El Capitán don Lorenzo de Prado, Teniente General de este pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, dijo que tiene un esclavo mulatillo nombrado Juan de la Rosa, de diez años de edad poco más o menos, y por el mucho amor que le tiene y por los buenos servicios que le ha hecho y espera continuará haciendo, y por si acaso le cogiera la muerte y no pudiera otorgar esta libertad, por la presente otorga ahorría y libertad graciosa a dicho esclavo para que después del fallecimiento de dicho capitán y no en otra forma, goce de ésta para siempre jamás.
Morera de Silva, JuanTenientes generales
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El General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad, Teniente General en ella, Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de Primer Voto de esta villa, Jueces Comisarios nombrados por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, en virtud de su mandamiento con fecha en la ciudad de México a 22 de febrero de 1717, refrendado por don José de la Cerda, su Secretario, por el cual se les concede facultad para reconocer las tierras que gozan por propias el muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, y saber lo que han pagado, deben pagar y deben sus arrendatarios y hacerle escritura de ellos con las solemnidades debidas para su seguridad como consta en dicho mandamiento. Usando de dicha facultad otorgan que dan en arrendamiento al Sargento Manuel González Bautista, vecino de esta villa, caballería y media de tierra y veintidós solares más, cuadrados; que por el oriente linda con el Licenciado don Juan Estévez de Laguarda, por el poniente con la brecha de Acatengo, por el norte con Juan Íñiguez y por el sur con el arroyo de San Francisco Tlacotengo y rancho de Molina; cuyas tierras fueron medidas por don Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el superior gobierno de esta Nueva España. Las arriendan por nueve años que empezaron a correr y contarse desde el primero de marzo pasado del presente año, por precio de 20 pesos y medio reales, y se obligan a que será cierto y seguro y no le serán quitadas, pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar, por el mismo tiempo y precio.
Morera de Silva, JuanEl Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre del Capitán don Nicolás de Aguirre Figueroa, vecino y labrador de la provincia de Tepeaca, en virtud de poder general que le otorgó en el pueblo de San Andrés Chalchicomula, jurisdicción de dicha provincia, el 15 de marzo de pasado ante el Capitán don Antonio de Cárdenas, Teniente General de dicho pueblo por nombramiento del General don Rafael Cortés de Linaje, Alcalde Mayor y Capitán a Guerra de dicha provincia; otorga haber recibido de don Diego de Morales, Gobernador, sus alcaldes, regidores, común y naturales del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco] de esta jurisdicción, a saber 100 pesos en reales de oro común, los mismos que se obligó a pagar dicha comunidad al dicho Capitán Nicolás de Aguirre, de resto de un sitio de ganado que les vendió por escritura su fecha en el pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] el 13 de marzo de 1709; por lo cual otorga carta de pago, finiquito y cancelación de dicha escritura.
Morera de Silva, JuanEl General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, su partido y jurisdicción por Su Majestad, de mandamiento de [roto] Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España y Presidente de la Real Audiencia, con fecha en la ciudad de México a 28 de mayo de [roto] “que por mi cuenta y riesgo nombrase teniente en esta jurisdicción para la administración de la Real Justicia y de lo militar” [roto] nombra como Teniente General a Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa, así de lo político como de lo militar en esta villa y su jurisdicción.
Morera de Silva, JuanJuan Montero, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que se obliga de pagar al Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Alcalde Mayor y Teniente General de esta villa, 141 pesos de oro común, los mismos que le suplió a José de Santiago, indio del barrio de San Miguel, el citado indio trabaja en un rancho que posee el otorgante en esta jurisdicción y, por tanto, le debía pagar; la cantidad la pagará para el mes de junio de 1707.
Morera de Silva, JuanDoña María Hurtado de Mendoza y Arriola, doncella mayor de veinticinco años, residente en la jurisdicción de esta villa de Córdoba y vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, como albacea testamentaria y tenedora de los bienes que quedaron por muerte del Capitán don Francisco Cruzado; otorga poder especial a don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa, para que en su nombre parezca ante el Señor Capitán de Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa por Su Majestad y Teniente General en ella, y en su juzgado donde paran los autos del testamento e inventarios de los bienes que quedaron por muerte de dicho Provincial don Francisco Cruzado, y juicio de división de dichos bienes entre sus herederos y concurso de acreedores, que se han devuelto a su juzgado por mandado de los Señores Presidente y Oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España; y los siga por todas las vías, instancias y sentencias por dichos acreedores y siendo necesario para cuenta de división y partición de dichos bienes entre los herederos, nombre contador que la haga y estando hecha la apruebe o adiciones y conforme al derecho la ratifique.
Morera de Silva, JuanEl Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando juntos y congregados en el Ayuntamiento conviene a saber el General don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor por Su Majestad y Teniente General en ella; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; don Diego Valero Grajeda; don Francisco de Aguilar; don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General; y don Juan Valero Grajeda; todos regidores perpetuos de ella por Su Majestad; otorgan que dan su poder general al dicho Regidor don Juan Valero Grajeda, para que en sus nombres parezca ante el Rey y ante su presidente y oidores de la Real Audiencia, y siendo necesario ante el Excelentísimo Señor Duque de Alburquerque, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y presente la consulta que con este poder y pida se sirva su alteza declarar lo que se debe guardar en los actos públicos que tuviere este Muy Ilustre Cabildo en la santa iglesia parroquial de esta villa, con el clero su cabezal y la que debe observar dicha cabeza con el citado cabildo, por las diferencias que se han experimentado hasta [hoy] y sucedieren en adelante; sobre lo cual hagan cualquier pedimento y requerimientos que se ofrecieren. Asimismo, le dan poder al citado Regidor don Juan Valero Grajeda para todas las causas y negocios civiles y criminales que tenga este cabildo hasta el día de hoy y tuviere en adelante.
El Cabildo, Justicias y Regimiento de esta villa de Córdoba estando juntos y congregados en el ayuntamiento conviene a saber el General don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, su partido y jurisdicción por Su Majestad y Teniente General en ella; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; don Diego Valero Grajeda; don Francisco de Aguilar; don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General; don Juan Valero Grajeda; todos regidores perpetuos de ella por Su Majestad; otorgan que dan su poder general al dicho Regidor don Juan Valero Grajeda, para que en sus nombres parezca ante el Rey y ante su presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y ante el excelentísimo Duque de Alburquerque Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España en su superior gobierno, y presente la consulta que va con este poder y pida se sirva su alteza de declarar lo que se debe guardar en los actos públicos que tuviere este Muy Ilustre Cabildo en la santa iglesia parroquial de esta villa con el clero y su cabeza; asimismo, la que debe observar dicha cabeza con el cabildo por las diferencias que se pueden ofrecer, sobre lo cual y hasta que lo consiga haga pedimentos, requerimientos, memoriales, suplicas, protestas, presente testigos y escritos. También le dan este poder a dicho regidor para todos los demás pleitos, causas y negocios que se ofrecieran, haciendo pedimentos y demás diligencias que se ofrezcan, y le otorgan dicho poder con libre y general administración.
Francisca Rodríguez, vecina de esta pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, viuda de Diego de la Cruz, tutora y curadora de las personas y bienes de Paula, Petrona, Francisco y Domingo de la Cruz, sus hijos menores, otorga poder general a Ignacio Rodríguez, su hermano, vecino de este pueblo, para que en su nombre y de dichos sus hijos parezca ante el Señor Capitán de Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de dicha villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad y Teniente General en ella, en los autos de inventarios y demás diligencias de los bienes que quedaron por fin y muerte de dicho Diego de la Cruz, que falleció intestado en este pueblo, y en cualquier otro juzgado y tribunal y pida se sirva de aplicarle la parte que le toca a ella y a sus hijos de gananciales de dichos bienes.
Morera de Silva, JuanDoña Leonor del Valle y José Ventura Fernández, vecinos del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, en voz y nombre del Capitán Juan José Fernández, marido y padre de los otorgantes, en virtud de poder que les confirió, otorgan su testamento como se los dejó comunicado. Declaran que dicho capitán era natural de la ciudad de Sevilla, en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Francisco Fernández y de Isabel Díaz, difuntos, asimismo, dijeron que falleció el día [10] de marzo de 1720 y sepultado el día 11. Declaran, para que conste, que el trapiche de hacer azúcar que tuvo el difunto en esta jurisdicción, está fundado en tierras del Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, a quien le había pagado los réditos por tenerlas a censo, y aunque le había dejado de pagar y no le había enterado de ello, no redimió el censo por el perjuicio que le hacían los indios del pueblo de San Martín Tepataxco [Tepatlaxco] de esta jurisdicción, sembrando sus milpas sobre las cañas de dicha hacienda, y fue su voluntad que enterando de ello a don Sebastián de Torija, se le pagase lo que se le estuviese debiendo. Declaran por bienes del difunto un trapiche de hacer azúcar nombrado Señor San José, con todo lo que le pertenece. Declara haber sido casado con doña Leonor del Valle desde hace treinta años, con quien procreó a doña Melchora [Fernández de los Reyes], mujer del Alférez don José del Hoyo; a José Ventura, mayor de veintisiete años; María del Valle, mujer de Alonso Álvarez; a Antonio Fernández; a doña Francisca del Valle; a Juan Francisco; doña Josefa; y a Salvador. Ordena que el remanente del quinto de sus bienes se le entregue a su hija María del Valle. Declara tener por hijo natural a José Fernández de Estrada, de treinta y cuatro años, a quien le tiene dado por la parte que le pertenece por derecho, 380 pesos en diferentes ditas que le debían diferentes deudores. Se nombran ambos otorgantes como albaceas y doña Leonor del Valle como tenedora de sus bienes y como herederos universales a sus hijos legítimos.
Morera de Silva, Juan