Don Juan Antonio de la Riva, vecino de este pueblo, como su albacea dijo que don Fernando Fernández de la Perilla, Soldado de la Compañía del Capitán don Francisco Rodríguez, otorgo su testamento en una hoja de papel común debido a que se encontraba muy fatigado de su enfermedad de tal manera que falleció el mismo día en que otorgo dicha memoria, no teniendo efecto como testamento autentico, por lo que suplica a la justicia de vuestra majestad se sirva examinar bajo juramento a los testigos de su otorgamiento, si se hallaron presentes y si el difunto estuvo en su notorio acuerdo cuando la otorgo, como así mismo a Fray Manuel Melo, quien estaba presente en el momento en que firmo dicho difunto. Hecho todo lo anterior pide se valide dicha memoria como testamento nuncupativo y se protocolice.
SOLDADOS
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Blasina Silveria Ladrón de Guevara, vecina de esta Villa, viuda de José Asencio Posadas, Soldado y Armero que fue del Regimiento de Infantería Provincial de Toluca, curadora y tutora de su menor hija, otorga poder especial a don José Posadas, vecino de Toluca, para que en su nombre perciba y cobre judicial y extrajudicialmente de don Higinio Lobato y don Martín Peñaloza, albacea también de su esposo, los alcances que a favor de este resultaren hasta su muerte.
Don Ignacio Urrea, Soldado distinguido del Regimiento de Infantería de la Corona, otorga poder general al Licenciado Manuel Baldero Apolbón, Abogado de la Real Audiencia, residente en esta Villa, para que en su nombre haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de todas y cualesquier personas todas las cantidades de dinero que le debieren hasta hoy y en adelante.
Eugenio Salcedo, Soldado del Regimiento de Dragones de México, residente en este pueblo, otorga poder a don José Andrés de Alcántara, Agente de Negocios de México, para que lo defienda de los pleitos civiles, eclesiásticos y seculares, especialmente del que tiene pendiente a su nombre su curador con el Conde de la Torre de Cosío, sobre cierto principal y réditos, pareciendo dicho curador ante las autoridades correspondientes y con derecho ponga demandas, pedimentos, requerimientos.
Don Francisco del Día, don Juan de Ariza, Antonio de Noriega, José Tavera, Francisco Javier López y Tomás de la Cruz, vecinos del pueblo de Jalapa, litereros y alquiladores de bestias para el Camino Real, otorgan poder especial a don Pedro Alcántara Barraza, Procurador del Número de la Real Audiencia de la Ciudad de México, para que comparezca ante el señor Virrey, donde haga presente los notables perjuicios, perdidas y atrasos que sufren, con los muchos bagajes que continuamente se les están pidiendo, por los diarios transportes de soldados, oficiales, cuerdas y otros que transitan por este pueblo por el cortísimo estipendio de medio real cada legua y para que alegue a favor de los otorgantes se tasen y paguen justos precios y conforme al estilo y costumbre del país que están regulados a proporción de los bastimentos y costos de la tierra.
Antonio López, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, residente en esta villa de Córdoba, natural de Coria en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Diego López y Ana Correa, difuntos, vecinos que fueron de dicho lugar, estando enfermo en cama del cuerpo y sano de la voluntad en todo su libre juicio, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que Su Majestad le está debiendo dos meses de su sueldo devengado de soldado de los montados del presidio de la Nueva Veracruz de que fue Capitán don Juan de Cienfuegos, con cuya compañía marchó hasta la ciudad de los Ángeles donde cayó y entró a curarse en el hospital y entregó sus armas y caballo a su capitán, y de allí pasó a esta villa a curarse como consta de certificación que para en poder del prior de dicho hospital, manda a sus albacea cobren dicho sueldo. Declara que le es deudor Juan Sánchez, Teniente del pueblo de Tlalixcoyan de la jurisdicción de la Nueva Veracruz, una carga de pescado seco. Declara que está debiendo algunos reales a diferentes personas, asimismo a él se le deben otros que le constan a María Franco, su mujer, manda se cobren. Declara que habrá tiempo de diecinueve años que contrajo matrimonio en esta villa con la dicha María Franco, durante su matrimonio no han tenido hijos. Nombra albaceas testamentarios al Bachiller [roto] Franco de Guzmán, su hermano, y a la dicha María Franco. Por último, nombra como universal heredera a su mujer.
Zonder titelLucas Ochoa, Soldado de a Caballo de la Compañía del Presidio, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Lucas Ochoa y de Catalina Díaz, naturales de Jalapa, otorga poder para testar a Teodora Díaz, su mujer legítima, para que en su nombre y después de su muerte, ordene y haga su testamento.\r\n
Don Tomás de Santiago y Cruz, junto con doña Juana Núñez, viuda de don Antonio Vanegas, y don Juan de Ariza, dueños de Literas y Avíos de Ligera, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Pedro de Madera, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, para que pueda parecer ante el señor gobernador y oficiales reales de dicha ciudad, y solicite se rediman y libren de las notables pensiones que las tropas de soldados y oficiales que suben y bajan por este pueblo, les ocasionan al tomarles con violencia los bagajes que necesitan para sus transportes y el de sus cargas, por el ínfimo precio de 1 real por legua que por cada uno les pagan con notable pérdida y quebranto de sus haciendas.
Mariano Montoya, natural del pueblo y cabecera de Tula, residente en esta Villa de Xalapa, Soldado de la Segunda Compañía del Segundo Batallón del Regimiento de Infantería de la Corona, revoca el poder general otorgado a don Pedro Carranza, sustituyéndolo y otorgando ahora a don Francisco Cid de Prado, también vecino de Tula, para que de manera judicial o extrajudicial se apodere de todos sus bienes, deudas, derechos y acciones, administrándolos, rigiéndolos y gobernándolos.
Don Prudencio Martínez de Morentín, natural de la Ciudad de Guadalajara, soldado del Regimiento de Infantería de la Corona de Nueva España, residente en esta Villa, hijo legítimo de los difuntos don José Martínez y de doña Rosalía Carranza y Salazar, vecinos que fueron de la indicada ciudad, otorga poder general a don José María Gómez de Aguilar, vecino de la repetida ciudad, para que a nombre de él demande, perciba y cobre judicial y extrajudicialmente a todas las personas las cantidades o artículos que le debieren o debiesen en adelante, en virtud de instrumento público o simple.