TUY, OBISPADO DE

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0055-PX_0055_0133 · Unidad documental simple · 13/11/1788
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José de las Piedras, vecino y natural de la Villa de Redondela en el reino de Galicia de los de Castilla, Obispado de Tuy, hijo de don Francisco de las Piedras y de doña María Luisa Fernández de Barros, ambos difuntos, otorga su testamento donde declara que fue casado con doña Bárbara Bausa, con la cual procreó a doña María Josefa, doña María Manuela, don Joaquín y don Francisco. Nombra como albaceas testamentarias a sus hijos menores don Joaquín y don Francisco, a su esposa y a don Domingo Antonio Salgueiro y por ausencia de alguno de ellos a don Juan Lorenzo de los Ríos, vecino de la ciudad de Veracruz. Nombra como herederos universales a sus hijos. Dijo que al tiempo de casarse trajo como bienes 16, 000 pesos y su esposa 300 pesos de dote; su caudal no lo puede cuantificar por haber tenido mucho giro en el comercio, pero consta en un legajo en el estante de su ropa con rótulo de su contenido, existencia de toda clase de efectos, en almacén, tienda de pulpería, deudas cobrables, esclavos, plata labrada, prendas de oro y plata, dinero en efectivo que podrá llegar a 200, 000 pesos.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0170 · Unidad documental simple · 1833/12/19
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel Antonio Orduña, de esta vecindad, otorga poder amplio a sus hermanas, doña María Benita y doña Juana Benita Orduña, viuda la primera y de estado honesta la segunda, ambas vecinas en la Villa de la Guardia, Obispado de Tuy, Reino de Galicia, para que en su representación, puedan aceptar las herencias que por testamento o ab intestato le pertenezcan, pero con beneficio de inventarios y no de otra manera. También para que recauden y perciban todos los bienes que le pertenezcan. Así como para que los rijan, gobiernen y administren, de la manera que crean más útil. Para que pidan y tomen cuentas de todo lo que le deban; y si fuere necesario entablar juicio sobre los particulares indicados, puedan comparecer en todos los tribunales eclesiásticos o seculares, superiores o inferiores que importe. Finalmente añadió que las recaudaciones de herencia no solo comprenden la de los finados sus padres del otorgante y otros cuyos bienes existan en la villa de la Guardia y países de aquel reino, sino también los que existan por fallecimiento de su hermano don Antonio de Orduña.

              JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0037 · Unidad documental simple · 01/08/1815
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Antonio Figueiras, natural del Obispado de Tuy, en el reino de Galicia, vecino de esta Villa, hijo legítimo de don Benito Figueiras y de doña Clara Caride, difunta, otorga su testamento donde declara estar casado con doña María Luisa Urriaga, de cuyo matrimonio han procreado a Juan Francisco, de 23 años; a Francisco Javier, Josefa Maura, María Manuela, Soledad, Dolores y Pedro. Declara por bienes suyos las dos casas hipotecadas y una vinatería en los bajos del mesón de la Plaza y portal. Nombra como albacea tutora y curadora ad bona a su esposa y como herederos universales a sus hijos.\t

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0056-PX_0056_0066 · Unidad documental simple · 26/08/1789
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José de las Piedras, del comercio de la Nueva Ciudad de Veracruz, dijo que por vía de codicilo modifica su testamento y manda que la parte de herencia que le corresponde de sus padres difuntos y que tiene en Galicia, la tome su sobrina doña Jerónima Hernández. Asimismo que todos los demás bienes propios que tiene en Galicia se repartan por iguales partes entre todos sus sobrinos y sobrinas, por medio de su hermano el cura de San Adrián de Meder del Obispado de Tuy, don Matías de las Piedras. Así también que a la tercera orden de este pueblo se le den 100 pesos de limosna.