Juan Antonio de Avilés, vecino de la Ciudad de Texcoco y dueño de la venta de la Joya, otorga poder general a don Pedro de Senande, vecino de este pueblo de Jalapa, para que lo represente en todos sus pleitos civiles y criminales.
TEXCOCO, CIUDAD DE
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Don Lucas Narváez, hijo legítimo de los difuntos don Juan Narváez y de doña Micaela Casasola, natural del pueblo de Tepetlastoc, jurisdicción de la Ciudad de Texcoco y vecino del pueblo de Jalapa, casado con doña Juana Sánchez, a la cual otorga poder para testar y nombramiento de albaceas, junto con su hermano don Miguel Narváez, y como herederos a José Eugenio, Mariano y Manuel, mellizos, María Agustina y María, sus hijos legítimos.
Marcos de Silva, vecino de la ciudad de Texcoco, hijo legítimo de los difuntos Nicolás de Silva y Josefa de la Cruz, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a su mujer Francisca Antonia Morillo, junto con Miguel de Gayesteis, vecino de la misma ciudad, y como heredero a Juan Bautista Mariano, su legítimo hijo.
José de Iraeta, natural de Texcoco y residente en este pueblo de Jalapa, hijo de los difuntos José de Iraeta y de Teresa López, otorga poder a su hermano Miguel de Iraeta, vecino de Texcoco, para que ordene su testamento en donde declara ser soltero y no tener descendencia, nombra como herederos a sus cuatro hermanas.
Francisco de Orduña Loyando, y su esposa, Agustina de Villanueva[Agustina de Villanueva y Guzmán], residentes en el ingenio San Pedro, jurisdicción de Jalapa, dieron su poder cumplido a su hijo el Capitán Diego de Orduña y a Gaspar de Contreras, vecinos de Texcoco, a los dos juntos y a cada uno de por sí, para que en sus nombres y a su dita y crédito, compren la cantidad de oro o plata labrada o por labrar u otro cualquier género de géneros que les pareciere, y una vez hecho barata y salida de ello queden horros de todas costas y daños, el alcance de pesos que le hiciere Antonio de Neyra[Neira], vecino de Los Ángeles, el cual se le ha de pagar al fin del año corrido, después de hechas y rematadas sus cuentas.Asimismo, para que puedan administrar sus haciendas, vender y comprar cualesquiera de sus bienes y esquilmos.