Josefa Rosalía Vázquez y José Lino Martínez, de esta vecindad, madre e hijo, albaceas del finado don Manuel Martínez, otorgan que venden a favor de don José Gago, de este comercio y vecindad, un pedazo de tierra de labor nombrado Camotepeque, situado en las faldas del Cofre de Perote. Linda por el norte, oriente, y parte del sur con tierras de los naturales de esta Villa y el Río Sordo y por la otra parte del sur y poniente linda con tierras que fueron de don Gabriel y don Manuel Ochoa. Lo vende por precio de 1 200 pesos.
RÍO SORDO
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El Presbítero don José Mariano González, Clérigo domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta Villa, como apoderado del Bachiller don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, natural y vecino de esta Villa y residente en México, quien es albacea de su difunto padre don Francisco Javier Fernández de Ulloa, en su nombre y representación como tal albacea, vende a don Diego [Antonio Llanos de] Vergara, de esta misma vecindad, un rancho de ganado mayor y menor nombrado Zoncuantla, con 129 cabezas de ganado mayor, 33 mulas, 13 y media yuntas de bueyes, 20 caballos, 8 yeguas, troje, jacales y demás utensilios. Cuyo rancho esta ubicado en las faldas del cofre de Perote; linda por el oriente con tierras que llaman Xoapespa (Coapexpan), pertenecientes a los naturales de esta Villa, un arroyo en medio nombrado Nacastapalapa, “alias río Sordo”; al norte con otro pedazo de tierra que le tocó por herencia al difunto Gabriel Ochoa; al poniente con otro pedazo de terreno que antes obtuvo el dicho finado Ulloa y abraza esta venta; y por el sur con el suelo que llaman Briones, de la pertenencia del Mayorazgo de la Higuera, actual Conde de Santiago. Lo vende en 9,737 pesos, de los cuales 4,000 pesos deberá reconocer sobre dicho rancho en depósito irregular con causa de réditos del 5 % anual, capital perteneciente a la capellanía de don Juan Nepomuceno.
Don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, como arrendatario principal que es del Mayorazgo de la Higuera, ubicado en jurisdicción de esta villa, otorga en subarrendamiento en favor de Petra Báez, también de esta vecindad, viuda del finado Alfonso Jiménez, a saber el rancho y terreno nombrado Zoncuantla inmediato al río que nombran Sordo, hacia el sur de esta villa, que es parte del indicado mayorazgo de la Higuera, con todos sus campos, montes, aguajes, pastos y abrevaderos, por el término de siete años, que deben contarse desde el primero de marzo próximo venidero, por el precio de 400 pesos anuales, bajo las siguientes condiciones: Que José Manuel Villa, vecino de aquel territorio, ha de constituirse por su fiador y principal pagador por el monto de la renta como de todo lo que le incumbe a Petra Báez en este contrato y será de su cargo la recaudación de las rentas menores de los rancheros y colonos avecindados en dicho territorio, para que con esto complete y entregue el monto de la renta y estando presente se constituye como tal. Segundo que no se realizarán más cortes de leñas, que los precisos para sus gastos y del consumo para los hornos de quemar cal. Tercero que es de la obligación de la inquilina el defender los términos y linderos conocidos hasta esta fecha, sin permitir que terceros se introduzcan en esta propiedad, dando cuenta oportunamente de cualquier novedad.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO