Don Miguel García Espejo, vecino de este pueblo de Jalapa, arrendatario de las reales alcabalas de esta jurisdicción de Jalapa, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Tetela, Jonotla, Teziutlán, Atempa y Papantla, informa que por no poder administrar las alcabalas del partido de Naolinco y sus pueblos y ranchos, ha decidido darlas en arrendamiento a don Félix José de los Reyes y don Francisco Munguía, vecinos del citado pueblo de Naolinco, por el periodo de 5 años, por la cantidad de 850 pesos que le han de pagar cada uno.
TETELA, JURISDICCIÓN DE
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Don Miguel García Espejo, arrendatario de las Reales Alcabalas de esta jurisdicción de Jalapa, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Tetela, Jonotla, Teziutlán, Atempa y Papantla, informa que por no poder administrar las alcabalas del partido de Perote, ha decidido otorgarlas en arrendamiento a don Marcos Barreda, vecino del citado partido y pueblo de Perote, por el periodo de 5 años, con una paga de 840 pesos en cada año.
Don Miguel García Espejo, arrendatario de las Reales Alcabalas de esta jurisdicción de Jalapa, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Tetela, Jonotla, Teziutlán, Atempa y Papantla, informa que por no poder administrar las alcabalas del partido de Coatepec e Ixhuacán de los Reyes, las cuales abarcan desde el Río de Nacastalapa e incluyen los pueblos de Coatepec, Xico, Ixhuacán, Santiago Teocelo, las lomas del río Pedernales, el pueblo de Jalcomulco y el ingenio de Pacho e incluyendo los demás ranchos, las cuales otorga en arrendamiento a don Bartolomé Salvo, vecino de este pueblo de Jalapa, por el periodo de 5 años, con una paga de 574 pesos por cada año.
Don Juan Martín de Zurbano, arrendatario de las alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Atempa, Papantla, Tetela y Jonotla, junto con los Capitanes Manuel de Olmedo, José Robledano de Cardeña, Juan Antonio de Zavalza, Laureano Fernández de Ulloa, Domingo Díaz Mier y Joaquín Ildefonso de Torquemada, vecinos del pueblo de Jalapa y apoderados de este vecindario, acordaron con el citado Juan, que les ceda las mencionadas alcabalas, para que las arriende o cobre, por el tiempo de 5 años, con la condición de que dicho vecindario ha de pagar 8 pesos anuales, mismos que se obligó a pagar dicho Zurbano, incluyendo en ellos el 2 % más que demandó pagar.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo de Jalapa, arrendatario de las reales alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Tetela, Papantla, Teziutlán y Jonotla, otorga poder especial para arrendar, ceder y traspasar dichas alcabalas, por el periodo de 9 años a don Ignacio de Ledezma Mercado, vecino de San Juan de los Llanos.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo, da en arrendamiento a don Nicolás Pérez Toledano, vecino del pueblo de Teziutlán, las alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, Teziutlán, Atempa, Papantla, Tetela y Jonotla, por el periodo de 5 años, con una paga de 1, 882 pesos 5 y medio reales.
Fernando Montero, Receptor Arrendatario de las Reales Alcabalas de la jurisdicción de Jalapa y su agregado Jalacingo, Teziutlán, San Juan de los Llanos, Tetela, Papantla y Jonotla, dijo que para la buena administración de ella necesita nombrar personas de su satisfacción y confianza, en cuya virtud otorga poder a don José de Espinosa, residente en Teziutlán, para que en su nombre administre, recaude y cobre las reales alcabalas que se hubieran causado desde el 29 de enero de 1724, así también para que cobre sobre el repartimiento de mulas, caballos y otras cosas.
Don José Robledano de Cardeña, don Manuel de Olmedo, el Capitán don Gregorio Fernández Mantilla y el Capitán don Juan Antonio de Zavalza, miembros de las Compañías de Caballería e Infantería de Españoles Milicianos, de este pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo, para que los presente como fiadores en las posturas, pujas y mejoras de los arrendamientos de las reales alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa, Papantla, Tetela y Jonotla. Por el periodo de 5 años, en las cantidades de pesos que acuerde.
Fernando Montero, Receptor Arrendatario de las Reales Alcabalas de la jurisdicción de Jalapa y su agregado Jalacingo, Teziutlán, San Juan de los Llanos, Tetela, Papantla y Jonotla, dijo no poder acudir a la recaudación y cobro de ellas en todas las Jurisdicciones, por lo que es forzoso encomendarlo a personas de su satisfacción, en cuyo caso otorga poder a don Jerónimo de Castro, residente en Jalapa, para que en su nombre recaude las alcabalas que se causen en todas las jurisdicciones dando recibos y cartas de pago por ello.