Francisco de los Cobos, vecino de esta villa de Córdoba, en nombre y como apoderado de Pedro Melo, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, vende a don Lope Antonio de [Iribas], vecino de esta villa y dueño hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, un esclavo negro de los tres comprendidos en dicho poder, nombrado Manuel Flaco, casta Mandinga, el cual hubo y compró de Pedro García, maestro barbero, apoderado de doña Bárbara Calderón, viuda del Capitán don Manuel Calderón de la Barca, vecino de la ciudad de Santo Domingo de la isla Española, por escritura que otorgó en dicha ciudad de la Veracruz el 14 de noviembre de 1710. Lo vende en precio de 250 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOSAN JUAN TETITLÁN DE LAS CASILLAS, PUEBLO DE
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Don Francisco Valero y Espinosa, natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo del Regidor don Francisco Valero Grajeda y de doña Beatriz de Arteaga y Espinosa, difuntos; junto con doña Estefanía Gómez Dávila, su mujer, hija del Capitán don Manuel Gómez Dávila y de doña Juana de Gatica Padrón, difuntos; ambos se otorgan poder mutuo para testar, para que en el término que dispone la Ley 33 de Toro el que sobreviva de los dos, pueda hacer y otorgar su testamento en la manera siguiente: Mandan sean amortajados con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultados, el dicho Francisco Valero en la iglesia de esta villa, y Estefanía en el convento del Señor San Antonio de esta villa. Mandan a las cofradías sitas en la iglesia de esta villa y la de Jesús Nazareno del pueblo de San Juan Tetitlan de las Casillas, a cada una 8 reales de limosnas. Habrá tiempo de ocho años poco más o menos contrajeron matrimonio, y ella llevó de dote y propio caudal 1 920 pesos en ropa, esclavos y otras alhajas, y él tendría de caudal 4 000 pesos, durante dicho matrimonio no han procreado hijos. Ambos, uno y otro se nombran albaceas y tenedores de bienes, y del remanente que quedare de sus bienes, deudas, derechos y acciones se nombran herederos, revocan cualquier otro testamento, codicilos, poderes para testar y otras últimas disposiciones.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, vende al Sargento Mayor don Pedro Pablo Sánchez López de los Arcos, vecino de esta villa, una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, que está en la calle que viene del pueblo de San Juan Tetitlan de las Casillas al rastro. La cual se compone de una sala y una recámara, con 23 varas y media, una cocina contigua, una caballeriza de colgadizo y su pozo, un aposentillo en alberca como de 6 varas cuadrada, quebrantada de los temblores, y otro pedazo de pared labrada para la puerta principal, también quebrantada de los temblores, con otras piedras sueltas, que todo el solar se compone de 37 varas de frente y 23 y media de fondo y se incluyen 7 varas eriazas. Dicha casa linda por una parte, con solar eriazo de Juan Rodríguez Teiseira, que hubo y compró de doña Josefa Gómez Dávila, su hermana; por el otro lado con casas de doña Gertrudis de Gatica; y por el fondo con la susodicha y casas de Diego de Palma; y hace frente, calle en medio, con solares eriazos del Alguacil Mayor Gregorio Martínez de Solís e Isabel Pérez de Moya, viuda de Jerónimo de Leiva; y dichas 37 de frente y 23 y media varas las hubo y heredó del Secretario Domingo Antonio Gómez, su padre, y las 12 restantes, asimismo, hubo del Señor Cabildo de esta villa por merced que le hizo el 1699. La vende con sus entradas, salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, libre de deuda, obligación, empeño e hipoteca, capellanía, al precio de 1 570 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOAna Franco de Guzmán, mujer que fue de Antonio de Olivera, difunto; junto con Luis Gómez y Julián Gómez, sus yernos; otorgan por la presente el testamento de Antonio de Olivera en virtud del poder para testar que les otorgó el 29 de octubre pasado. Declaran que dicho difunto les comunicó que su sobrino Nicolás de Olivera, difunto, por cláusula de testamento mandó se fundara una capellanía con 3 000 pesos, nombrando por capellán a Rafael de Olivera, hijo de Ana Franco de Guzmán y Antonio de Olivera. Asimismo, dicho sobrino le dejó una manda graciosa, la cual ordenó se cobrara. Declaran que hace veinticinco años más o menos contrajo matrimonio con la dicha Ana Franco de Guzmán, quien trajo de dote 100 pesos en reales, un solar y un caballo, y él tenía como 700 pesos de caudal. Declaran que procrearon a Antonia, de veinte años, mujer de Luis Gómez; Gertrudis, de dieciséis años, mujer de Julián Gómez; Rafael, de catorce años; José, de ocho años; y Miguel, de seis años. Declaran que la Madre Rosa de San Miguel mandó se le diesen a su hija Antonia 200 pesos, los cuales paraban en poder de Antonio de Olivera, habiendo ordenado se le entreguen de sus bienes. Declaran por bienes del difunto: una casa principal de piedra y madera, con su sala y recamaras, patio, pozo y lo demás que le pertenece, fabricada en 28 varas de frente y 50 de fondo, asimismo, un pedazo de tierra a la linde de dicha casa, cercada de piedra, ubicada una y otra en la calle que sale del pueblo de San Juan Tetitlan de las Casillas al rastro; y otra casa junto a la referida, calle en medio, de piedra y barro; también un rancho de tabacal en el paraje que llaman Los Cinco Encinos, con una casa de 20 varas de largo, cubierta de zacate y varas; una milpa de maíz de una cuartilla de sembradura; medio solar de sembradura de frijol; entre otros bienes que se mencionan. Nombran por albaceas a Ana Franco de Guzmán, su mujer, y a Luis y Julián Gómez; y por tenedora de sus bienes a dicha Ana Franco, asimismo, la nombran tutora y curadora ad bona de sus menores hijos y sus bienes. Nombran como herederos universales a sus hijos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOAgustina de Brito Rodríguez, parda libre, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de José de la Cruz, vende al Capitán Andrés Felipe de Flores, residente en esta villa y vecino del puerto de Sanlúcar de Barrameda en los reinos de Castilla, un cuarto de solar que hubo y compró de Juan de [roto], difunto, el cual se ubica en la calle que va para el pueblo de San Juan [roto], alias las Casillas, y está compuesto de 12 varas y media de frente y 25 de fondo, colindando por el sur con casa de la otorgante; y hace frente, calle en medio, con casa y solar de José Díaz y solar eriazo. Lo vende en 25 pesos en reales.
GASPAR RENDÓN, JUEZ RECEPTORMartina de Osses, vecina de esta villa de Córdoba, viuda del Capitán Salvador Pérez, otorga vende al Sargento Antonio de Villavicencio, vecino de esta villa, una casa cercada de palos, embarrada y cubierta de teja, edificada en 20 varas de solar de frente y 50 de fondo, en la calle de la Lagunilla, que por el poniente linda con solar de Pedro de Guemez; por el oriente con solar de Juan Carpintero, calle en medio; y hace frente con el pueblo de San Juan Teteltitlan y fondo con solar de Juana Dorantes. Lo vende en 300 pesos de oro común en reales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOOnofre Rodríguez, Micaela y Sebastiana de Etor, hermanos, hijos y herederos de Juana de Etor, difunta, vecinos de esta villa de Córdoba, venden a José de la Cruz, vecino de esta villa, un solar que quedó por bienes de dicha difunta, en el barrio que llaman de La Lagunilla, y linda con el pueblo de los naturales de San Juan Tetitlán de esta jurisdicción, calle en medio, el mismo que el Muy Ilustre Cabildo de esta villa le hizo merced a la dicha Juana de Etor. Lo venden en 30 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOGregorio Merodio, vecino de esta villa de Córdoba, vende a Domingo Merodio, su padre, vecino de esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, un medio solar que se compone de 25 varas de frente y 50 varas de fondo, ubicado en esta villa, en la calle que va a la iglesia de Señor San Juan del pueblo de las Casillas; linda con otro medio solar del Sargento Antonio de Villavicencio; hace frente, calle en medio, con la cerca de la casa de Antonio de Olivera, difunto; cuyo solar es el mismo que hubo y compró de José Franco, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], por escritura que otorgó en esta villa el 23 de marzo de 1709. Lo vende en precio de 50 pesos de oro común en reales.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODoña Josefa de Pedraza, viuda, albacea, tenedora de bienes del Capitán don Juan Gómez Dávila, tutora y curadora de las personas y bienes de sus menores hijos y herederos, dijo que por cuanto Juana Dorantes, vecina de esta villa, otorgó escritura de venta a favor del dicho su marido difunto, de un solar en la calle que va del pueblo de San Juan de las Casillas, en precio de 50 pesos, con el cargo de que debían de quedar en poder del difunto para que fallecida la susodicha su producto lo gastase en su entierro y misas por su alma, pero porque el susodicho es fallecido y haber quedado la cláusula revocatoria, la dicha Juana solicitó a la otorgante cancele la escritura por no haber llegado el caso de su fallecimiento y porque se halla con muchos atrasos, pobre y por no tener de que mantenerse y quiere disponer del solar. Por lo que la otorgante, otorga que cede, renuncia y transfiere el derecho, dominio y señorío que a dicho solar había adquirido el difunto, para que disponga a su voluntad, y se obliga a que le será cierta, porque solo fue una mera fianza que el difunto tuvo y depósito del solar, y para cuyo cumplimiento obligó sus bienes habidos y por haber.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Domingo Merodio, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario en ella, natural del lugar de Turancia [Turanzas] del Concejo de Llanes en el principado de Asturias, en los reinos de Castilla, hijo de don Toribio Merodio y de doña Juana de Castro, difuntos; y doña Juana Franco de Guzmán, natural de esta villa de Córdoba, hija de Alonso Franco de Guzmán y de doña Ana Álvarez de Guzmán, difuntos. Ambos, marido y mujer se otorgan poder mutuo para testar, señalando que el que sobreviva de los dos haga el testamento del otro con las mandas y disposiciones que se tienen comunicados. Mandan que sus cuerpos sean amortajados con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultados en la iglesia de esta villa, parte y lugar que elijan sus albaceas. Mandan se digan misas por las almas de los padres de ambos y las de sus esclavos y sirvientes difuntos. Declaran son hermanos de algunas cofradías sitas en la iglesia de esta villa, pueblo de San Juan de las Casillas y barrio de San Miguel. Merodio, señala haber sido casado en primer matrimonio en esta villa con doña Antonia Sánchez de Salas, difunta, habrá como cuarenta y dos años, con quien procreó a José y doña María Merodio, vivos. Y habrá tiempo de treinta y cinco años, pasó a segundas nupcias con doña Juana Franco, procreando a doña Isabel, Gregorio, Gertrudis, Juana, Francisca, Alonso y a don Toribio Merodio. Declaran por bienes una casa baja de madera, la cual tienen prestada a don Juan José Coronado para que viva en ella sin pagar arrendamiento, sólo para que la cuide y no se les pida cuenta de arrendamiento ni entre en la cuenta de hijuela de partición. Don Domingo declara que cuando falleció José Jorge Pérez, padrino de su hijo Alonso Merodio, le legó 250 pesos de los cuales remitió 100 pesos a dicho su hijo a las islas Filipinas y los 150 restantes manda se le den sus bienes. Ambos, junto con el Bachiller Pedro Franco de Guzmán se nombran albaceas y tenedores de bienes. Nombran por herederos a sus hijos y ambos se nombran tutor y curador de la persona y bienes del menor don Toribio.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO