RÍO TLEAPA

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0033 · Unidad documental simple · 1663/05/09
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Hernando Esteban Abad, vecino de esta villa, declara que vendió al Alférez Juan García Valero, 4 suertes de tierra que tiene en esta jurisdicción, en el pago de la venta Vieja, que las compró por bienes de Gaspar [de los] Reyes, vecino que fue de esta villa, dichas tierras lindan por el oriente con otras 2 suertes de tierra de dicho alférez; por el poniente con baldío de esta villa; por el norte con el río de Tleapa. Las vende por precio de 100 pesos de oro común.

              DIEGO DE BRITO LOMELÍN, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0052 · Unidad documental simple · 1666/05/21
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan García Valero, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Domingo Antonio Gómez, su sobrino, vecino de esta villa, 6 suertes de tierra, las cuales tiene y posee en esta jurisdicción, incorporadas unas con otras al pago de la venta Vieja, que lindan por el oriente con tierras de los herederos de Juan Sid [Cid] difunto y por el medio día con el camino real que va de esta villa a la Veracruz; por el poniente con tierras y el ejido de esta villa; por el norte con el río Tleapa. Las cuales fueron primero de Juan Moreno de Armario y Gaspar de los Reyes, vecinos y pobladores que fueron de esta villa. Las vende por precio de 240 pesos de oro común.

              ALONSO DE SALCEDO Y PAZ, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0012-PC_0012_0001 · Unidad documental simple · 1676/01/21
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Josepha [Josefa] Rodríguez Toscano, viuda de Mateo Díaz de Haro, vecino que fue de esta jurisdicción, declara que por cuanto su marido la dejó por su albacea testamentaria y en razón de haber quedado algunos bienes otorga que hace inventario de ellos en la manera siguiente: En primer lugar 3 suertes de tierra en esta jurisdicción que lindan por el sur con el río de Tleapa y por las demás partes con baldíos de dicha villa; un rancho que en dichas tierras está fundado; una “suertesuela” de mil matas de caña dulce vieja; mil matas de algodón en flor; un solar para casa de 50 varas; tres solares en el pueblo de San Cristóbal Naranjal, jurisdicción de Orizaba; una bazia [bacía] de barbero, una caja de barba con tres navajas, unas tijeras, una piedra de afilar y dos hierros para alzar el bigote; un baño de carpintería con sus husillos y puercas; un libro de comedias, otro pequeño de oración y uno de cocina, entre otros artículos que se mencionan en la escritura.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0016 · Unidad documental simple · 1715/02/04
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, Presbítero, en voz y en nombre de doña Juana Ramón y Espinosa, viuda del Capitán don Manuel Gómez Dávila, difunto, su albacea testamentario y tenedora de bienes; don Jerónimo de Olaso y Salgado, curador de los menores hijos y herederos del difunto y de doña Gertrudis de Guzmán y Picasso, de segundo matrimonio; y Manuel Francisco de Urquia, curador de los hijos menores y herederos del difunto y de doña Juana Ramón y Espinosa, de tercer matrimonio, vecinos que son de esta villa de Córdoba; dijeron que después de realizado el inventario de los bienes del difunto deliberaron vender sus bienes; por lo cual, usando del poder para testar que tienen del difunto capitán, venden a Juan Hernández, vecino de esta villa, la hacienda nombrada Nuestra Señora de Guadalupe o rancho, misma que se compone de dos suertes de tierra al pago de la venta vieja, en jurisdicción de esta villa, que lindan por el norte con la barranca y río de Tleapa; por el poniente con tierras del trapiche del Capitán don Alonso Gómez Dávila; por el sur con el camino Real que va de esta villa a la Nueva ciudad de la Veracruz; y por el oriente con baldídos de esta villa, que el difunto hubo y compró de Diego Cid de Lara y de doña María Quijada, por escritura de 24 de febrero de 1685. También, venden una casa de calderas y asoleadero de cal y canto, ambas propiedades con sus entradas y salidas, usos, costumbres, derechos y servidumbres con todo lo demás que le pertenecen, libre de censo, hipoteca, empeño ni otra enajenación, al precio de 810 pesos de oro común en reales.

              JERÓNIMO DE ACOSTA, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0143 · Unidad documental simple · 1707/10/24
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en virtud de su poder general otorga que vende al Alférez don José Gómez Dávila, su sobrino, vecino de esta villa, el paraje que llaman el Potrerillo, con 4 caballerías de tierra y herido de molino, que por la parte del norte está entre el río de Atoyaque [Atoyac], y por la parte del sur con el río de Tleapa, que es el mismo que se le remataron a dicho su parte entre 57 sitios de tierra, en el juzgado general de bienes de difunto de esta Nueva España por bienes de Pedro Barrero. Las vende en precio de 500 pesos que han de quedar a censo principal redimible.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0004 · Unidad documental simple · 1713/01/19
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez don José Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, vende a censo al Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, su primo, vecino de esta villa, el paraje que llaman el Potrerillo, con 4 [caballerías] de tierra y herido de molino, en jurisdicción [de esta villa], que por la parte del norte está en la punta de Guatusco [Huatusco] y pueblo de San Juan de la Punta, entre el río Atoyaque [Atoyac]; por la parte del sur linda con el río de Tleapa. Dicho sitio es el mismo que hubo y compró del Capitán don Juan Gómez Dávila, su tío, como apoderado que fue del Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, por escritura otorgada en esta villa el 24 de octubre de 1707. Lo vende en precio de 500 pesos de oro común en reales, que han de quedar impuestos a censo principal redimible, para pagárselos al Bachiller don Sebastián de Torija y en su ínterin se obliga a pagar sus réditos del 5 por ciento anual.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0011-PC_0011_0019 · Unidad documental simple · 1674/08/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Domingo Antonio Gómez, Escribano de Su Majestad, vecino de esta villa de Córdoba, otorga en arrendamiento a Pedro García de Meza y a Joseph Gómez Dávila, hijo del otorgante, una hacienda de trapiche de hacer [panela] en esta jurisdicción, al pago de la venta Vieja [roto] San Joseph [José] de Buenavista, que linda por el oriente con [tierras] de Diego Cid [de Lara]; por el sur con el ejido de esta villa; por el [poniente] con baldíos; y por el norte con el río de Tleapa. La arrienda por cinco años a partir del cuatro de julio de este año, por precio de 300 pesos de oro común anuales, bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.

              GASPAR GONZÁLEZ, JUEZ RECEPTOR
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0032 · Unidad documental simple · 1717/07/24
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco Espiguel de Abila [Ávila], Alcalde Mayor de esta villa, el Capitán don Lope Antonio de Yribas [Iribas], Alcalde Ordinario de primer voto, Jueces Comisarios nombrados por el Marqués de Balero [Valero] Virrey de esta Nueva España, refrendado de don José de la Cerda, su secretario, para reconocer las tierras que gozan por propias el Muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, y también para saber lo que han pagado y deben pagar sus arrendatarios y hacer las escrituras de ellas, por lo que usando esta facultad otorgan que dan en arrendamiento a María González, vecina de esta villa, media caballería de tierra, en que se incluye un pedacillo de dicha tierra de Juana Domínguez; dicha tierra linda por el oriente con río seco alias Tliapa [Tleapa]; por el poniente con Diego de Oses [Osses]; por el norte con dicho río de Tliapa [Tleapa]; por el sur con tierras de Juana Domínguez y Diego Nieto. Estas tierras fueron medidas por Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el superior gobierno de esta Nueva España. El arrendamiento es por tiempo de nueve años en precio de [ilegible] y dos reales, bajo las condiciones siguientes: Que no ha de introducir en ella otro tercero que la cultive; que en caso de traspasarla debe noticiarlo antes a la parte de este Ayuntamiento.

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0053 · Unidad documental simple · 1687/10/16
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de la provincia de San Antonio Huatusco, San Juan Coscomatepec y villa de Córdoba, declara que durante el gobierno del Excelentísimo Conde de Paredes Marqués de la Laguna, en el año de 1686, en virtud de mandamiento, fue requerido para aderezar el camino real al nuevo que va de la ciudad de la Nueva Veracruz para Puebla y México, lo cual incluía la fabricación de las puentes necesarias. Señala que en atención al mandato, limpió dicho camino y a su costo se construyeron dos puentes de maderas perfectas, una en el río de Cotaxtla y otra en el río que llaman Tleapa, por donde se conducen las recuas, coches y pasajeros, cuyo costo ascendió a más de un 1 000 pesos. Para cubrir dicho gasto el Excelentísimo mandó que cada pasaje o mula cargada pagara un real hasta cumplir el total. Por otra parte, dijo que después de un tiempo tuvo noticia que venía por sucesor de dicho Conde de Paredes el señor Excelentísimo Conde de Monclova, [roto] por lo que fue preciso reconocer el paso que llaman el Licenciado y ver la venta que allí se había hecho junto con tres casas de zacate empalizadas, para después pasar al paraje nombrado el Camarón y fabricar otras tres de la misma suerte; y adelante, en el paraje nombrado Mazapa, se construyeron otras tres casas a toda costa y una puente que hoy está corriente en el río que nombran Mazapa, “y reconocer nuevamente y aderezar la del río de Cotaxtla y hacer otra nueva en el arroyo que nombran Texsicapa”; además en la venta que llaman de las Puentes, a donde se fabricaron cuatro casas de las referidas, se reconoció la postrera puente nombrada del río de Tleapa, todo lo anterior a vista del excelentísimo señor Conde de Monclova, y que por todo el otorgante gastó cerca de 800 pesos. Para su conocimiento envió a dicho Conde todo lo referido para continuar la cobranza, de quien recibió su confirmación hasta cubrir ambas cantidades. En ese sentido declara que para que haya persona que tenga cuidado del buen corriente de dichas puentes y de la venta que está en la primera puente, otorga que da en arrendamiento la cobranza de dichas puentes a Agustín Martín, vecino de esta jurisdicción, por el tiempo de un año, por precio de 600 pesos de oro común, que ha de pagar en reales de contado cada cuatro meses, con calidad de que el susodicho debe tener dicha venta corriente y en ella todos los géneros vendibles de que necesiten los dueños de recua y pasajeros; y al mismo tiempo las puentes deben estar reparadas de buenas maderas, de no hacerlo, mandará hacer y reparar todo aquello que necesiten y dicha venta pagará lo que montare. Por último se obliga a no arrendar dichas puentes, ni su estipendio a persona alguna.

              ANTONIO TORRES SARMIENTO, ESCRIBANO DE SU MAJESTAD
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0061 · Unidad documental simple · 1717/07/24
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad, Teniente de Capitán General en ella; y el Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de Primer Voto de esta villa, Jueces Comisarios nombrados por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, en virtud de su mandamiento con fecha en la ciudad de México a 22 de febrero de 1717, refrendado por don José de la Cerda, su Secretario, por el cual se les concede facultad para reconocer las tierras que gozan por propias el muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, y saber lo que han pagado, deben pagar y deben sus arrendatarios y hacerle escritura de ellos con las solemnidades debidas para su seguridad como consta en dicho mandamiento. Licencia que usan, para dar en arrendamiento a María González, vecina de esta villa, media caballería de tierra en que se incluye un pedacillo de dicha tierra que tiene cogido Juana Domínguez debajo de los linderos de dicha media caballería, que por la parte del oriente linda con río seco alías “Tliapa” [Tleapa]; por la del poniente con Diego de Osses; por la del norte con el río de “Tliapa” [Tleapa]; por la del sur con doña Juana Domínguez y Diego Nieto. Tierras que fueron medidas por don Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el superior gobierno de esta Nueva España. Hacen el arrendamiento, por tiempo de nueve años que empiezan a correr y contarse desde primero de marzo pasado del presente año, por precio de 6 pesos y 2 reales anuales, y se obligan a que este arrendamiento le será cierto y seguro y no le serán quitadas dichas tierras, pena de darle otras y tan buenas en la parte y lugar por el mismo tiempo y precio. Señalan como condición, que durante el arrendamiento doña María González pagará anualmente a los herederos o mayordomos de dicho cabildo, y sólo deberá sembrar y cultivar las tierras y no podrá meter personas ajenas. Si durante el arrendamiento doña María o sus herederos quisieran traspasar estas tierras o rancho, tendrán que notificarlo al cabildo para que reconozca si son buenos o malos inquilinos y sepan a quien deben cobrar el arrendamiento. También es condición de que en estas tierras no podrá sembrar caña dulce ni hacer casas de cal y canto [ilegible].

              JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO