant de la description

    Identifiant du service d'archives

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    Statut

    Publicado

    Niveau de détail

    Moyen

    Dates of creation revision deletion

    Langue(s)

      Écriture(s)

        Sources

        Accession area