El ciudadano Miguel Francisco, actual juez de paz del pueblo de San José Paxtepec, en nombre de los indígenas de dicho pueblo, otorga poder general al ciudadano Manuel Patiño, de esta vecindad, para que en nombre y representando a todos los vecinos de Paxtepec, los defienda en todos su pleitos, causas y negocios civiles o criminales. Asimismo, para que cobre todo lo que le deban a dicho pueblo de Paxtepec.
JUAN JOSÉ VILLA, JUEZ RECEPTORSAN JOSÉ PAXTEPEC, PUEBLO DE
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El ciudadano Miguel Francisco, juez de paz del pueblo de San José Pastepec [Paxtepec], y los ciudadanos Domingo Francisco, Tomás Bonilla y José Francisco Álvarez, de la misma vecindad, prestando voz y caución por la demás vecindad, dijeron que revocan el poder que tenían otorgado a don Manuel Patiño y otorgan poder general a don José María Aparicio, para que en nombre de los vecinos de San José Pastepec [Paxtepec], los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales. Para que haya, perciba, demande y cobre todo lo que le deban a dicho pueblo. Para que apee, deslinde y amojone no solo los términos del expresado pueblo, sino también los que recaigan en él y todos los bienes raíces que posee el pueblo. Para que descubra y aclare los bienes que le tengan usurpados y consten en archivo, echando a los extranjeros y administrándolos como suyos.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José Darío García, de esta vecindad, por el presente [otorga poder para que demande o lo defiendan] y en especial en el litigio que sobre tierras siguen los pueblos de San Juan Chapultepec y San Juan Paxtepec, perciba la conciliación en los tribunales, presente escritos, testigos y cuantos actos, agencias y diligencias sean necesarios.
Benito Ortiz, síndico del pueblo de Santa María Tlacolula, y Francisco Antonio, del de Santiago Coacoatzintla, otorgan poder a don Juan Antonio Sánchez, de esta vecindad, para que en representación de su persona, derechos y acciones como síndicos personeros de los citados pueblos, los defienda de los pleitos que tengan o en adelante tuvieren, por cualquier razón, título o derecho; en especial, del litigio que sobre tierras se sigue con los pueblos de San Juan Chapultepec y San José Paxtepec. Para lo antes mencionado, preceda la conciliación, haga pedimentos, alegatos y cuantos actos, agencias y diligencias que se requieran, por lo que le conceden éste con libre y general administración y facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOLucas de la Cruz y Domingo Juan, síndicos procuradores de los pueblos de San Juan Chapultepec y Paxtepec, en jurisdicción de este cantón, dijeron que una de las facultades de que se hayan investidos, por sus respectivas representaciones para defender los intereses de sus pueblos y promover cuanto a ello pueda serles útil, han deliberado conferirle sus poderes general a don Manuel Patiño de esta vecindad, para que en representación de los pueblos demande y cobre de todas personas las cantidades de dinero, oro, plata, bienes muebles. Asimismo, se lo confieren especial para que continúe el artículo que dichos pueblos [tienen] sobre tierras y linderos con los de Tlacolulan, Coacoatzintla y San Salvador, y para ello practique lo conducente hasta su conclusión.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO DE CÁMARALos ciudadanos Miguel Eugenio, Agustín Ramírez y Juan Mateo, juez de paz el primero y vecinos los otros dos del pueblo de Chapultepec; Domingo José, José Francisco Álvarez y Tomás Bonilla, el primero juez de paz suplente y los otros dos vecinos del pueblo de San José Pastepec; dijeron que por sí y en nombre de todo el común de los citados pueblos de Chapultepec y San José Pastepec, otorgan poder a don Manuel Patiño, de esta vecindad, para que en representación de las acciones y derechos de cada uno de dichos pueblos, los defienda en todos los asuntos y negocios que haya pendientes o que se muevan en adelante, ya sobre tierras o sobre cualesquier intereses, propiedades o acciones que les pertenezcan.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICOLos ciudadanos Lucas de la Cruz, José Gregorio, Miguel Lozano, Agustín Ramírez y Juan Reyes, los dos primeros jueces de paz del pueblo de San Juan Chapultepeque [Chapultepec] de este partido y los tres segundos vecinos del mismo; Miguel Francisco Álvarez, Domingo Francisco, Tomás Bonilla, José Francisco Álvarez y Gaspar Bonilla, los dos primeros jueces de paz del pueblo de San José Pastepeque [Pastepec] y los tres restantes vecinos del mismo, colindantes unos de otros; dijeron que el 20 de agosto y 22 de octubre del año que finaliza, confirieron sus poderes generales al licenciado don José María Aparicio, de esta vecindad, por los cuales ha estado representándolos, pero impidiéndoselo ahora el nombramiento que le han dado de juez letras segundo de lo criminal del distrito, ha hecho formal renuncia de ellos, pidiéndoles lo releven de este encargo. Por lo cual, otorgan poder general a don Carlos María de Terán, vecino de esta ciudad, para que en nombre y representación de los comunes de ambos pueblos, los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales, movidos o por mover que al presente tengan o en adelante tuvieren.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO