Don Domingo Franceschi, de esta vecindad y comercio, otorga poder especial a don Santiago Trasbiña, para que en su nombre pueda otorgar escritura de fianza por cantidad de 2,000 pesos, caucionando a la Real Hacienda por los tributos y medios reales de hospital que han de entrar en poder del Subdelegado provisto de Teotitlán del Camino, don Joaquín Frairia y Sotomayor.\t
SUBDELEGADOS
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Don José Antonio Pereira de Castro, de esta vecindad y comercio, declara que por cuanto don Andrés López se halla preso en esta Real Cárcel por el Señor Subdelegado de esta Villa, en virtud de instancia de la Señora Claudia Licona, madre de doña Dolores Blanco, por la causa de mantener una amistad ilícita con su hija, otorga se constituye fiador del enunciado López para caucionar su persona en tal manera que éste cumplirá y guardará carcelería dentro de dicha Villa sin hacer ausencia de ella, y estará pronto a los llamados y a presentarse siempre que sea citado.
Don Tomás Murphy, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Antonio Herrera, vecino y del comercio de dicha ciudad, para comparecer en la Escribanía Mayor de Intendencia de la misma ciudad y otorgue una escritura de obligación y fianza a favor de don Bernardo de los Cobos, provisto Subdelegado de esta Villa, en la que lo constituya fiador y principal pagador de las cantidades que entren en su poder.
Don José Miguel de Iriarte, de esta vecindad, hacendado en su Jurisdicción, otorga poder especial a don Antonio Herrera, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para comparecer en la Escribanía Mayor de Intendencia, de la citada ciudad, y otorgue una escritura de obligación y fianza a favor de don Bernardo de los Cobos, provisto Subdelegado de esta Villa, en la que lo constituya fiador y principal pagador de las cantidades que entren en su poder, pertenecientes a las cajas de comunidades de los pueblos de la comprensión de este partido; así también para que lo constituya fiador y principal responsable en cualquier cargo o descubierto que le resulte en el juicio de residencia al fin del quinquenio de su encargo.
Don Baltazar Ruiz Fernández, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder especial en primer lugar a don Juan Bautista de Albizuri y en segundo a don Manuel de Revilla, ambos vecinos de dicha ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre se presente en la Intendencia de esta Provincia de Veracruz, donde pida y gane el correspondiente despacho para servir la Subdelegación del partido de Jalacingo, que el Excelentísimo Señor Virrey de este Reino le ha conferido, haciendo en su nombre el juramento acostumbrado.
Don Alonso Gavidia, Subteniente de Granaderos del Regimiento Provincial de Milicias de Valladolid, don Francisco Javier Sáenz de Santa María, don Francisco Sáenz de Santa María, don Lino Carasa Jiménez, don Mateo Badillo y don Pedro Pérez de Llera, el primero residente en esta Villa y los cinco restantes vecinos y de su comercio, otorgan poder especial a don José Mariano de Almanza, vecino y del comercio de la Ciudad de Veracruz, para que en nombre del primero se presente en aquel magistrado de intendencia a promover y solicitar el título que debe expedírsele de Subdelegado de esta Villa y su partido que le ha conferido el Excelentísimo Señor Virrey; y los tres primeros restantes para que en unión de don Juan Esteban de Elías, residente en Veracruz, los obligue como fiadores del citado don Alonso Gavidia, para caucionar con dos mil pesos cada uno los tributos que recaudase y medios reales de ministros y hospital; don Pedro Pérez de Llera para responder a los cargos que tenga en residencia y cajas de comunidad; y don Mateo Badillo para caucionar el importe de la media anata, penas de cámara y cualesquiera otro ramo de Real Hacienda.
Don Diego Leño, labrador de esta vecindad y comercio, dijo que don Ramón [María] de Villalba se halla provisto Juez Subdelegado de esta Villa, y para ejercer su empleo requiere caucionar a la Real Hacienda la cantidad de 2 000 pesos. El otorgante es uno de sus fiadores pero no puede apersonarse en la Ciudad de la Nueva Veracruz a formalizar su fianza por las ocupaciones que tiene, por lo que otorga poder especial a don Francisco de Emparan, de aquélla vecindad, para que en su nombre lo obligue a favor de su majestad y por cualquier ramo de su Real Hacienda, como principal y llano pagador por el nominado Villalba hasta en cantidad de 2 000 pesos de oro común.
Don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, don Juan Esteban de Elías y don Manuel de Goiri, vecinos de esta Villa de Xalapa, otorgan poder a Miguel de Lizardi, vecino de la Nueva Veracruz, para que subrogando las fianzas que otorgaron de 2, 000 pesos cada uno a don Pedro de Garay, don Eduardo de Alsasua, y don José Antonio de la Madrid y Loviano, para caucionar los reales tributos de esta jurisdicción de Xalapa, que se colectan por su subdelegado don Gaspar de Iriarte, obligue a cada uno de los otorgantes, como fiadores de dicho subdelegado, por la cantidad de 2, 000 pesos para caucionar dichos tributos.
Don Esteban Corti, residente en esta Villa de Xalapa, otorga poder general a don Gaspar de Iriarte, Subdelegado de esta Villa de Xalapa, para que lo represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares que tenga con cualquier persona o comunidad.
Don Pedro Antonio Rodríguez, de este comercio y vecindad, como albacea de don Vicente Fernández de Baldimo, tutor y curador de sus hijos menores, exhibió una escritura fechada el 3 de octubre de 1785 en la que consta que don Francisco Flores de Castro, Subdelegado del Partido de Jalacingo, recibió de dicho albacea 200 pesos en calidad de depósito irregular, pertenecientes a dichos menores, cuyo principal y réditos declara don Pedro Antonio Rodríguez, tener recibidos de don Francisco de Castro, apoderado de Francisco Flores, por lo que da por cancelada la escritura.